Los “requerimientos” expedidos por el Ministerio Público contra los trabajadores de la prensa que cumplieron su misión de cubrir los acontecimientos protagonizados por los marchistas de los pueblos indígenas del Tipnis, en su caminata hacia La Paz, especialmente, aquella violenta e inhumana intervención policial del 25 de septiembre contra el conglomerado humano que estableció su “campamento de descanso” en la zona de Chaparina - Yucumo -, provocan una “ruptura violenta e ilegal” de los principios que rigen a través del Código de Ética, el trabajo de los periodistas en Bolivia.
Los fiscales encargados de la “investigación”, deberían analizar previamente, el significado de los conceptos de “informar” e “informante”, tal como exige la ética al periodista, de “distinguir entre publicidad y noticia”, en el momento de realizar su trabajo.
La Real Academia Española define el concepto de informar, como el hecho de “enterar, dar la noticia de una cosa...”, mientras que “informante” es “quien recibe o tiene el encargo o comisión de hacer la información…”. Aplicar este segundo concepto para que los periodistas plenamente identificados como tales, en el ejercicio de su profesión, se presenten ante la Fiscalía a “prestar declaraciones informativas”, viola el principio que rige el ejercicio profesional en el marco de la ética periodística. De esta manera, el hombre de prensa se convierte en “reportado” en vez de “reportero”, que es su función.
Pero, además, el Ministerio Público debería considerar lo dispuesto por el artículo noveno de la Declaración de Chapultepec que rige en Bolivia y no es desconocido para nadie esta “Declaración de 11 de marzo de 1994”, que es Ley en el país. Dice en su parte primera: “La credibilidad de la prensa está unida al compromiso de la verdad, a la búsqueda de la exactitud, imparcialidad y objetividad y a la distinción entre noticia y publicidad…”. Una declaración informativa, ante un tribunal, cualesquier sea éste, inclina, de hecho, el tratamiento del tema y, además, convierte al sujeto en instrumento subjetivo, según la tendencia que adopte el interrogatorio.
Lo que llama la atención es que el poder político trata de “conducir” a la prensa hacia un escenario que, por principio, le está vetado. Se trata de generar una corriente, en la cual, el “conflicto de intereses” arrastraría a los periodistas a la violación de las más elementales normas éticas. Este poder político se ha enfrentado a los medios de comunicación y a los periodistas, de manera sistemática y permanente, en la medida en que, por el ejercicio de los valores de la verdad, la imparcialidad, la objetividad y la idoneidad en la obtención de la información, no favoreció nunca a sus intereses sectarios, propios del partido.
Tal como ocurrió en el pasado, la estructura del poder en el presente no ha descansado en su intensión de establecer sistemas de control sobre los medios y sus periodistas y, para ello, ha utilizado como argumento “los problemas del abuso del poder de los medios”, los “desmentidos atribuyendo el engaño o la tergiversación en la obtención de las noticias”, además de otros subterfugios hasta ahora nada claros.
Lo ocurrido en Chaparina está registrado en filmaciones y fotografías, además que el Ministerio de Gobierno y todas las autoridades que administran los sistemas de control físico, seguridad ciudadana y de inteligencia del Estado tiene todos los elementos que convergieron en ese momento crucial y, está por demás, tratar de involucrar a medios de comunicación y periodistas en el tema de las investigaciones, para dar con los autores intelectuales y materiales de tales hechos.
En otras palabras, la orden correspondiente “vino de autoridad superior” o, aparentemente, la actitud de los policías quedó librada a su decisión personal. Con todo ello, el “poder político” no asume aún sus responsabilidades y las violaciones inferidas contra la Constitución Política del Estado y toda la economía jurídica interna, así como, contra aquellas que rigen como normas internacionales, son evidentes y el “abuso del poder” como delitos no prescriben cuando se trata de la violación de los derechos fundamentales y humanos inherentes a las personas.
La crueldad, brutalidad, fiereza, atrocidad, saña y despiadada acción de fuerza que aplicó el efectivo policial enviado por el Gobierno para controlar la marcha indígena del Tipnis, se ha convertido en un delito de lesa humanidad y los periodistas nada tienen que informar de tan atroz actitud, amparados por la Ley de Imprenta y los códigos de ética a los cuales se someten voluntariamente, los trabajadores de la prensa en todo el mundo.
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