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EL INFRACTOR DE LA SEMANA - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Sábado 26 de noviembre de 2011

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Suplemento Policial

EL INFRACTOR DE LA SEMANA

26 nov 2011

Fuente: LA PATRIA

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El infractor de esta semana, son los conductores de los motorizados que pertenecen al Sindicato de Minibuses en Servicio Urbano y que se observan en la fotografía.

Arbitrariamente estacionaron sus vehículos la tarde del jueves 24 de noviembre en los dos carriles de la Avenida Sargento Flores desde la calle La Paz hacia el Este, sin respetar las normas básicas, establecidas en el Código y Reglamento de Tránsito, en desmedro de los ocasionales transportistas.

He aquí algunos artículos del Reglamento de Tránsito, para que dichos choferes tomen en cuenta.

Se vulneró el artículo 121 que establece: “Con carácter general los vehículos deberán estacionarse siempre al lado derecho de la calzada, en el mismo sentido de circulación y de modo que no se obstaculice la circulación ni de los peatones ni de los otros vehículos”.

Respecto al acápite de estacionamiento en ciudades y poblaciones, el artículo 122 menciona: “Dentro del radio urbano de las ciudades y poblaciones, los vehículos se estacionarán en forma paralela al cordón de la acera, lo más cerca posible al borde de la misma y dejando entre sí una distancia de por lo menos 50 centímetros”.

También se vulneró el artículo 127 inciso 5 que indica: “Es prohibido estacionar, para o detener vehículos en doble fila respecto a otro vehículo detenido o estacionado en la calzada”.

Asimismo se violó un principio fundamental como es la libertad de circulación que se encuentra señalado en el artículo 76: “Todo conductor tiene el derecho de transitar libremente con su vehículo por las vías públicas del territorio boliviano y ninguna persona natural o jurídica, podrá interferir el ejercicio de este derecho sin causa justificada, salvo las establecidas por el Código Nacional de Tránsito y este Reglamento o las medidas que casos especiales adopte la Policía de Tránsito”.

Por otro lado, los conductores del mencionado sindicato, cometieron una infracción de tercer grado, como se indica en el inciso 4 del artículo 382, “por estacionar incorrectamente en vías urbanas”.

Fuente: LA PATRIA
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