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Miercoles 08 de febrero de 2012

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Miercoles 08 de febrero de 2012
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Tipnis: Senado aprueba proyecto de Ley de Consulta
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En el Museo Nacional de Etnografía y Folklore
Exitosa conferencia en La Paz sobre la historia del Carnaval de Oruro
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Cocaleros de La Asunta defenderán “con sangre” sus cultivos en Yungas
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Empresa pide prórroga
Aeropuerto internacional de Oruro no será entregado en abril
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Oruro es la segunda ciudad con más instalaciones de gas domiciliario
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Evo Morales no quiere gobernadores ni cívicos para resolver conflicto de límites
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Varios
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Maquinaria
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Vehículos
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Casas y lotes
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Alquileres
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Anticréticos
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Empleos
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Teléfonos
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Editorial
Hay que actualizar la cartografía
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Picadas
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Acerca del emplazamiento del Puerto Seco de Oruro
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Economía de palabras
Las sorpresas de Charles
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Poder y (con)vivir bien
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Rumbo al extranjero
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La salud en el contexto educativo
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Por un monto de Bs. 2.688.600
Alcaldía fortalece red municipal de salud con adquisición de 7 modernos ecógrafos
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Choferes reclaman creación de Unidad de Transportes
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Solo se hará entrega de obras menores
Oruro no recibirá obras de “impacto” en su aniversario
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En homenaje al 10 de Febrero
Estudiantes de pre promoción se preparan para desfile escolar
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Concejales molestos con Gobernación porque no los incluyó en sesión tripartita
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Para demoler construcciones clandestinas
Urbanización Sajama exige se cumpla acuerdo interinstitucional del 2009
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En reunión interinstitucional
Establecen plazos para impulsar el proyecto del Mercado Central
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XV Congreso de la COD tendrá el objetivo de unificar a trabajadores
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Maestros preocupados porque no se socializó nueva currícula
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Investigadores piden que termas sean patrimonio cultural regional
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En Corque 358 familias se benefician con viviendas propias
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Ante avasallamiento de Dalence
Pobladores de Poopó determinaron realizar un bloqueo de caminos
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Calzadas de Oruro son mejoradas por Alcaldía
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Por delito de desacato
Legisladores opositores no asistirán a citaciones judiciales
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Argentina denunciará a Londres ante la ONU por "militarización" de Malvinas
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Cidob ratifica voluntad de iniciar la novena marcha indígena
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EDICTO
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CORRESPONDE TESTIMONIO No. 012 / 2012
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En la Circunscripción 35
Militantes del MAS desconocen a supuestos dirigentes de este partido
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SOCIALES
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Agradecimiento e Invitación
Sof. 2do. Mús. Jub. GERÓNIMO MENDOZA MALLCU (Q. D. D. G.)
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Invitación Necrológica
Sra. WILMA BERNAL TORRICO DE LAFUENTE (Q. E. P. D.)
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Invitación Religiosa
Pdsta. MARCELINO NAVÍA REYNAGA (Q. D. D. G.)
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Incautan 400 kilos de droga impregnada en carbón vegetal
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Inversionistas esperan seguridad Jurídica y Ley de Inversiones
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Morales promulgará este miércoles Bono de Bs. 1.000 para discapacitados
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Abogado: Gobierno busca dar muerte civil a Rubén Costas
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Tarija da 48 horas al Gobierno para autorizar el contrato de una empresa
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Consejo de Culturas propone mejoras en Museo “Eduardo López Rivas”
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A través de Rossana Marín
“Embrujo de caporal” es la canción que Bolivia presentará en Viña del Mar
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Ministerio de Culturas calcula 350.000 bolivianos para restaurar Tiahuanaco
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Mexicano entrega a INAH piezas mayas de su colección privada
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Arte español y latinoamericano para alumbrar los pasillos de la ONU
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Composiciones de José Salas
Mónica Ergueta y los “Llajuas” presentaron su homenaje a Oruro
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Según la OMM
Bajas temperaturas que azotan en Europa no son inusuales
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Vázquez se enfoca en vencer a Peña para evitar el regreso al poder del PRI
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Víctimas del franquismo piden que la Justicia investigue desapariciones
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Heridos tres niños indígenas al estallar una bomba en un colegio de Colombia
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CORRESPONDE TESTIMONIO Nº.- 875/2011
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EDICTO DE LEY
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CORRESPONDE TESTIMONIO Nº.- 412/2010
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Correa gana demanda contra dos periodistas ecuatorianos
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Bernanke defiende bajos tipos en EE.UU. ante moderada previsión de crecimiento
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Entra en vigor reforma electoral que limita cobertura de la prensa en Ecuador
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Edictos

EDICTO

08 feb 2012

Fuente: LA PATRIA

EL DOCTOR M. ROSENDO GUTIÉRREZ ROJAS, JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR Nº 3 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:

Por el presente EDICTO DE LEY, se emplaza y notifica a los imputados CIDAR RIVERO PLAZA y FERNANDO LÓPEZ BENÍTEZ, a objeto de que dentro el plazo previsto por Ley, asuma defensa dentro el proceso que se sigue a instancias del MINISTERIO PÚBLICO, en contra de CIDAR RIVERO PLAZA y OTRO, por la supuesta comisión del delito de ESTAFA, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley:— AUTO INTERLOCUTORIO MOTIVADO QUE CURSA DE FOJAS DOSCIENTOS DIECISEIS DE OBRADOS.- AUTO INTERLOCUTORIO MOTIVADO.- MINISTERIO PÚBLICO Nº IANUS 200800591.- C/ RFS. Nº.- CIDAR RIVERO PLAZA Y OTRO.— DELITO “ESTAFA”.- a, 25 DE AGOSTO del 2010.-- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN.- VISTOS.- A mérito de los fundamentos legales expuestos por la autoridad fiscal, lo expuesto por la defensa técnica de la parte víctima o querellante y.- CONSIDERANDO.- Que el titular de la presente acción penal, solicita al amparo del Art. 89 del Código de Procedimiento Penal, la procedencia de la solicitud de declaratoria de rebeldía en contra de los imputados CIDAR RIVERO PLAZA Y FERNANDO LÓPEZ BENÍTEZ.- CONSIDERANDO: Que tomando en cuenta los fundamentos legales de la autoridad fiscal, los imputados CIDAR RIVERO PLAZA Y FERNANDO LÓPEZ BENÍTEZ, se desconoce el paradero de los mismos, empero la parte querellante a través de su defensa técnica se adhiere a la acusación fiscal y al ofrecimiento de prueba, en ese contexto legal corresponde regularizar la tramitación de la causa penal y tomando en cuenta solicitud del Ministerio Público, siendo evidente que los imputados pese a tener legal conocimiento de todos los actos realizados ante este despacho judicial y en sede fiscal, no viene en apersonarse ni asumir defensa, conforme los alcances de los Arts. 87 y 89 del Código de Procedimiento Penal y declarar rebeldía de los referidos imputados corresponde hacer viable lo impetrado.- POR TANTO.- A mérito de las conclusiones legalmente expuestas, conforme previenen los arts. 87 y 89 ambos del Código de Procedimiento Penal, se declara Rebelde y Contumaz ante la ley a los imputados CIDAR RIVERO PLAZA y FERNANDO LÓPEZ BENITEZ, alternativamente se dispone las siguientes medidas jurisdiccionales.-- 1.- Se dispone expedir mandamiento de aprehensión en contra de los referidos imputados.-- 2.- Se le prohíbe salir del país a cuyo efecto se dispone su arraigo, debiendo notificarse con la presente resolución a la Dirección Departamental de Migraciones, institución que deberá poner en conocimiento del órgano jurisdiccional la Certificación de Arraigo a nivel Nacional.-- 3.- Se dispone la publicación de sus datos y señas personales de los referidos imputados en un matutino de circulación Nacional para su búsqueda y aprehensión, a ese fin líbrese los correspondientes edictos de ley.-- 4.- Se dispone mantener o conservar las actuaciones realizadas por el Ministerio Público.-- 5.- La notificación al encargado de Registro Judicial de Antecedentes Penales dependiente del Consejo de la Judicatura.—- Alternativamente se le designa defensor de oficio asignado a este despacho judicial, a quien deberá notificarse con la presente resolución, asimismo se dispone librar el correspondiente edicto de ley, para su publicación, alternativamente una vez cumplida con esta formalidad con cargo a la solicitud expresa del Ministerio Público la parte querellante, se ha de convocar a la audiencia pertinente a los efectos de la audiencia de preparación de juicio, en todo caso para la codificación de los elementos de prueba del Ministerio Público y la parte querellante así como de la parte imputada, ha concluido la audiencia.- Con lo que terminó el acto firmando en constancia el señor Juez y el suscrito Secretario.- Certifico.- REGÍSTRESE.- Lleva el sello del Juzgado de Instrucción en lo Penal Cautelar Nº 3 de la Capital Oruro – Bolivia.-- Fdo. Dr. M. Rosendo Gutiérrez Rojas.- JUEZ INSTRUCTOR EN LO PENAL CAUTELAR Nº 3.- ORURO - BOLIVIA.-- Fdo. Dr. José Toledo Molina.- SECRETARIO.- JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR Nº 3.- ORURO – BOLIVIA.-- DILIGENCIAS DE NOTIFICACIÓN QUE LE CORRESPONDEN.- EL PRESENTE EDICTO DE LEY ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ AÑOS.- D.S.O.

Dr. M. Rosendo Gutiérrez Rojas, Juez Instructor en lo Penal Cautelar Nº 3.- Oruro – Bolivia.

Dr. José A. Toledo Molina, Secretario Abogado, Juzgado de Instrucción en lo Penal Cautelar Nº 3.- Oruro – Bolivia.

Fuente: LA PATRIA
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