Miercoles 30 de noviembre de 2011
ver hoy
ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, DENOMINADA “MINING & LOGISTICS S.R.L.”, CON UN CAPITAL SOCIAL DE: CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 50.000.-) CON DOMICILIO LEGAL EN LA CIUDAD DE ORURO, QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES: FRANKLIN DURÁN RUIZ Y FRANKLIN WALTER DURÁN GUTIÉRREZ.-
En la ciudad de Oruro del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas nueve y quince minutos del día veintidós de noviembre de Dos Mil Once años, ante mí Dra. ELBA GARCIA AREQUIPA Abogada Notaria de Fe Pública de Primera Clase Número Ocho de este Distrito Judicial y testigos que al final se nombran y suscriben, fueron presentes en esta Oficina Notarial, los señores: FRANKLIN DURAN RUIZ, con C.I. 2291850 La Paz, casado de profesión Cap. de Ultramar, con domicilio en Avenida Principal de Koani Nº 6 y FRANKLIN WALTER DURAN GUTIERREZ, con C.I. 4741093 La Paz, mayor de edad, soltero, estudiante, con domicilio en Avenida Muñoz Reyez Nº F-6 Z, Koani, ambos mayores de edad, hábiles por derecho, a quienes de identificar en oficina doy fe y dijeron: Que, mediante la presente Escritura Pública han convenido en protocolizar una minuta de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada, todo de conformidad a las cláusulas y condiciones contenidas en la minuta que me han pasado y que son del tenor siguiente:-- MINUTA.- Señor Notario de Fe Pública de Primera Clase entre los registros de escrituras públicas que corren a su cargo Ud., se servirá insertar una de CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de acuerdo a las siguientes condiciones y cláusulas.--- PRIMERA.- (INTERVINIENTES).- Dirá Ud. que intervienen en la presente Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada en previsión a lo dispuesto por el art. 195 y siguientes del Código de Comercio y demás disposiciones legales concordantes y conexas Libre y voluntariamente las siguientes personas:-- 1.- El señor FRANKLIN DURAN RUIZ, con C.I. 2291850 La Paz, mayor de edad, casado, de profesión Cap. de Ultramar, de nacionalidad Boliviana, con domicilio en Avenida Principal de Koani Nº 6, hábil a los efectos de Ley.-- 2.- El señor FRANKLIN WALTER DURAN GUTIERREZ, con C.I. 4741093 La Paz, mayor de edad, soltero, de nacionalidad Boliviana de profesión Estudiante con domicilio en Avenida Muñoz Reyez Nº F-6 Z. Koani, hábil a los efectos de Ley.- Quienes de común acuerdo y a los efectos del presente contrato constitutivo de Sociedad de Responsabilidad Limitada se denominarán los socios.--- SEGUNDA (DENOMINACION O RAZON SOCIAL).- La sociedad de responsabilidad limitada que se constituye, se denominará “MINING & LOGISTICS S.R.L.”, y tendrá su domicilio legal y administrativo en la ciudad de Oruro, pudiendo establecerse sucursales u oficinas y otros, tanto en el interior y exterior del país de acuerdo y según las necesidades de la empresa. Sin embargo la presente constitución surtirá efectos con terceros en todo el territorio del Estado Plurinacional sin restricciones y sin tener que elaborar otro testimonio en el departamento, ciudad o lugar en que se desarrolla las actividades propias del objeto del contrato.--- TERCERA.- (DURACION).- Por acuerdo unánime de los socios, la sociedad tendrá una duración de QUINCE (15) AÑOS, a partir de su inscripción en el registro correspondiente de conformidad al art. 127 inc. 7) del Código de Comercio. La duración podrá ser prorrogada antes de su vencimiento, mediante resolución aprobada con el voto de socios que representen dos tercios de capital.--- CUARTA.- (OBJETO).- La Sociedad tendrá por objeto el de realizar por cuenta propia, ajena o de terceros o asociada a terceros, tanto en el Estado Plurinacional de Bolivia como en el Extranjero, la compra venta, comercialización de minerales, importación, exportación y en general realizar actos de comercio, relacionados directa o indirectamente con la industria minera.- Asimismo podrá realizar financiamientos, aporte de capitales, constitución de sociedades, fusiones, constituir sociedades accidentales. Arrendamientos Mineros, Riesgos Compartidos o “Joint Ventures”, concertación de operaciones, compra venta y negociación de títulos, valores, y toda clase de bienes e inmuebles, constituir sociedades subsidiarias, efectuar cualquier comunidad de intereses con otras sociedades personas físicas o empresas en general, en cuanto se ajusten a las disposiciones vigentes.- A fin de cumplir con las actividades descritas, la sociedad posee plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes vigentes o por su estatuto, contando con plena capacidad para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con aquellos señalados en el Código de Comercio y el Código de Minería y leyes relativas a la materia de Minería.- Asimismo será el de investigar, planificar, asesorar, dirigir, elaborar y ejecutar trabajos multidisciplinarios relacionados al campo de la Minería, tanto en la Prospección y exploración, Explotación, Concentración, Fundición y refinación y Comercialización de minerales y metales.- Servicios afines y complementarios, destinados al desarrollo de Soluciones Ambientales Mineras, Plantas de Tratamiento de Aguas, desmontes, escorias, relaves y cualesquier otros residuos mineros o metalúrgicos, suscribir con personas extranjeras individuales o colectivas contratos de servicios, de riesgo compartido u otros, para el desarrollo y ejecución de actividades y trabajos mineros, suscribir contratos de cualquier naturaleza, incluidos contratos de riesgo compartido con la Corporación Minera de Bolivia o con toras personas individuales o colectivas, nacionales o extranjeras.- Servicio de consultoría en Materia Minera, mediante el asesoramiento en Áreas de Geotecnia, Sismología, Hidráulica, Geología y Geofísica, Consultoría en Medio Ambiente en Minería en General, Servicios de Asesoramiento y Capacitación en el campo minero en general y servicios de importaciones y representaciones mineras en general.- A tal efecto podrá conformar sociedades accidentales y/o de riesgo compartido, así como también suscribir contratos con instituciones públicas y privadas, como ser municipios, prefecturas, organizaciones no gubernamentales, organismos nacionales o extranjeros, etc. Así como presentarse en licitaciones públicas, invitaciones directas de organismos e instituciones nacionales e internacionales. Para el cumplimiento de sus fines de manera amplia podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos inherentes a sus fines, pudiendo también aceptar y otorgar representaciones y otros con amplitud de objetivos técnicos y de servicios institucionales, ejerciendo todos los actos autorizados por ley en el modo y forma que mejor convenga en derecho.--- QUINTA.- (CAPITAL SOCIAL).- El capital social pagado en su integridad en el acto de constitución, que en conjunto aportan los socios es de Bs. 50.000 (CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), que está dividido en 100 (cien) cutas de capital por el valor de Bs. 500.oo cada uno, que los socios aportan de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente: LA PATRIA