Viernes 02 de diciembre de 2011
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EL DOCTOR LUIS FERNANDO ZEBALLOS CASTRO, JUEZ DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:
Mediante el presente Edicto se CITA al demandado: LAN FRANCO BENTIO SALAS ORTUÑO, a objeto de que reconozca la firma y rúbrica estampada en el Documento Privado de Préstamo de Dinero de fecha 24-06-2011 cursante a fs. 2 de obrados, dentro el proceso de MEDIDA PREPARATORIA DE DEMANDA seguido por SIMON GUALBERTO RIVERA CARVALLO contra LAN FRANCO BENITO SALAS ORTUÑO, así se tiene ordenado por decreto de fecha 18-08-11, de fojas 8 vlta. de obrados, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley. MEMORIAL DE FS. 3 DE OBRADOS (síntesis). Lleva timbres de ley debidamente cancelados por el sello del Consejo de la Judicatura. SEÑOR JUEZ DE PARTIDO DE TURNO EN LO CIVIL. PRELIMINAR DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS Y RUBRICAS. OTROSÍ.- SIMON GUALBERTO RIVERA CARBALLO C.I. 3096993-Oruro, mayor de edad, vecino de esta, con domicilio en la calle Adolfo Mier esquina Arica No. 515 é Iquique zona Este de la ciudad de Oruro, hábil a los efectos de ley. Señor Juez conforme al documento que tengo a bien aparejar se evidencia que el Sr. LAN FRANCO BENITO SALAS ORTUÑO, en fecha 24 de junio del 2011 suscribió el documento privado de dinero por la suma de Bs. 105.000.oo (CIENTO CINCO MIL BOLIVIANOS 00/100), dineros que debía proceder a la devolución. Por lo expuesto al amparo del art. 19 de la Ley 1760 en demanda preliminar, solicita de su autoridad se sirva disponer la citación y emplazamiento de LAN FRANCO BENITO SALAS ORTUÑO, mayor de edad, con domicilio en las calles León y Pagador No. 460 de la ciudad de Oruro, para que en audiencia a señalar reconozca su firma y rúbrica estampada en el documento de fecha 24 de junio del 2011 a cuyo efecto protesto cumplir con lo que fuera de ley, Oruro, 13 de julio de 2011. Fdo. Abogado e interesada. DECRETO DE FS. 4 DE OBRADOS. Á, 23 de julio del 2.011. Se providencia el memorial que antecede de la siguiente forma: En lo principal.- En vía de medida preparatoria de demanda y en aplicación del art. 19 inc. c) de la Ley 1760, cítese y emplácese al demandado: LAN FRANCO BENITO SALAS ORTUÑO, a objeto de que se presente a este despacho judicial, al día siguiente hábil de su legal notificación a hrs. 16:00 p.m. y reconozcan la firma y rúbrica, estampada en el DOCUMENTO PRIVADO DE PRÉSTAMO DE DINERO cursante a fs. 2 de obrados. Al otrosí.- Téngase por adjunta la prueba literal, con noticia contraria. Al Otrosí 2º.- Por señalado el domicilio procesal. Dr. Luis F. Zeballos Castro, JUEZ DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA). Fdo. Ante Mí: Dra. Lina Atahuichi Apaza, SECRETARIA DEL JUZGADO DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVIL. Corren diligencias que le corresponde. MEMORIAL DE FS. 8 DE OBRADOS (síntesis). Lleva timbres de ley debidamente cancelados por el sello del Consejo de la Judicatura. SEÑOR JUEZ DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVIL. CITACIÓN POR EDICTO, SIMON GUALBERTO RIVERA CARBALLO, dentro del proceso preliminar seguido contra LAN FRANCO SALAS ORTUÑO, presentándonos ante Ud., con el debido respeto digo y pido: Señor Juez, conforme a la representación efectuada por el funcionario de su despacho se evidencia que el demandado no tiene domicilio conocido, por lo que al amparo del artículo 124 de C.P.C., solicito la citación por Edicto. Oruro, 17 de agosto de 2011. Fdo. Abogado y por el int. Imp. Mmto. Corre cargo que le corresponde. DECRETO DE FS. 8 DE OBRADOS. Por lo expuesto líbrese Edicto, previo juramento de Ley, bajo responsabilidad del demandante, previas las formalidades de rigor. Fdo. Dr. Luis F. Zeballos Castro, JUEZ DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO-BOLIVIA). Fdo. Ante Mí: Dra. Lina Atahuichi Apaza, SECRETARIA DEL JUZGADO DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVIL. Corren diligencias que le corresponde. EL PRESENTE EDICTO, ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE AÑOS.
Fuente: LA PATRIA