ESCRITURA PÚBLICA DE CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE GIRA BAJO LA RAZÓN SOCIAL “CONTROL AUTOMÁTICO DE PROCESOS S.R.L.” QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES JULIO MARTÍN GUZMAN, ROLANDO AMILCAR TÉLLEZ MERCADO Y LA SEÑORA MAGALY ARANIBAR CHINCHILLA.
En esta ciudad de Cochabamba, Bolivia, a horas diecisiete y cuarenta, del día de hoy dieciocho de Enero del año dos mil doce, ante mí Doctora Mariana Gabriela Mostajo Salazar Notaria de Fe Pública de Primera Clase número sesenta y dos con residencia fija en esta capital y testigos que al final se nombran y suscriben, se encuentran presentes los comparecientes: JULIO MARTÍN GUZMAN, mayor de edad, hábil por ley, de nacionalidad argentina, titular de la Cédula de Identidad para extranjero número cincuenta y nueve, veintinueve, cuatrocientos cuarenta y ocho de Cochabamba (5929448 Cbba.), casado, con domiciliado en la calle Pedro Borda número diez, setenta y dos de esta ciudad; ROLANDO AMILCAR TÉLLEZ MERCADO, mayor de edad, hábil por ley, de nacionalidad boliviano, titular de la Cédula de Identidad número. Treinta, ochenta y ocho, cuarenta de La Paz (308840 L.P.), MAGALY ARANIBAR CHINCHILLA con cédula de identidad número: setenta y ocho, setenta y seis, noventa y ocho de Cochabamba (787698 Cbba.) con domicilio en esta ciudad, mayor de edad, hábil por ley, boliviana; a quienes de conocer e identificar por la documentación que me exhiben en oficina y a mi criterio cuentan con la suficiente capacidad legal para celebrar este acto doy fe, y en virtud a lo determinado en Asambleas extraordinarias de Socios de la sociedad celebrada el 16 de Enero de 2012, dicen: Que, en la presente fecha otorgan una ESCRITURA PÚBLICA DE CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE CUOTAS DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “CONTROL AUTOMÁTICO DE PROCESOS S.R.L.” las demás bases y condiciones constan en la minuta correspondiente, la que transcrita literalmente como base fundamental en cumplimiento del artículo veinte y tres de la ley del notariado vigente, es del tenor que sigue:— MINUTA.— SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.- En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase Ud., insertar una de transferencia de Cuotas de capital de una Sociedad de Responsabilidad limitada, de acuerdo a las siguientes cláusulas:—- Primera.- El señor: JULIO MARTÍN GUZMAN, mayor de edad, hábil por derecho, de nacionalidad Argentina portador de la cédula de identidad de Extranjero No 5929448 expedido en la ciudad de Cochabamba, estado civil casado, domiciliado en la calle Pedro Borda signado con el Nº 1072 de esta ciudad, declara que en forma libre y voluntaria, haber constituido una sociedad de responsabilidad limitada con el Sr. ROLANDO AMILCAR TÉLLEZ MERCADO, mayor de edad, hábil por Derecho, de nacionalidad Boliviana portador de la cédula de identidad Nº 308840 expedido en la ciudad de La Paz, domiciliado en esta ciudad. Sociedad de Responsabilidad Limitada constituida mediante escritura pública No. 069/2009 de 27 de marzo de 2009 y modificada mediante Escritura pública de Transferencia de Cuotas de Capital, No 629/2011 de fecha 20 de septiembre de 2011, sociedad de Responsabilidad Limitada que gira bajo la razón social de CONTROL AUTOMÁTICO DE PROCESOS S.R.L., con un capital de:
NOMBRE CUOTAS CAPITAL PORCENTAJE
Julio Martín Guzmán 55 5.500 55%
Rolando A. Téllez Mercado 45 4.500 45%
Total 100 10.000 100%
Segunda.- Cumpliendo las estipulaciones contenidas en la cláusula décima tercera de la escritura de constitución social, que faculta a cualquiera de los socios transferir sus cuotas de Capital con preferencia a los socios integrantes de la sociedad o, en su caso, a terceras personas cuando aquellos no tuvieran interés. A La fecha el socio el Sr. Rolando Amílcar Téllez Mercado al haber dado cumplimiento a lo estipulado en la cláusula décima tercera de la escritura de constitución de sociedad, al haber ofrecido su cuota de capital al otro socio, quien no aceptó la oferta realizada por el otro socio, procede a la trasferencia del total de sus cuotas de capital en favor de la señora: Magaly Araníbar Chinchilla en base al siguiente detalle:— 1.- la totalidad de sus cuotas de capital que le corresponden en la referida sociedad por un valor de CUATRO MIL QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (BS. 4. 500.-) a favor de la Señora Magaly Araníbar Chinchilla.- El socio Julio Martín Guzmán Transfiere el cinco por ciento (5%) de cuotas de capital que le corresponden en la referida sociedad por un valor de QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 500.-) a favor de la señora: Magaly Araníbar Chinchilla.—- Tercera.- 3.1.- En mérito del antecedente expuesto en cláusula precedente, nosotros: Rolando Amílcar Téllez Mercado y Julio Martín Guzmán, al hacer la transferencia de los porcentajes de las cuotas de capital que nos corresponden como socios a favor de la señora: Magaly Araníbar Chinchilla, declaramos recibir a tiempo de firmar el presente instrumento, las siguientes sumas:— 1.- Rolando Amílcar Téllez Mercado la suma de CUATRO MIL QUNIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 4.500) por sus cuotas de capital.— 2.- Julio Martín Guzmán la suma de QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 500) por sus cuotas de capital transferidas, en moneda de curso legal corriente, a su plena satisfacción, no teniendo que formular posteriormente reclamo alguno.— 3.2.- En consecuencia, la citada señora: Magaly Araníbar Chinchilla, pasa a formar parte de la Sociedad, sujetándose a las normas, previsiones y prescripciones contenidas en la escritura social constitutiva antes mencionada, tantas en las obligaciones, cuantas en los derechos emergentes de la misma. En base a la siguiente cantidad de cuotas de Capital:
NOMBRE CUOTAS CAPITAL PORCENTAJE
Julio Martín Guzmán 50 5.000 50%
Magaly Araníbar Chinchilla 50 5.000 50%
Total 100 10.000 100%
Cuarta.- Yo, Magaly Araníbar Chinchilla, mayor de edad, hábil por derecho, de nacionalidad Boliviana, con domicilio en la calle Huayna Taqui signado con el Nº 7 Zona de Sarco de esta ciudad, portadora de la cedula de identidad Nº 787698 expedido en la ciudad de Cochabamba, acepto la trasferencia de las cuarenta y cinco cuotas de capital por un valor de Bs. 4.500.- que hace en mi favor el señor: Rolando Amílcar Téllez y acepto la trasferencia de las cinco cuotas de capital por un valor de Bs. 500.- que hace en mi favor el señor: Julio Martín Guzmán, donde acepto y me someto a cumplir y respetar en todo su contenido y alcances lo estipulado en la escritura de constitución social de CONTROL AUTOMÁTICO DE PROCESOS S.R.L., entidad de la que a partir de la fecha paso a integrar en calidad de socia.—- Quinta.- Yo Magaly Araníbar Chinchilla declaro estar de acuerdo en que el Sr. Julio Martín Guzmán se constituya en Gerente General de la empresa, en base al acta de designación que se aprobó en la asamblea de socios.—- Sexta.-Nosotros: Julio Martín Guzmán, Rolando Amílcar Téllez y Magaly Araníbar Chinchilla, de generales conocida, declaramos nuestra plena conformidad con los términos y cláusulas suscritas en la presente minuta, a la que por voluntad de las partes, le otorgamos el valor de documento privado hasta tanto sea elevado a la categoría de instrumento público mediante la escritura notarial correspondiente.- Usted señor Notario, se dignara agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo para su validez.- Cochabamba, 17 de enero de 2012.— Fdo. Ilegible.- Sello.- Freddy Barbery Gonzáles Abogado Mat. 4447 – M.C.N.A. 15157.— Fdo. Ilegible.- Julio Martín Guzmán.— Fdo. Ilegible.- Rolando Amílcar Téllez Mercado.— Fdo. Ilegible.- Magaly Araníbar Chinchilla.—- CORRESPONDE.- ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE “CONTROL AUTOMÁTICO DE PROCESOS S.R.L”.— En la ciudad de Cochabamba, a horas 10:00 a.m. del día de hoy 16 de Enero de 2012, domicilio legal de la sociedad, se reunieron los socios de la misma, señores Julio Martín Guzmán y Rolando Amílcar Téllez Mercado— Constatada la representación de la totalidad de las cuotas de capital de la Sociedad, sus titulares se constituyeron en Asamblea Extraordinaria sin necesidad de convocatoria para tratar el siguiente orden del día:— Transferencia de cuotas de capital e ingreso de nueva socia —- Iniciada la Asamblea el socio Rolando Amílcar Téllez Mercado indica que pone a la venta sus cuotas de capital que tiene dentro de la sociedad - Sujetándose al procedimiento establecido para el efecto según la Escritura de Constitución. A continuación ofrece en venta dichas cuotas de capital al socio Julio Martín Guzmán, oferta que es rechazada, es así que acto seguido el socio previa consulta a la Asamblea y consentimiento de el socio Julio Martín Guzmán invitó a unirse a la Asamblea, a la Señora Magaly Araníbar Chinchilla, quien está interesada en adquirir el porcentaje de cuotas de capital del Señor Rolando Amílcar Téllez Mercado es decir el 45% expresando su conformidad ambos socios con la compra la misma es aceptada y aprobada en Asamblea.— Acto seguido el socio Julio Martín Guzmán declara que a fin de realizar una nueva estructura accionaria que permita el normal desarrollo de la actividad de la Sociedad, ofrece en venta a la ya nueva socia el 5% de su capital accionario, Lugo de discutido el tema la Señora Magaly Araníbar Chinchilla, acepta comprar este cinco por ciento, quedando con ello la siguiente distribución del capital accionario:
NOMBRE CUOTAS CAPITAL PORCENTAJE
Julio Martín Guzmán 50 5.000 50%
Magaly Araníbar Chinchilla 50 5.000 50%
Total 100 10.000 100%
Dando su conformidad ambos socios con la propuesta planteada y habiendo comprado los capitales accionarios correspondientes la nueva socia Magaly Araníbar Chinchilla. Sin más asuntos que tratar, luego de un cuarto intermedio para la redacción y lectura de la presente Acta se declaró concluida la Asamblea a horas once con cinco minutos. Firmando en conformidad los señores Julio Martín Guzmán, Rolando Amílcar Téllez Mercado y la Señora Magaly Araníbar Chinchilla.— Fdo. Ilegible.- Julio Martín Guzmán.-- Fdo. Ilegible.- Rolando Amílcar Téllez Mercado.-- Fdo Ilegible.- Magaly Araníbar Chinchilla. Es copia fiel del original que queda en custodia en archivos de esta notaria.—- CORRESPONDE.- ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE “CONTROL AUTOMATICO DE PROCESOS S.R.L”— En la ciudad de Cochabamba, a horas 11:30 a.m. del día de hoy 16 de Enero de 2012, domicilio legal de la sociedad, se reunieron los socios de la misma, señores Julio Martín Guzmán y Magaly Araníbar Chinchilla.— Constatada la representación de la totalidad de las cuotas de capital de la Sociedad, sus titulares se constituyeron en Asamblea Extraordinaria sin necesidad de convocatoria para tratar el siguiente orden del día:— Designación de Gerente General.— Iniciada la Asamblea la socia Magaly Araníbar Chinchilla propone como Gerente General al socio Julio Martín Guzmán por sus amplios conocimientos y experiencia en el manejo de la sociedad, oferta que es aprobada por unanimidad, quedando en consecuencia electo como Gerente General el socio Julio Martín Guzmán, encomendándole la Asamblea las tareas inmediatas de regularización e inscripción de la nueva distribución del capital social y el ingreso de la nueva socia en el Registro de FUNDEMPRESA. Sin más asuntos que tratar, luego de un cuarto intermedio para la redacción y lectura de la presente Acta se declaró concluida la Asamblea a horas once con cincuenta y cinco minutos.— Fdo. Ilegible.- Julio Martín Guzmán.-- Fdo. Ilegible.- Magaly Araníbar Chinchilla.- Es copia fiel del original que en custodia queda en archivos de esta notaria.— Es copia fiel de los originales de su referencia, que se archivan en el cuaderno de Escrituras públicas del presente año, bajo el número: Doce.— En testimonio de verdad de que así dijeron, otorgan y previa lectura, se ratifican, firman, juntamente con las testigos instrumentales de esta oficina ciudadanas Martha Paola Amador Baya con cedula de identidad No.4405877 Cbba. y María Elena Ivanovic Cuenca con cedula de identidad No. 2895789 Cbba, ambas mayores de edad, vecinas de ésta ciudad, hábiles por ley, ante quienes y aquellos di lectura de principio a fin, sin observación alguna a su tenor; doy fe.- Fdo. Ilegible.- Julio Martín Guzmán.- Fdo. Ilegible.- Magaly Araníbar Chinchilla.- Fdo. Ilegible.- Rolando Amílcar Téllez Mercado.- Fdo. Ilegible Tgo.- Martha Amador.- Fdo. Ilegible Tgo.- María Elena Ivanovic Cuenca.- lleva el timbre de ley anulado por el sello notarial.- ante mí: Fdo. Ilegible.- Sello.- Dra. Mariana Mostajo Salazar.- Abogada.- Notaria de Primera Clase numero sesenta y dos.— El presente testimonio concuerda con los originales de su referencia que cursan en esta notaría y al que me remito en caso necesario, es franqueado en la ciudad de Cochabamba a los dieciocho días del mes de Enero del año dos mil doce.
PASÓ POR ANTE MÍ, SIGNO, AUTORIZO Y FIRMO; DOY FE.
Fuente: LA PATRIA
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresía Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del día en PDF descargable.
- Fotografías en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.