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Sábado 17 de diciembre de 2011

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Suplemento Policial

EL INFRACTOR DE LA SEMANA

17 dic 2011

Fuente: LA PATRIA

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El infractor de esta semana, son los conductores de los vehículos con placas de control 1842 – SXH y 2172 – HIY, que vulneraron las normas básicas del Código y Reglamento de Tránsito, por estacionarse o parar indebidamente en vías urbanas.

El primer caso ocurrió el miércoles 14 de diciembre, cuando el conductor del taxi se estacionó incorrectamente para recoger un pasajero en las calles Sucre casi Soria Galvarro. Pero no solo fue eso, sino que provocó congestionamiento vehicular en la calle Sucre y como no podía ser de otra manera, los conductores de los vehículos que estaban detrás, tocaron bocina.

Aquel hecho provocó la ira del conductor infractor que comenzó a discutir con el chofer del primer motorizado que intentaba circular por esa calle, pero no tenía espacio, por estar mal estacionado el taxi. La discusión duró por varios segundos y después de unos cuantos improperios, todo volvió a la normalidad, cuando el taxista movió su vehículo del lugar.

En el segundo caso, ocurrió ayer cuando el conductor se estacionó en media calzada, sin respetar la señal horizontal que está pintada con línea amarilla. Si bien no había mucha circulación de vehículos a esa hora, algunos minibuses tuvieron que pasar al carril paralelo para seguir su circulación.

REGLAMENTO

De acuerdo al Reglamento de Tránsito, se vulneró el artículo 121 que señala como regla general: “Los vehículos deberán estacionarse siempre al lado derecho de la calzada, en el mismo sentido de circulación y de modo que no se obstaculice la circulación ni de los peatones ni de los otros vehículos”.

Mientras que el artículo 122 que también fue infringido, establece: “Dentro del radio urbano de las ciudades y poblaciones, los vehículos se estacionarán en forma paralela al cordón de la acera, lo más cerca posible del borde de la misma y dejando entre sí una distancia de por lo menos 50 centímetros”.

Por otro lado, se vulneró el artículo 127 inciso 5) que manifiesta: “Es prohibido estacionar, parar o detener vehículos en doble fila respecto a otro vehículo detenido o estacionado en la calzada”.

Asimismo se cometió una infracción de tercer grado por estacionar incorrectamente en vías urbanas, como se menciona en el inciso 4) del artículo 382.

Fuente: LA PATRIA
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