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Lunes 05 de diciembre de 2011

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Lunes 05 de diciembre de 2011
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Bolivia - Nacional

Amparos Constitucionales serán atendidos por juzgados departamentales

05 dic 2011

Fuente: La Paz, 4 (ANF).-

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Los amparos constitucionales, acciones de defensa y de libertad, serán tratados en primera instancia por los juzgados departamentales para luego ser revisados por el Tribunal Constitucional, de esta forma llevar procesos más cortos y ágiles.

Así establece el nuevo Código de Procedimientos Constitucionales (CPC), que está en proceso de socialización, para que se aporte con modificaciones por parte de las instituciones relacionadas con esta norma, y luego ser presentado en el transcurso de la semana que inicia.

“El nuevo Código de Procedimientos Constitucionales tiene por objeto regular los procedimientos constitucionales y los procedimientos de las acciones de defensa ante jueces competentes, las acciones de defensa como los amparos, acciones de cumplimiento, las acciones de libertad son presentadas directamente en los juzgados o tribunales departamentales de justicia, ellos ven como tribunales de garantía y luego pasan a revisión constitucional, para que se revise en una de las salas, de esta forma se está regulando este procedimiento”, explico la presidenta de la Comisión de Justicia, Cecilia Ayllón, a la ANF.

Se establece que los procesos en el Tribunal Constitucional Plurinacional serán más agiles con la instalación de tres salas que atenderán los recursos de inconstitucionalidad, amparos y acciones de libertad de forma oportuna.

“Estos procesos van a ser agilizados, comenzando con lo que va ser la nueva estructura del Tribunal Constitucional, que estará conformado por tres salas de dos magistrados y un presidente que le permite a cada una de estas salas, conocer las acciones de defensa, libertad y cumplimiento, lo que permitirá que se aliviane el trabajo del Tribunal”, explicó la asambleístas.

Por otra parte dentro de las acciones de libertad las personas que sientan que sus derechos han sido vulnerados podrán acudir directamente ante un juez del Tribunal, quien escuchara su planteamiento de forma verbal, para luego notificar y solicitar la presencia del juez que lleva el caso y resolver el proceso de forma inmediata.

Otra de las partes importantes del nuevo Código, es que se da la facultad al Tribunal Constitucional, para solicitar información de entidades públicas y privadas, lo que agiliza el trámite de un proceso.

“Una de las partes importantes de este código es cooperar desde los órganos para que el tribunal Constitucional a partir de esta norma, tenga la posibilidad de solicitar informes de entidades públicas y privadas para agilizar los recursos planteados por el Tribunal”, concluyo.

Fuente: La Paz, 4 (ANF).-
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