Lunes 21 de noviembre de 2011
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07 de Noviembre del 2.011.-DE LA ESCRITURA PUBLICA DE MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE GIRA BAJO LA RAZON SOCIAL DE “RENO CLUB S .R. L.”, QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES: JOSE ENRIQUE LANDA MARTI Y AHMAD SHREKI.
En Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diez de hoy siete de noviembre del año dos Mil Once, ante mi Dra. MARIA ESTHER LOPEZ VARGAS, Notario de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial, con residencia fija en la Capital y testigos que al final se nombran y suscriben, comparecieron los señores: JOSE ENRIQUE LANDA MARTI, mayor de edad, soltero, de nacionalidad cubana, de Profesión ingeniero de telecomunicaciones, domiciliado en c. Antezana 447, con C.E. No E-0013947 expedida en Cochabamba y AHMAD SHREKI, mayor de edad, soltero, de nacionalidad estadounidense, de profesión Manager, domiciliado en calle España 631 zona central, con C.E No E-0040587 expedida en Cochabamba, a quienes de identificarles en Notaría doy fe y dijeron: Que se registre y se convierta a escritura pública la minuta de MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE GIRARÁ BAJO LA RAZON SOCIAL DE “RENO CLUB S.R.L.” y sea en conformidad a términos y condiciones que consta en la mencionada minuta que para convertirlo en instrumento público me han entregado el mismo que transcrito literalmente como base fundamental del contrato y en cumplimiento al Artículo Veintitrés de la Ley del Notariado en actual vigencia es del tenor que sigue:— EN EL TEXTO.- SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.- Entre los Registros de Escrituras públicas a su cargo sírvase insertar una de MODIFICACION DE ESCRITURA DE CONSTITUCION al tenor de los siguientes argumentos:—- PRIMERA.- ANTECEDENTES.- Son antecedentes de este contrato: 1.1. Mediante Escritura Pública N° 280/2011 otorgada por ante Notario de Fe Pública número 41 de la Dra. María Esther López en fecha 17 de junio de 2011 se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada con la denominación de “RENO CLUB SRL.” cuyos socios son los señores José Enrique Landa Martí, con una participación del 50% Y AHMAD SHREKI con una participación del 50%.— 1.2. Según Acta de Asamblea de Socios de fecha 24 de Octubre del 2011 los socios han acordado por unanimidad los siguientes puntos:— Modificar la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad por cumplimiento de normativas vigentes, de la siguiente forma:— SEGUNDA.- ACLARACION DEL OBJETO SOCIAL.- Por razones inherentes a las normas en vigencia para la actividad que desarrolla la sociedad, se sustituirá y aclarará la actividad principal y el objeto de la misma, en todos los artículos que corresponda en la escritura pública de constitución de la sociedad.— TERCERA.- MODIFICACIÓN DE LA ESCRlTURA.- En virtud de las disposiciones adoptadas en la Asamblea de Socios de fecha 24 de Octubre del 2011 se modifica la Cláusula SEGUNDA de le Escritura de Constitución de la sociedad, quedando en su lugar los siguientes textos:— SEGUNDA.- Del Objeto Social de la Sociedad.- La sociedad tendrá por objeto social la EXPLOTACION DE JUEGOS DE AZAR, para el cumplimiento del objeto descrito precedentemente la sociedad queda autorizada a realizar cuanto acto sea necesario, sin limitación ni restricción de ninguna naturaleza.- Se modifica la cláusula Tercera de la Escritura de Constitución, quedando en su lugar el siguiente texto:—Tercera.- De la Denominación y Domicilio.- La sociedad girará en sus actividades bajo la denominación de: RENO CLUB S.R.L. El domicilio de la sociedad queda constituido en la ciudad de Cochabamba. específicamente en la Avenida José Ballivián # 530, sin embargo para la realización de los actos vinculados al objeto social podrá abrir sucursales o agencias en el territorio nacional o el extranjero.—- CUARTA.- (CONTINUIDAD PATRIMONIAL).- Los derechos y obligaciones que tenga la Sociedad no sufrirán alteración o cambio alguno, como emergencia de las modificaciones introducidas.—- QUINTA- SUBSISTENCIA.- Las cláusulas de la Escritura de Constitución y Condiciones que no contravengan expresamente a la presente escritura o que no hayan sido objeto de modificación quedan subsistentes y vigentes para los efectos legales correspondientes.— SEXTA.- DOCUMENTO A PROTOCOLIZARSE.- Se deja constancia que forma parte de esta Escritura y deberá protocolizarse como tal el Acta de Asamblea Socios de fecha 24 de Octubre del 2011.—- SEPTIMA.- CONSENTIMIENTO.- De conformidad a las facultades consignadas en el acta de la Asamblea Socios, se acepta la presente Escritura y firma en señal de conformidad con todas y cada una de las cláusulas precedentes.— Usted Señor Notario de Fe Pública se servirá agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad que sean pertinentes. Cochabamba, 24 de Octubre del 2011.— firmado ilegible.— sello.- Walter M. Rivero Romero.- ABOGADO.- M.C.A. N. 5104 - MC-15840.— firmado.-JOSE ENRIQUE LANDA MARTI.- C.E. N° E-0013947 CBBA.— firmado.- AHMAD SHREKI C.E. N° E-0040587 CBBA.— ACTA.- ACTA DE MODIFICACION DE ESCRITURA DE CONSTITUCION RENO CLUB S.R.L.— En Cochabamba, a los 24 días del mes de Octubre de 2011, a hrs 9:00, en el domicilio de la Sociedad, se reunieron los socios de RENO CLUB S.R.L. quienes suscriben al final del presente documento, con el fin de modificar los artículos que sean pertinentes en la escritura de constitución con el fin de alcanzar el objeto de la sociedad.— Después de un análisis profundo la Asamblea en pleno acordó, por unanimidad, lo siguiente:— Modificar la Escritura Pública de Constitución de la sociedad RENO CLUB S.R.L. en la parte que corresponda en la escritura 280/2011 protocolizada en notaría # 41 de nuestra ciudad por la Dra. María Esther López. En virtud a normativas en vigencias que competen a la sociedad, por lo que se instruye al representante legal a proceder según corresponda para concretar esta decisión.- La asamblea autoriza se realicen los cambios necesarios en la escritura para lograr el cambio de en el Objeto Social y Domicilio definido, así también queda establecido que esta modificación no altera en nada las obligaciones y derechos ya adquiridos por la sociedad a la fecha.— Habiéndose concluido con el orden del día, sin otro tema a tratar se suspendió la Asamblea a Hrs 9:30-con la firma de la presente por las partes concurrentes, la que fue labrada en el mismo acto.— firmado.- JOSE ENRIQUE LANDA MARTI.- C.E. N° E-0013947 CBBA.— firmado.- AHMAD SHREKI C.E. N° E- 0040587 CBBA.—- PROSIGUE.- Es copia fiel del original que bajo el número: QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO/QUEBRADO DOS MIL ONCE quedan archivados e incorporados en el respectivo legajo de documentos y minutas.— ACEPTACION.- Presentes los interesados de las generales anteriores dijeron que aceptan en todas y cada una de sus partes el tenor de la presente escritura pública de MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE GIRARA BAJO LA RAZON SOCIAL DE “RENO CLUB S.R.L.”, sin nota ni observación alguna.—- CONCLUSION.- En testimonio de verdad de que así dijeron, leída que les fue de principio a fin firman con los testigos señores Mario Vargas Pérez, con C.I. N°. 2757456 Oruro, Francisco Fuertes Taboada, con C.I. N°. 1215629 Pt., bolivianos. mayores de edad, vecinos de esta, oficinistas hábiles por derecho y capaces para el acto; doy fe.— Firmado.-JOSE ENRIQUE LANDA MARTI.— Firmado.- AHMAD SHREKI.— Firmado Ilegible.— Firmado Ilegible.— testigos, ante mí.- Firmado ilegible.— sello Dra. María Esther López Vargas.- Notario de Fe Pública No. 41.-
Fuente: LA PATRIA