Viernes 02 de marzo de 2012

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Por vigencia de la Ordenanza Municipal 15/07, proyectada hace 5 años por la profesora Gloria Romano Villegas, cuando cumplía las funciones de concejal munícipe, está prohibido fumar en colegios y escuelas, pues por tratarse de un tema de salud pública, las personas no fumadoras son las que están expuestas a inhalar el humo del tabaco y por consiguiente su salud es afectada.
Al margen de colegios y escuelas, que se constituyen espacios cerrados, la ordenanza fija similar restricción para toda área pública incluyendo cines, teatros, salas de reuniones, bibliotecas, museos, hospitales, clínicas, laboratorios y otros.
En todos estos espacios públicos debe exponerse letreros de advertencia y prohibición, respecto al hábito de fumar. Sin embargo, existen personas que sin respetar la salud de sus semejantes, satisfacen su deseo de fumar en sitios públicos cerrados, aspecto que según la norma debe ser sancionado de acuerdo al Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Dirección de Gestión Ambiental.
En la parte considerativa de la norma se menciona que quienes fuman constituyen una minoría que con su hábito afecta al bienestar y salud de la colectividad y que el humo en general y el tabaco en particular, es una de las causas fundamentales de contaminación ambiental, pudiendo además ocasionar incendios con daño a la propiedad y a la vida misma.
Fuente: La Patria