Jueves 30 de mayo de 2019

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Oruro - Regional
Para Presidente y Vicepresidente
Reglamento establece convocar a segunda vuelta en 60 días después de la primera votación
30 may 2019
Fuente: LA PATRIA
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Si bien el Calendario Electoral para los comicios generales del 20 de octubre no contempla la segunda vuelta para Presidente y Vicepresidente, en el reglamento señala que la convocatoria debe realizarse en el plazo de 60 días de realizada la primera votación, entre las dos candidaturas más votadas.
"El tribunal Supremo Electoral (TSE) emitirá la convocatoria a segunda vuelta electoral, aplicable solo a candidaturas de Presidenta o Presidente y Vicepresidenta o Vicepresidente, que se realizará entre las dos candidaturas más votadas y dentro el plazo de 60 días de realizada la primera votación", señala una parte del artículo 67 del reglamento para las elecciones generales 2019.
La segunda vuelta se dará si es que ninguna de las candidaturas haya cumplido con el 50 por ciento (%) más uno de los votos válidos, o que haya obtenido un mínimo del 40% de los votos válidos, con una diferencia de al menos 10% en relación con la segunda candidatura.
"La convocatoria y el calendario electoral para la segunda vuelta serán aprobados por Sala Plena del TSE, después de la publicación de los resultados oficiales de la primera vuelta, bajo las siguientes reglas: se efectuará con el mismo Padrón Electoral, se hará un nuevo sorteo y capacitación de jurados electorales, plazos establecidos para propaganda electoral en actos de campaña y difusión de estudios, y se hará nuevo sorteo de ubicación en la papeleta electoral", aseveró el presidente del Tribunal Electoral Departamental de Oruro (TEDO), Rudy Huayllas.
Fuente: LA PATRIA