Lunes 09 de enero de 2012
ver hoy
Oruro - Regional
En el Tribunal Departamental de Justicia
Supresión de timbres es sólo para área jurisdiccional y no administrativa
09 ene 2012
Fuente: LA PATRIA
¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...
La supresión o eliminación del uso de timbres, que dispone la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, que señala que existe la gratuidad bajo el principio constitucional, es sólo para procesos del área jurisdiccional y no para trámites en el área administrativa, según informó el representante Distrital del Consejo de la Judicatura, César Terán.
Esto significa que, según la Ley mencionada, a partir del 3 de enero de esta gestión, se suprime y elimina todo pago por concepto de timbres en procesos como presentación de memoriales ante estrados judiciales o procesos nuevos en todas las materias como Penal, Civil, Familiar, Laboral y Coactiva, con el objetivo de dar cumplimiento al principio de gratuidad establecido en la Constitución Política del Estado y evitar mayores gastos económicos a los litigantes en estrados judiciales.
“Debemos informar que la supresión de timbres es solamente para la tramitación de procesos judiciales, en el área administrativa se sigue exigiendo los respectivos timbres y se debe cumplir con estos requisitos, en cuanto a los trámites que tenga que hacer el mundo litigante”, afirmó Terán.
Fuente: LA PATRIA