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Viernes 28 de octubre de 2011

Portada Principal
Viernes 28 de octubre de 2011
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Conflicto limítrofe con Potosí
Oruro posee mayores evidencias documentales para trabajo de gabinete
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Fallecimiento de Juan Javier Zeballos
El periodismo internacional perdió a un gran defensor de las libertades
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Nuevos magistrados procesarán a quienes denunciaron fraude
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Demora aprobación de reglamento de la Ley Corta que protege al Tipnis
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Defensor y COB piden a colonizadores y cocaleros no reabrir conflicto Tipnis
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Según diario brasileño
Brasil condiciona financiamiento para modificar el tramo II de carretera
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Ortega: Fiscal General negó existencia de orden para intervenir la marcha indígena
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Varios
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Maquinaria
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Vehículos
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Casas y lotes
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Alquileres
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Anticréticos
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Empleos
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Teléfonos
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Editorial
Incumplimiento a las normas
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Picadas
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La noticia de perfil
Cumpleaños del Presidente Evo
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ENTRE COLUMNAS
Discriminación
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Gestión y planificación educativa comunitaria
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¿Podría la Tierra perder su escudo protector?
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Libertad de Expresión
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Visita al área rural
Comunidad internacional preocupada por contaminación en lagos de Oruro
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Opina el sector minero cooperativista
Conflicto limítrofe se debe a dejadez de autoridades actuales y anteriores
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En Toledo
Comunarios denuncian que contaminación minera ocasiona deformidad en animales
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Secretarias de Bolivia se reúnen y emprenden acciones de capacitación
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Sindicato Minero de Huanuni:
Conflicto entre Oruro y Potosí debe ser único punto a tratar con Gobierno y no otros temas
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En ampliado departamental
COD evaluará paro cívico y analizará informe de reciente ampliado de la COB
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Marcha contra el cambio climático tuvo el objetivo de generar consciencia ambiental
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Para su debido cumplimiento
Gobernación de Oruro demanda que actas de pacificación sean elevadas a rango de Ley
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Ante proximidad de Todo Santos
Panaderías son inspeccionadas para controlar inocuidad en preparado de masas
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EMAO
Empresa Ecology SOS realizará estudio de gestión integral de residuos sólidos
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Tras presión de propietarios
Nacionalización de autos chutos seguirá en Challapata
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Se establece plazo para que laboratorios clínicos cumplan norma de bioseguridad
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Gobernador divide movimiento local
Cívicos desconocerán acuerdos a los que se podría arribar con el Gobierno
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Tema límites
Asambleístas piden renuncia de técnicos del INRA por malos procesos
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Milenio alerta sobre tres desafíos inminentes para la estabilidad económica nacional
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PMA desmitifica conceptos erróneos sobre el hambre
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Festival Internacional de Teatro de La Habana abre con obras de 17 países
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Tribunal Electoral de La Paz anuncia proceso penal contra Doria Medina
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AGENDA CULTURAL
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Invitación Religiosa
Dra. OLNY EDNA CABRERA FERNÁNDEZ DE VARGAS (Q. D. D. G.)
Pág 6 
Invitación Religiosa
Lic. EDDY RAMIRO VILLEGAS MOLLINEDO (Q. D. D. G.)
Pág 6 
Invitación Religiosa
Tte. LUIS GABRIEL MEDINACELI HEREDIA (Q. D. D. G.)
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La producción industrial nacional cae de 8% en 2006 a 2,7% en 2011
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SOCIALES
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Médicos de la Caja Petrolera amenazan con medidas de presión
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Montes aconseja al Gobierno retomar diálogo salarial sino quiere paros y marchas
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Importación de combustibles subió en $us 331,78 millones
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Juez ordenó detención preventiva en Palmasola de ex gerente de YPFB
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Tipnis: Fiscalía no descarta procesos contra Comando Policial y Contraloría
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Oposición dice que gobierno quiere que se olvide represión en Yucumo
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Pasarán revista a la política económica nacional e internacional
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Timbres y valores judiciales se anulan en forma gradual desde enero 2012
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“Memorias del Colegio Arce” resume solidaridad y amistad de ex arcistas
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Este sábado
Entrada Universitaria Folklórica Cultural tendrá la participación de 49 conjuntos
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Jóvenes plantean el Break Dance para campaña “No a las drogas-Sí al deporte”
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Investigaciones de docentes y universitarios de la FNI
Revista “Infraestructura Carretera” es un aporte para el rubro de la construcción
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Ministerio de Culturas confirma presencia Folklórica en Feria Internacional del Libro
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Homenaje a Hans Dieter Vogt ex director Colegio Alemán
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Recomiendan doblar la inversión y el ahorro en América Latina
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Venezuela
Defensa de editor detenido recusa a juez de caso contra semanario
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Alrededor de 73.000 peruanos viven con VIH
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Policía brasileña desmantela red dedicada al tráfico internacional de drogas
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Turba intenta quemar oficina electoral en Colombia por traslado de votantes
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Microsoft muestra su visión futurista de la tecnología
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CORRESPONDE TESTÍMONIO NÚMERO SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO.- N° 745/2011.-
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Consejo Seguridad autoriza fin operación OTAN y levanta embargo de armas a Libia
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Argentina obliga a aseguradoras a repatriar fondos colocados en el exterior
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Denuncian ante CIDH “preocupante” aumento de violencia contra periodistas
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Corresponsales critican barreras informativas de Gobiernos suramericanos
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Condenan al asesino de 4 familiares en Florida a siete cadenas perpetuas
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Mausoleo de Kirchner ya es santuario de peregrinaje popular
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RESUMEN INTERNACIONAL
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Testimonios

CORRESPONDE TESTÍMONIO NÚMERO SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO.- N° 745/2011.-

28 oct 2011

Fuente: LA PATRIA

DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE GIRARÁ BAJO LA RAZÓN SOCIAL DE "PLASTIGAV REPRESENTACIONES, S.R.L.", QUE EFECTUAN: TERESA CARDOZO ROCHA DE VALENZUELA; ALBERTO WILSON VALENZUELA CARDOZO; EDVER DANIEL VALENZUELA CARDOZO y ROGER VALENZUELA CARDOZO, A FAVOR DE ELLOS MISMOS.-

En ésta ciudad de Oruro, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diez cuarenta del día jueves catorce de julio del año dos mil once, ante mí, Abogado Gregorio Callapa López, Notario de Fe Pública de Primera Clase número Diez de éste Distrito Judicial y testigos que se nombran y suscriben al final, están presentes en ésta Oficina Notarial, los señores TERESA CARDOZO ROCHA DE VALENZUELA, con C.I. 629827 Oruro, mayor de edad, casada, dedicada a labores de casa, natural de Catavi-Bustillo-Potosí, vecina de esta; ALBERTO WILSON VALENZUELA CARDOZO, con C.I. 3504382 Oruro, mayor de edad, casado, Administrador de Empresas, natural de Catavi-Bustillo-Potosí, vecino de esta; EDVER DANIEL VALENZUELA CARDOZO, con C.I. 3527340 Oruro, mayor de edad, soltero, estudiante, natural de Tatasi-Sud Chichas-Potosí, vecino de esta; y ROGER VALENZUELA CARDOZO, con C.I. 7298722 Oruro, mayor de edad, soltero, estudiante, natural y vecino de esta, todos ellos hábiles por derecho, a quienes de identificarles en Oficina por los documentos de identidad que colocan a la vista doy fe y dicen: Que, mediante la presente Escritura Pública convienen en celebrar una de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, todo bajo la forma y condiciones expresadas en la minuta que me pasan, la misma que transcrita en su integridad, más sus insertos de ley, es como sigue:--- MINUTA.- Señor Notario de Fe Pública. En los registros de Escrituras Públicas que corren a vuestro cargo, sírvase insertar una de CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sujeta bajo el tenor de las cláusulas siguientes:--- PRIMERA: (CONSTITUCIÓN SOCIAL).- Dirá usted que nosotros: TERESA CARDOZO ROCHA DE VALENZUELA; ALBERTO WILSON VALENZUELA CARDOZO; EDVER DANIEL VALENZUELA CARDOZO y ROGER VALENZUELA CARDOZO, mayores en edad, casado los dos primeros, solteros los dos restantes, bolivianos; vecinos de esta ciudad, con C.I. Nos. 629827- Oruro; 3504382-Oruro; 3527340-Oruro y 7298722-Oruro, respectivamente; domiciliados en la Avenida Brasil No. 1227 y Avenida del Ejército Nacional, hábiles a los efectos de ley, en la fecha convienen en organizar y constituir una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, dedicada a la comercialización de tubos P.V.C, conexiones, grifería, material eléctrico, representaciones e importaciones y ferretería en general.--- SEGUNDA: (RAZÓN SOCIAL Y DOMICILIO).- La Sociedad que se constituye, girará bajo la denominación social de: "PLASTIGAV REPRESENTACIONES S.R.L.", fijando su domicilio legal en la ciudad de Oruro, en las calles "Caro No. 349 entre Brasil y Tejerina, pudiendo establecer sucursales y agencias en el interior y exterior de la República, sin limitación alguna.--- TERCERA: (VIGENCIA Y DURACIÓN).- Esta Sociedad tendrá vigencia o duración de Diez (10) años, computables a partir de su inscripción en el Registro Nacional de Comercio (FUNDEMPRESA).--- CUARTA: (OBJETO).- Esta Sociedad tendrá por objeto fundamental, realizar actividad de Comercialización de tubos P.V.C., conexiones, grifería, material eléctrico, representaciones e importaciones de material de ferretería en general.--- QUINTA: (CAPITAL SOCIAL).- El capital social se conviene en la suma de CIENTO CUARENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 140.000.-) dividido en (200) cuotas de SETECIENTOS 00/100 Bolivianos (Bs. 700.00.) cada una, las cuotas de capital están constituidas de la siguiente manera:

SOCIO CAPITAL CUOTAS PORCENTAJE

Teresa Cardozo Rocha de Valenzuela Bs. 98.000 140 70%

Alberto Wilson Valenzuela Cardozo Bs. 14.000 20 10%

Edver Daniel Valenzuela Cardozo Bs. 14.000 20 10%

Roger Valenzuela Cardozo Bs. 14.000 20 10%

TOTAL Bs. 140.000 200 100%

Los aportes se encuentran totalmente pagados, siendo que la responsabilidad de cada uno de los socios se encuentra limitada al monto de sus aportes, de conformidad a lo dispuesto por ley.-- Cada cuota de capital otorga a su propietario derechos en la Sociedad y a percibir utilidades en proporción a su tenencia efectiva de cuotas de capital.--- SEXTA: (DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS).- Los Socios tendrán derecho a participar en las decisiones de la sociedad gozando de un voto por cada cuota de capital (Art. 208 C. de Comercio). Asimismo tendrán derecho de examinar la contabilidad, libros y documentos de la Sociedad, cuando así lo requieran o en su caso establecer un órgano de control y vigilancia, sin perder el derecho individual de control referido líneas arriba, de conformidad a lo establecido por el Artículo 211 del Código de Comercio.--- SEPTIMA: (AUMENTO DE CAPITAL).- El aumento del capital social, se acordará mediante el voto de socios que representen la mayoría del capital social. Los socios tendrán derecho preferente para suscribirlo en proporción a sus cuotas de capital. En caso de inconcurrencia de alguno de los socios a la asamblea en que se apruebe el aumento, le será comunicado ese hecho mediante carta notariada con aviso de recepción. Si alguno no ejercitara su derecho dentro de los treinta días siguientes al envío de la comunicación, se presumirá su renuncia al mismo y el aumento de capital podrá ser suscrito por los otros socios o por personas extrañas a la sociedad; en este último caso, previa autorización expresa de la: asamblea.- Ningún acuerdo o disposición de la escritura de constitución puede privar a los socios de su derecho preferente a suscribir el aumento del capital social.-- Antes de la publicación e inscripción del aumento de capital en el Registro de Comercio, los socios quedarán obligados a pagar su nueva suscripción.--- OCTAVA: (DE LA REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN).- La Representación y Administración estará a cargo de un GERENTE, cuyas funciones, durarán DOS AÑOS. Su nombramiento emergerá de una asamblea de Socios a través de un Poder Notariado, con amplias facultades y atribuciones específicas para dirigir y administrar los intereses y negocios de la Sociedad Constituida, como: usar la Firma Social con plena Representación de la Sociedad, conferir poderes para gestiones judiciales y administrativas, contraer obligaciones para la buena marcha de esta Empresa. Su remoción, Revocatoria de Poderes y Responsabilidades, se sujetará a las disposiciones contenidas en los artículos 176, 177 y 178 del Código de Comercio.--- NOVENA: (DE LA ASAMBLEA DE SOCIOS).- (Asamblea de socios y sus facultades). La asamblea de socios tendrá las siguientes facultades:-- 1) Discutir, aprobar, modificar o rechazar el balance general correspondiente al ejercicio vencido;-- 2) Aprobar y distribuir utilidades;-- 3) Nombrar y remover a los gerentes o administradores;-- 4) Constituir el directorio o consejo de administración y, cuando así hubieran convenido los socios, nombrar a los integrantes del órgano de control interno;-- 5) Aprobar los reglamentos;-- 6) Autorizar todo aumento o reducción del capital social, así como la cesión de las cuotas de capital y la admisión de nuevos socios. La reducción de capital es obligatoria en los términos y forma del artículo 354, en lo pertinente;-- 7) Modificar la escritura constitutiva;-- 8) Decidir acerca de la disolución de la sociedad, así como el retiro de socios, y;-- 9) Las demás que correspondan conforme a la escritura social.-- (Asamblea anual). La asamblea ordinaria se reunirá por lo menos, una vez al año, en el domicilio y época fijada en la escritura social y, a más tardar, dentro de los tres meses de cerrado el ejercicio económico de la sociedad. A solicitud de los gerentes o administradores o de los socios que representen más de la cuarta parte del capital social, podrá convocarse a asamblea extraordinaria, en la cual se tratará los asuntos señalados en la convocatoria, bajo pena de nulidad.-- (Convocatoria a asamblea). Las asambleas serán convocadas por los gerentes o administradores, a falta u omisión de éstos, por los socios que representen más de la cuarta parte del capital social.- La convocatoria a asamblea deberá publicarse y comunicarse con anticipación de 8 (ocho) días de la fecha señalada, conteniendo orden del día.--- DECIMA: (REGISTRO DE SOCIOS).- La Sociedad llevará un Libro de Registro de Socios, donde se inscribirán el o los nombres; apellidos, domicilio, monto de sus aportaciones y en su caso, la transferencia de sus cuotas de capital; asimismo como los gravámenes efectuados. Se hace constar que la transferencia de cuotas surte efectos frente a terceros, solo a partir de su inscripción en el Registro de Comercio.--- DECIMA PRIMERA: (CONTROL Y FISCALIZACION).- El control y fiscalización de la Sociedad estará a cargo de cada uno de los Socios sin limitación alguna, a través de los Libros de Contabilidad y documentación pertinente, en cualquier instancia administrativa.--- DECIMA SEGUNDA: (DE LA RESERVA LEGAL).- La sociedad constituye una reserva del cinco por ciento (5%), de las utilidades efectivas y líquidas a obtenerse, hasta alcanzar la mitad del capital pagado.- En caso de disminución, la reserva se reconstituirá con las utilidades obtenidas antes de su distribución. La sociedad podrá acordar la formación de reservas especiales que le sean razonables, enmarcadas en una administración transparente, cuyo porcentaje, límite y destino serán acordados por socios.--- DECIMA TERCERA: (QUORUM LEGAL).- La Asamblea será legal con la asistencia de los Socios que representen al 51% del Capital Social. La participación de ellos en las Asambleas, podrá ser personal y en caso de ausencia por su representante con un Poder Notariado.--- DECIMA CUARTA: (BALANCE GENERAL Y RESERVAS).- Cada año al treinta y uno de diciembre se hará un Balance General, el que se dará por aprobado en una Asamblea ordinaria.--- DECIMA QUINTA: (DE LA CESION DE CUOTAS DE CAPITAL ENTRE SOCIOS).- La cesión de cuotas es libre entre socios, salvo las limitaciones establecidas en esta constitución.-- La cesión de cuotas, aún entre socios, implicará la reforma de la escritura de constitución, (Preferencia de los demás socios en la oferta de cesión). El socio que se proponga ceder sus cuotas, comunicará su deseo por escrito a los demás socios, quienes, en el término de quince días de recibido el aviso, manifestarán si tienen interés en adquirirlas. Si no hacen conocer su decisión en el plazo señalado, se presume su rechazo y el ofertante queda en libertad para vender sus cuotas a terceros, todo ello al amparo de los Artículos 214; 215 y 216 del Código de Comercio.---DECIMA SEXTA: (DE LA TRANSFERENCIA POR CAUSA DE MUERTE).- La transferencia de cuotas por causa de muerte de alguno de los socios, permitirá la incorporación de los herederos del socio fallecido, conforme a ley, tal como establece el Art. 212 del Código de Comercio.--- DECIMA SEPTIMA: (DISOLUCION Y LIQUIDACION).- La presente Sociedad será disuelta por:-- 1) Acuerdo de los socios.-- 2) Vencimiento de término, salvo que se decida renovación o prórroga.-- 3) Cumplimiento de la condición que originó su existencia.-- 4) Logro del objeto por el cual se constituyó o por imposibilidad, sobreviviente de lograrlo.-- 5) Por pérdida del capital.-- 6) Por quiebra, salvo, convenio preventivo o resolutorio.-- 7) Por fusión. Por lo que al reducirse la sociedad a un socio se procederá a la DISOLUCION DE LA SOCIEDAD, y se procederá a su inmediata liquidación, de conformidad a lo establecido por el Artículo 384 del Código de Comercio. En su caso, él o los liquidadores serán nombrados por simple mayoría de votos dentro de los treinta días de dispuesta la liquidación. De no designarse a los liquidadores si éstos no asumen el cargo, el juez los nombrará a solicitud de cualquier socio.--- DECIMA OCTAVA: (ARBITRAJE).- “PLASTIGAV REPRESENTACIONES S.R.L.”; se regirá estrictamente a la Ley de ARBITRAJE Y CONCILIACION (Ley No. 1770/97), LEY DE 10 DE MARZO DE 1997 y normas contenidas en el Código de Comercio, a los fines de la vigencia y aplicación de las cláusulas que anteceden.--- DECIMA NOVENA: (ACEPTACION).- Dirá usted señor Notario, que nosotros: TERESA CARDOZO ROCHA DE VALENZUELA, ALBERTO WILSON VALENZUELA CARDOZO; EDVER DANIEL VALENZUELA CARDOZO y ROGER VALENZUELA CARDOZO, de las generales mencionadas en la Cláusula Primera del presente contrato de Constitución de Sociedad, aceptamos el tenor íntegro de las cláusulas precedentes, comprometiéndonos a todo cuanto se tiene estipulado, nuestro sometimiento, en forma libre y espontánea. Usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo.- ORURO, julio 12 de 2011.-- Fdo. Teresa Cardozo Rocha de Valenzuela.- C.I. N° 629827 Oruro.- Socia.-- Fdo. Alberto Wilson Valenzuela Cardozo.- C.I. N° 3504382 Oruro.- Socio.-- Fdo. Edver Daniel Valenzuela Cardozo.- C.I. 3527340 Oruro.-- Fdo. Roger Valenzuela Cardozo.- C.I. N° 7298722 Oruro.-- Fdo. Dr. Luis Valdivia Saleg.- Abogado.---CONCLUSIÓN.- En cuya conformidad y poniéndola en efecto en la vía y forma de derecho, queda extendida la presente escritura pública relativa a una de CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, todo bajo la forma y condiciones expresadas en la minuta y demás documentos que me han pasado, los mismos que fueron transcritos en su integridad, más sus insertos de ley, en cuyo tenor los comparecientes se ratifican y firman previa lectura de su contenido en presencia de los testigos instrumentales del acto, señores: Orlando Miguel Canaza Barreta con. C.I. 2793915-Oruro y Ruth Miriam López Méndez con C.I. 3049888-0ruro, ambos mayores de edad, oficinistas de éste vecindario, hábiles y capaces al efecto de todo lo que signando autorizo, sello, firmo y Doy Fe.-- Fdo. TERESA CARDOZO ROCHA DE VALENZUELA.- C.I. 629827 Oruro.-- Fdo. ALBERTO WILSON VALENZUELA CARDOZO.- C.I. 3504382 Oruro.-- Fdo. EDVER DANIEL VALENZUELA CARDOZO.- C.I. 3527340 Oruro.-- Fdo. ROGER VALENZUELA CARDOZO.- C.I. 7298722 Oruro.-- Fdo. Tgo. Orlando Miguel Canaza Barreta.-- Fdo. Tgo. Ruth Miriam López Méndez.--- Ante mí: Fdo. Dr. Gregorio Callapa López.- Notario de Fe Pública de 1ra. Clase N° 10.- Oruro Bolivia.- PASÓ POR ANTE MI DOY FE.--- LLEVA ADHERIDO TIMBRE DE LEY.-- CONCUERDA EL PRESENTE TESTIMONIO CON LA ESCRITURA ORIGINAL DE SU REFERENCIA A LA QUE EN CASO NECESARIO ME REMITO, SE FRANQUEA A PETICION DE PARTE INTERESADA, DESPUES DE CONFRONTADO Y CORREGIDO, FIEL Y LEGALMENTE LO AUTORIZO, SELLO, SIGNO Y FIRMO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.

Dr. Gregorio Callapa López. Notario de Fe Pública de 1ra. Clase Nº 10. Oruro – Bolivia.

Fuente: LA PATRIA
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