Martes 13 de diciembre de 2011

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QUE DIRIGE LA DRA. ROSARIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, JUEZ DE SENTENCIA PENAL Nº 1 DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA) EN SUPLENCIA LEGAL, POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.-
Mediante el presente EDICTO DE LEY se cita y emplaza a los acusados: FIDEL OXA, CONSTANTINA CHOQUE DE CUSI Y WILMA CÁCERES DE COLQUE a objeto de que tenga conocimiento sobre el trámite de ACTOS PREPARATORIOS seguido por EUSTAQUIO MAMANI VILLCA contra CARLOS CASTELO, GROBER MUÑOS Y OTROS, así se tiene ordenado por decreto de fecha 28 de Noviembre de 2011 cursante a Fs. 4 de obrados.-— A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- MEMORIAL CURSANTE DE FOJAS DOS A DOS Vlta. DE OBRADOS.- SEÑOR JUEZ DE SENTENCIA PENAL DE TURNO.- ACTOS PREPARATORIOS.- Otrosí.- EUSTAQUIO MAMANI VILLCA, mayor de edad, casado, Chofer, vecino de la ciudad de Oruro, domiciliado en Rancho Alamasi s/n, con C.I. 688172 Or., hábil por derecho, ante Ud. respetuoso, expongo y pido: Ocurre señor Juez que, los señores FIDEL OXA, CONSTANTINA CHOQUE DE CUSI, WILMA CÁCERES DE COLQUE, CARLOS CASTELO Y GROBER MUÑOZ, destruyeron, inutilizaron e hicieron desaparecer molieron las construcciones que tenía en un lote de terreno de 7.186 Mts2, ubicado en la esquina conformada entre la Av. De Circunvalación y Av. Germania, de mi propiedad, incurriendo en la comisión de los delitos de PERTURBACIÓN DE LA POSESIÓN Y DAÑO SIMPLE previstos y sancionados por los Arts. 353 y 357 del Código Penal, catalogados como delitos de acción privada por el Art. 20 del Código de Procedimiento Penal, motivo por el que, el juzgamiento de este hecho debe sujetarse al procedimiento establecido por el Art. 375 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. Sin embargo para el esclarecimiento de este hecho, es necesaria la realización de actos preparatorio, motivo por el que, al amparo de la segunda parte del Art. 375 del Código de Procedimiento Penal, solicito a su autoridad que ordene la realización de los siguientes actos preparatorios.-- 1.- Se ordene a la FELCC que por su división laboratorio, realice el registro, inspección, toma de placas fotográficas, e informe del lugar del hecho, así como la planimetría del lote de terreno de 7.165 Mts2., ubicado en la esquina entre la Av. De Circunvalación y Av. Germania, de mi propiedad.-- 2.- Se ordene que la Alcaldía Municipal de Oruro, por su sección pertinente me otorgue fotocopias legalizadas de los planos de la urbanización SAJAMA y de los documentos con los que se habría procedido a la aprobación de dicha urbanización.-- 3.- Se ordene que la Alcaldía Municipal de Oruro, por su sección pertinente me otorgue fotocopias legalizadas de la Ordenanza Municipal Nº 13/06.-- 4.- Se disponga la notificación del Comandante Departamental de Policía, a efectos de que certifique, qué persona o autoridad, solicito resguardo policial para efectuar la demolición de mi propiedad del lote ubicado en la esquina conformada entre la Av. De Circunvalación y Av. Germania, y efectuado el día 13 de octubre de 2011. Y de haberse solicitado este resguardo de manera escrita, se nos otorgue fotocopia legalizada de dicha solicitud.-- 5.- Se disponga la notificación del representante legal del CANAL 15 CARACOL, a efectos de que me otorgue una grabación del vídeo propagandístico que se ha venido emitiendo en dicho canal, sobre una demolición efectuada el día 13 de octubre de 2011.-- 6.- Se disponga la notificación del periódico La Patria, a efectos de que me otorgue fotocopia legalizada del periódico de fecha 13 de octubre de 2011, donde se publica la noticia de la demolición de mi propiedad, bajo el titular de MUNICIPIO DERRUMBO EDIFICACIÓN CLANDESTINA QUE AFECTABA VÍA PUBLICA.—- OTROSÍ.- Pongo en conocimiento de su autoridad que la acción penal la seguiré en contra de: 1.- CARLOS CASTELO Y GROVER MUÑOS, funcionarios municipales que pueden ser habidos para su notificación en el edificio de Obras Públicas de la Alcaldía Municipal de Oruro, ubicado en la calle Velasco Galvarro entre Montesinos y Caro, propiamente en las oficinas de Jefatura de Regulación Urbana y Dirección de Ordenamiento Territorial.-- 2.- FIDEL OXA, CONSTANTINA CHOQUE DE CUSI, WILMA CÁCERES DE COLQUE, cuyos domicilio y paraderos desconozco, por lo que impetro que se les notifique mediante edictos.-- OTROSÍ 2do.- Providencias, en calle Soria Galvarro Nº 5833 entre Junín y Ayacucho, planta alta of. Int. Fdo. ABOGADO.- Fdo. INTERESADO.- Lleva cargo de presentación.-— DECRETO QUE CURSA A FOJAS CUATRO DE OBRADOS.- JUZGADO DE SENTENCIA PENAL Nº 2.- ORURO – BOLIVA.- Oruro, 28 de noviembre de 2011.- En lo principal.- A mérito del petitorio que antecede y en virtud de la segunda parte del Art. 375 del Código de Procedimiento Penal, los Actos Preparatorios solicitados por el señor Eustaquio Mamani Villca, previamente notifíquese a los posibles acusados, luego notifíquese a: 1) El Sr. Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) informe sobre lo solicitado.- 2) A la Sra. Alcaldesa Municipal de Oruro, al fin impetrado en los puntos 2 y 3 de su petición.- 3) Al Comandante Departamental de Policía a objeto de que certifique lo que se pide en su demanda principal en su punto 4.- 4) Al representante legal del canal 15 Caracol al fin impetrado. 5) Al periódico La Patria, de igual forma al fin impetrado.- AL OTROSI.- Previamente notifíquese a la posible acusados señores: Carlos Castelo y Grober Muñoz en su domicilio real señalado conforme al art. 163 del Código de Procedimiento Penal.-- Alternativamente.- Al fin impetrado de notificación de los posibles coacusados Fidel Oxa, Constantina Choque de Cusi y Wilma Cáceres de Colque, líbrese el edicto de ley, previo juramento de desconocimiento de domicilio y demás formalidades de ley.-- Al Otrosí 2do.- Por señalado el domicilio procesal.- Corre diligencias que le corresponde.-- Fdo. Dra. ROSARIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE SENTENCIA EN LO PENAL Nº 2.-- FDO. DR. MARIO ROMERO SANTOS.- SECRETARIO DE JUZGADO DE SENTENCIA EN LO PENAL Nº 2.-— EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL ONCE AÑOS, FIRMANDO EN CONSTANCIA LA SEÑORA JUEZ Y SUSCRITO SECRETARIO DE LO QUE CERTIFICO.- D.S.O.
Fuente: LA PATRIA