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Proceso para anular el mapa deformado del departamento de Oruro
01 nov 2011
Por: Hugo Álvarez Pally
GÉNESIS DE LA CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO
El 5 de septiembre de 1826 se crea oficialmente el departamento de Oruro mediante un Decreto Supremo (D.S.) donde en el Art. 1º se establece que “el nuevo Departamento está compuesto por las provincias de Oruro, Paria y Carangas”; y en el Art. 3º dice: “En la nueva división que ha de hacerse del territorio de la República se le señalaran límites proporcionados”. Efectuada posteriormente la División Territorial, el departamento de Oruro resultó con una superficie de 53.588 kilómetros. Sobre el mapa político, el IGM ha publicado los mapas antiguos sin ningún cercenamiento de territorio, los que tuvieron vigencia legal hasta el 2 de abril del año 2002, fecha en que por D.S. Nº 26570 firmado por el ex presidente Jorge Quiroga Ramírez, fue sustituido por un mapa distorsionado obtenido en base a “mapas parlantes” referenciales o “croquis” elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) el año 1992 y utilizados para sus trabajos censales y determinación de las tasas de analfabetismo. Este mapa antes de su legalización por el citado decreto, también habría sido utilizado para la ejecución de la Ley de Participación Popular Nº 1551 del 20 de abril de 1994 para establecer la distribución de los recursos de coparticipación tributaria en los gobiernos municipales. Finalmente, estos mapas referenciales fueron incluidos en los anuarios del INE y en el Atlas Estadístico Municipal publicado los años 1996 y 2005, consolidándose la legalidad no solo de los mapas distorsionados de Oruro y Potosí, sino de todos los mapas correspondientes a los nueve departamentos, generando problemas como los presentados en los municipios de “La Paz, El Alto, Viacha y entre Cochabamba y Colcapirhua, así como entre Cajahuata y Villa Libertad en La Paz”, y posiblemente los presentados en meses recientes entre los municipios de La Paz y los tres que se encuentra en la zona sur.
ORIGEN DE LOS PROBLEMAS CON POTOSÍ
Para el tratamiento de los problemas de límites, es necesario diferenciar dos periodos específicos: El primero que comienza el año 1535 hasta el 5 de septiembre de 1826, fecha de creación del departamento de Oruro; y el segundo que abarca desde la fecha de creación hasta nuestros días. Sobre el primer período dimos a conocer nuestro criterio en un artículo publicado por LA PATRIA y Página Siete en el mes de agosto del año en curso. A continuación nos referiremos al segundo periodo.
Todo indica que el día en que se promulgó el D.S. 26570 comenzaron los problemas con Potosí puesto que sintomáticamente, a cuatro meses de la fecha de promulgación de ese Decreto, la Sra. Rosario Vásquez A., por entonces Prefecta del Depto. de Potosí, solicitó a la Prefectura de Oruro la delimitación interdepartamental en la región que separa a Coroma de Potosí y Quillacas de Oruro, mediante memorial presentado el 31 de julio de 2002. Esa demanda que debía haber sido rechazada por la Prefectura de Oruro, fue respondida el 30 de diciembre de 2002 por el Secretario General en representación del entonces Prefecto de Oruro, Ing. Ivo Arias Bustios. Por este craso error, los orureños caímos en lo que podría llamarse una “trampa administrativa” donde las autoridades y dirigencias cívicas de Oruro, a su turno le siguieron el juego malintencionado de los potosinos que intentaron desde entonces hasta hoy día consolidar el cercenamiento territorial de Oruro, siguiendo procesos de chicanería barata que en lugar de encontrar soluciones, están enfrentando peligrosamente a ambos departamentos.
ORIGEN DEL MAPA DISTORSIONADO
Este mapa distorsionado que intenta convalidar Potosí, tiene como origen los “croquis” de trabajo de campo que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y que se los conoce como “mapas parlantes” o mapas referenciales, los mismos que son utilizados como herramientas de trabajo para elaborar encuestas y otras labores de investigación, mapas que por su naturaleza y tal como lo aclara el INE, no pueden ser utilizados por ninguna institución para definir los límites municipales y menos aún departamentales. Justamente, esos “mapas parlantes” fueron elaborados y sirvieron inicialmente de referencia para determinar las Tasas de Analfabetismo por Secciones de Provincia el año 1992 y posteriormente por la Ley de Participación Popular. Siguiendo normas internas, estos mapas referenciales fueron publicados posteriormente en los anuarios del INE y en el “Atlas Estadístico de Municipios” de los años 1999 y 2005.
PARTICIPACIÓN POPULAR
Para poner en práctica la Ley de Participación Popular Nº 1551 del 20 de abril de 1994, fue necesario “…articular a las comunidades indígenas, campesinas y urbanas en la vida política y económica del país” (Art. 1º). Como esta ley tenía como principal objetivo transferir los recursos provenientes de los ingresos nacionales a los municipios y las universidades, se utilizó como referencia poblacional para el Censo Nacional de Población y Vivienda del año 1992 y las encuestas demográficas realizadas el año 1996. Además, para destinar los recursos a las Capitales de Provincia los años 1994 y 1995, en el Art. 7º, parágrafo II del Art. Transitorio, se disponía que los cantones sean considerados para ese efecto. De ahí surgió la frase que decía que el país se “municipalizó y cantonizó”. Como en ese entonces fueron de mucha utilidad los “mapas parlantes” del INE, posiblemente se aprovechó de esa circunstancia para solicitar al Instituto Geográfico Militar su inclusión en los Mapas Políticos de Bolivia en forma por demás incorrecta y fuera de lugar. Pero para salvar responsabilidades, el INE inscribe al pie de esos mapas el texto de la Ley 2150 que textualmente dice: “La Ley Nº 2150 de unidades Político Administrativas NO otorga al INE competencia para la definición de límites. El D.S. Nº 20520 Reglamentario de la Ley 2150, en sus disposiciones finales establece que los mapas utilizados por el INE para efectos censales, sólo deben ser considerados como elementos referenciales, que no definen límites político-administrativos, norma legal a la que se ajusta este mapa”.
PROPUESTA DE SOLUCIÓN
Para solucionar de raíz los recientes problemas de límites, debe exigirse la anulación del D.S. Nº 26570 - además del complementario D.S. 27085 del 18 de junio de 2003 -, que erróneamente fueron promulgados por los ex presidentes Jorge Quiroga y Carlos Mesa. De no hacerlo, continuarán siendo utilizados en el Censo Nacional a realizarse el próximo año. Si bien la Ley Nº 1551 de Participación Popular ha sido abrogada con la Ley Marco de Autonomías Nº 031, la Ley Nº 2150 continúa vigente, lo que daría un fuerte sustento a la promulgación de la nueva Ley que invalide a los D.S. Nº 26570 y 27086. En consecuencia, el camino estaría expedito para que con voluntad política de parte del Órgano Ejecutivo, se resuelvan los engorrosos problemas en los que nos han embarcado las Prefecturas y los Comités Cívicos de Oruro y Potosí, transitando por un tortuoso camino burocrático.
(*) Ingeniero
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