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Sábado 03 de octubre de 2015

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Suplemento Policial

Permanencia laboral en la Policía Boliviana

03 oct 2015

Cnl. DESP. René Martín Rojas Rojas

En la Policía Boliviana, la permanencia laboral de sus efectivos tiene connotaciones singulares, que se describe en el siguiente orden:

Marco normativo: El tema relativo a la permanencia laboral, está regulado por la Norma Básica del Sistema de Administración de Personal, aprobado mediante D.S. Nº 26115, en cuyo contexto como en toda entidad pública, la Policía Boliviana reglamenta este proceso mediante "Reglamentos Específicos y Reglamentos Internos". Estos instrumentos reglamentarios son compatibilizados en el marco del ordenamiento jurídico, en cuya cúspide se encuentra la Constitución Política del Estado y luego la Ley Nº. 734 Orgánica de la Policía Boliviana, la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales y por supuesto la Norma Básica del Sistema de Administración de Personal.

Alcance reglamentario: En aplicación del Reglamento Interno de Personal, la Policía Boliviana mediante sus dependencias de Administración de Personal y/o Recursos Humanos, dispone la Movilidad del Personal a nivel nacional, en todos los departamentos y a su vez en todas las unidades operativas y administrativas.

Rotación extrema del Personal Policial: Si bien, la administración de personal está sujeta a procesos y procedimientos de orden operativo, lo que no se debe perder de vista es la "productividad de la movilidad de personal", precisamente este aspecto se muestra como una debilidad institucional de la Policía Boliviana, pues la "alta rotación o cambio de destino" como se conoce, promueve en el recurso humano policial una posición cómoda de solo cumplir su servicio, hacer uso del día u horas de descanso y el cobro de su remuneración, limitando la prestación de servicio a una rutina de cumplimiento de instrucciones esporádicas en desmedro de su desarrollo profesional.

En la Policía Boliviana se realiza una "alta rotación del personal", sin embargo, no se visualiza un criterio de "productividad o resultados" para evitar la "obsolescencia", que son dos conceptos rectores de la movilidad de personal, por consiguiente y como resultado, todo esfuerzo individual del servidor público policial se trunca ante la falta de apoyo institucional, que por norma es la responsable de formular y ejecutar políticas de gestión para el "desarrollo del talento humano", que en la teoría moderna de Administración de Personal es la tendencia que básicamente consiste en fomentar áreas de fortaleza técnico/profesional, permitiendo por una parte, una permanencia en el desempeño de los cargos un tiempo prudente para permitir hacer gestión, evitando los "cambios de destino frecuentes y en tiempos muy reducidos", y por otra parte, evitando la "obsolescencia al no permitir al funcionario la permanencia prolongada en el cargo", dada las características propias de las funciones policiales.

Estos hechos son muy importantes a tomar en cuenta en la Policía Boliviana, a manera de incentivar y motivar el desempeño laboral, además de considerar que se hace urgente el desempeño por especialidades, porque la inversión económica que realiza el Estado y la misma Institución en los procesos de capacitación y especialización del policía, deben ser recuperados mediante productos como son la seguridad ciudadana y la prestación de servicios de calidad en el cumplimiento del deber.

"Los servicios policiales deben estar asociados a la conformidad y habilidad del personal, de manera que se pueda contribuir positivamente a la gestión con competitividad, calidad y calidez reconocida" (r.rojas.r.)

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