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Sábado 23 de enero de 2016

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Sábado 23 de enero de 2016
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Admite Evo Morales
Debilidades del Gobierno son la justicia y el Fondo Indígena
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Así es la "Obra Maestra"
Alistan escenario para el majestuoso Carnaval
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Reportan tres desaparecidos por conflicto limítrofe en Pongo Caviña
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Sobrio acto de celebración por el Día del Estado Plurinacional
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Varios
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Vehículos
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Alquileres
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Anticréticos
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Casas y lotes
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Empleos
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Editorial
Administración eficiente de recursos
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Picadas
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En Brasil
Organizan un "ejército" para combatir al mosquito del zika casa por casa
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EL SAT?LITE DE LA LUNA
Preterición
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El referéndum constitucional del #21F
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DESDE LA TIERRA
Patiño y Morales
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Justicia social más que ayuda humanitaria
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Dakar y el medio ambiente
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Libertad de expresión
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Afirman sus dirigentes
Lluvias no afectan en gran medida a juntas vecinales de reciente creación
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Según concejal Rojas
Evo debe corregir aspectos negativos que tuvo en diez años de gestión
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Según consultor Rómulo Alconz:
Pugnas por directivas en concejos municipales se originan desde el 2010
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Conalpadeco preocupada por posible fraude electoral
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Pretenden incorporar 13 ítems operativos en SeLA
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Se debe dar continuidad a compra de bien inmueble para el SLIM
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Después de carnavales
Entregarán "arturitos" a escuelas para clasificación de basura
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Rumbo al Referendo Constitucional
Desde ayer se inició la propaganda política pagada
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Saúl Sánchez: "Diez años de gobierno de Evo Morales no dejó nada a Oruro"
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Pueblo histórico de Paria celebra 481 años de fundación
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El conflicto marcó la gestión de expresidente del Concejo
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Avenida 6 de Agosto será mejorada hasta antes del ?ltimo Convite
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FEPO cumplió con segundo aguinaldo pese a riesgos
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En la avenida del Ejército
Municipio: Afectación de árboles por obras de puente será mínima
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Arzobispo dice que violencia en México llama la atención del Papa
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Maquinaria
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Teléfonos
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Agradecimiento e Invitación Religiosa
Prof. FLORENCIO ARROYO GUZMÁN (Q. D. D. G.)
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Condolencia
Sra. MAILIS KAARINA OJA (Q. D. D. G.)
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Condolencia
Sra. MAILIS KAARINA OJA (Q. E. P. D.)
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Afirman que la Teletón 2015 no fue un "total fracaso"
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Sedeges toma previsiones para la colegiatura de su población acogida
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Oposición: Evo se olvidó hablar de corrupción y calidad de democracia
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Gobierno prepara plan para paliar posible "tremenda sequía"
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Presidente Morales ratifica confianza en que se hará justicia en demanda marítima
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Morales alude a gobiernos pasados por la creación del Fondo Indígena
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Soldado e indígena se desmayan durante discurso presidencial
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Evo Morales: Estamos muy atrasados en reducción de mortalidad materna
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Luego de 6 meses
Museo Antropológico reabrió sus puertas con una mejor imagen
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"Cantando con el Alma" es el primer material discográfico de Proyecto "L"
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Paulina Rubio estrena sencillo "Si te vas" en versiones pop y reguetón
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Cartel Afónico celebra sus 20 años con nueva producción y gira nacional
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Magia del Carnaval atrae a extranjeros a conocer Oruro
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Nobel de Literatura Jelinek critica el tope impuesto a refugiados en Austria
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Presentan hallazgos en el sitio arqueológico más antiguo de Lima
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Más de 60 millones de personas en el mundo padecerán efectos de El Niño
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Al menos 43 refugiados mueren en dos nuevos naufragios en mar Egeo
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ONU pide más participación de países para combatir el tráfico de diamantes
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Samuel: Evo se vio cansado en "spot" por el Sí de 5 horas con 48 minutos
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Félix Patzi lleva su "Patzicletazo por el No", a Santa Cruz y Tarija
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Contraloría dice que en 10 años hizo más de 2 mil auditorías
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Sol.bo desplegará campaña por el No este fin de semana
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García Linera es el vicepresidente con el mandato más largo en la historia del país
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El próximo 28 de enero
Guaraníes recordarán 124 años de batalla de Kuruyuki
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Editorial y opiniones

El referéndum constitucional del #21F

23 ene 2016

Henry A. Pinto Dávalos

El próximo 21 de febrero, nuevamente Bolivia, confrontará un proceso electoral. El 10mo en 11 años de ´proceso de cambio´, con una inversión aproximada de 153 millones de bolivianos, destinados esta vez a resolver la pregunta sobre la reforma parcial de la Constitución, en concreto, del artículo 168. Al respecto, tanto las encuestas como los comentarios del común de los ciudadanos arrojan resultados contrapuestos: por un lado, muchos apoyan con el SI la iniciativa de la reforma y otros, en sentido contrario, la rechazan con un NO ferviente. En todo caso, lo que pretendo ahora es demostrar la falacias vertidas por algunos ´constitucionalistas´ que tildan el proceso del #21F como ´inconstitucional´, como ´antidemocrático´, afirmando incluso que lo que se juega en el referéndum citado, es el destino de la misma democracia.

En efecto, un primer elemento que debemos tomar que la Constitución Política del Estado, como máxima norma del orden jurídico nacional, establece en su artículo 411 dos mecanismos de reforma: un mecanismo de reforma total y otro parcial; el primero, según la norma citada, sucede cuando se afecta o pretende afectar la Constitución pero en sus ´nervios sensibles´ referidos a: 1. Las bases fundamentales (principios, valores); 2. Los derechos fundamentales y garantías constitucionales; 3. A la primacía y reforma de la Constitución; estipulando que en esos casos, se debe convocara una Asamblea Constituyente, proceso de reforma que no viene al caso profundizar en mayores comentarios, ya que no se trata del caso que ahora nos toca vivir que, por mandato del artículo 411 constitucional, se trata de una reforma parcial, destinada a modificar el artículo 168 que al no afectar las cláusulas de reserva antes citadas, hacen que se acomode dentro la previsión de la reforma parcial de la Constitución, siendo ese el segundo mecanismo previsto en la norma suprema. Por ello, mal se puede decir que el proceso es ´inconstitucional´ o ´antidemocrático´, ya que el mismo respeta y se enmarca en la misma norma constitucional, en sentido estrictamente riguroso.

A ello, se debe también apuntar que el proceso de reforma parcial de la Constitución, ha seguido todo un ritual legislativo y procedimental, ya que la Ley de Reforma a la Constitución y la consiguiente pregunta del referéndum constitucional, siguiendo el Código Procesal Constitucional y la misma Constitución, ha sido sometido a control de constitucionalidad al Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia que emitió la Sentencia Constitucional Plurinacional No. 0194/2015 de 29 de Octubre por el que se declara la constitucionalidad de la pregunta del referéndum, sellando de ese modo el debate jurídico - constitucional, más aun si por imperio del artículo 203 de la Constitución y el Art. 15 de la Ley 254, estipulan que las sentencias constitucionales son vinculantes y obligatorias. Que yo sepa, hasta el día de hoy, ningún detractor ha formulado demanda o denuncia internacional (Comisión Interamericana de DDDHH) contra la citada sentencia, por lo que la misma tiene la calidad de cosa juzgada constitucional.

De igual modo, cabe apuntar que muchos académicos y ´constitucionalistas´ a fin de justificar históricamente su posición, invocan como tono machacón y soberbio el discurso ante el Congreso de Angostura de 1819 del Libertador Simón Bolívar, donde el mismo afirma: ´La continuación en un mismo individuo frecuentemente ha sido el término de los gobiernos democráticos (?) porque nada es tan peligroso como dejar permanecer largo tiempo a un mismo ciudadano el poder", empero, olvidan que fue justamente la Constitución Bolivariana de 1826 de la naciente República de Bolivia, la que consagró el instituto de la ´presidencia vitalicia", siendo la única Constitución en toda nuestra historia jurídica que consagra dicha posibilidad, lo cual nos lleva a comprender la forma grosera como, a veces, puede ser manipulado el pensamiento de un gran hombre como fue Simón Bolívar.

Finalmente se debe apuntar que el instituto del referéndum en Bolivia, ha sido consagrado desde el Gobierno de Carlos Mesa Gisbert como una forma de profundizar la democracia representativa, siendo que en la actualidad, el artículo 11 de la Constitución, reconoce no solo el formato de la democracia representativa, sino también de la comunitaria y de la democracia directa, estableciendo tanto el referéndum, como la revocatoria del mandato, el control social, la iniciativa ciudadana y otras, mecanismos todos que consigan la posibilidad de ´revocar´ el mandato a un mal gobierno, más no confundir con argumentos que arropados en un falso tamiz de constitucionalidad, solo esconden posiciones políticas, en muchos casos reaccionarias y nostálgicas de un rancio pasado.

(*) Catedrático de Derecho Procesal Constitucional y Relaciones Internacionales /UMSS

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