Exaltación del Abogado en la celebración de su día
13 oct 2011
Por: Hugo Salvatierra Oporto
La palabra abogado de origen etimológico latino "advocatus" equivale a profesional requerido por los litigantes para que le asesore o actúe por ellos en las contiendas judiciales.
La reseña histórica nos enseña que la función abogadil empírica es más antigua que la profesión de abogado.
En realidad quienes oficiaban de abogados en esa época, se trataba sólo de personas de bien o amigos que con sus dotes de filósofos y oradores hacen prevalecer sus derechos, sin mayores retribuciones, aunque en verdad tales actuaciones les servían para obtener cargos públicos.
A Pericles se le ha señalado como al primer profesional abogado (496-429 a de J.C.), Jefe del Partido Democrático, ejerció sobre sus conciudadanos influencia profunda y generalmente benéfica, mereció dar su nombre al siglo más brillante de Grecia.
En Roma, al principio la defensa no estaba atribuida a profesionales sino que era consecuencia de la institución del Patrono, pues el patrono estaba obligado a defender en juicio a su cliente. Pero la importancia que fue adquiriendo el Derecho y la complejidad de sus institutos, impuso la necesidad de formar abogados que fuesen a la vez grandes oradores y jurisconsultos. El Foro adquirió su máximo esplendor durante la República, hasta el relieve de que los pontífices eran elegidos de entre los profesionales abogados, quienes llegaron a organizarse corporativamente en los "Collegium togaturom", hoy en nuestro medio colegios de abogados.
En Bolivia, creada la República, la Constitución Bolivariana de 1826 reconoce a la institución judicial como a uno de los altos Poderes del Estado que completaban su estructura. Tanto es así, en solemne sesión de honor se instala la Corte Suprema de Justicia el 16 de julio de 1827.
Los colegios de abogados han sido instituidos en las capitales de Departamento de la República de Bolivia, por D.L. de 1 de enero de 1938, elevado a Ley por la de 8 de diciembre de 1941.
Sobre esa base, se llegó a constituir la Federación Boliviana de Colegios de Abogados, tal como la Resolución Suprema Nº 170582 de 28 de septiembre de 1973 reconoce sus Personería Jurídica aprobando sus Estatutos contenidos en 38 artículos y 9 títulos, bajo la previsión de los Arts. 2do. y 6to. del D.S. de 22 de noviembre de 1933, tanto que en nuestro criterio debiera y debe retornarse a esa estructura porque los colegios departamentales constituyen asociaciones departamentales de abogados, como consecuencia el Colegio Nacional de Abogados, constituye una Federación, es decir, organismo superior aglutinante o representativo de las asociaciones departamentales o colegios departamentales de abogados.
La Federación Boliviana del Colegio de Abogados, instituyó Día del Abogado el 27 de julio de cada año, en homenaje al natalicio del eminente jurisconsulto Dr. Pantaleón Dalence Jiménez. Sin embargo esa fecha, con base a la ponencia de fundamentos valederos de la Delegación del Colegio de Abogados de Chuquisaca, fue modificada Día del Abogado, al 13 de octubre de cada año por Resolución del 4 de septiembre de 1982 del Primer Congreso Nacional Extraordinario de Colegio de Abogados de Bolivia, de Constitucionalización de los Poderes del Estado ello en homenaje a la fundación de la primera Facultad de Derecho de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca.
Convertida en Ley de la República por la Nº 903 de 12 de diciembre de 1987.
La actuación más importante, quizá la única hasta ahora, en la vida institucional de los colegios de abogados se ha dado en el Primer Congreso Nacional Extraordinario de Colegios de Abogados de Bolivia, reunido del 3 al 5 de septiembre de 1982 en Santa Cruz de la Sierra, incidiendo en su conclusión final el acabóse de los 18 años de gobiernos militares de facto, demandando la convocatoria e instalación del Congreso Legislativo elegido en 1980 y la entrega inmediata del Poder Ejecutivo, previas las formalidades de la Constitución a los candidatos triunfantes Dr. Hernán Siles Zuazo y Lic. Jaime Paz Zamora.
A ponencia de la delegación de Cochabamba, aprobamos el desconocimiento de nombramientos judiciales arbitrarios no ajustados a las disposiciones de la Constitución Política del Estado y de la Ley de Organización Judicial, con la sanción de que los abogados que acepten desempeñar cargos de magistrados o jueces de gobiernos de facto, reemplazando a los que fueron nombrados legalmente quedarán suspensos del ejercicio profesional durante tres años, y que los Tribunales de Honor quedan encargados de hacer cumplir la resolución.
Consecuentemente el I. Colegio de Abogados de Oruro, bajo nuestra presidencia, emite pronunciamiento de 29 de septiembre de 1982 ante el Congreso Nacional Legislativo, en el sentido de que se reconoce la legitimidad y vigencia de los títulos de nombramientos de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de las Cortes Superiores de Justicia Distritales, y se restituye a quienes se hallaban en ejercicio al 17 de julio de 1980 (Golpe de Estado del Gral. Luis García Meza), y que fueron separados arbitrariamente (se publicó en el diario Presencia el 5 de octubre de 1982, Pág. 8 y la reacción no se dejó esperar, el mismo diario, Pág.1 en su publicación del siguiente día 6 da cuenta de que renunciaron el Presidente y Ministros de la Corte Suprema de Justicia interina.
Los congresistas abogados de la constitucionalización de los poderes del Estado, instituimos las distinciones de reconocimiento al ejercicio profesional de la abogacía, con las medallas de plata y de oro, que serán conferidas a los abogados que cumplan 25 y 50 años de ejercicio profesional.
Esa la misión cumplida y por cumplir por esa pléyade de abogados de destacada notoriedad, que por ahora no especificamos por sus nombres y apellidos, pero que viven en la memoria de gentes sensatas y honestas.
Concluimos manifestando que los Colegios de Abogados y cada abogado en particular, estamos llamados a orientar el correcto rumbo de la defensa de los derechos humanos, la justicia y la libertad de expresión, para la existencia de un verdadero equilibrio social democrático entre gobernantes y gobernados.
(*) Presidente del I. Colegio de Abogados en las gestiones 1974-1975 y 1982, Vicepresidente del I. Colegio de Abogado de Chuquisaca en la gestión 2002, Presidente de la Comisión de Constitucionalización de los Poderes del Estado en el Primer Congreso Nacional Extraordinario de Colegios de Abogados de Bolivia.
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