Miercoles 21 de septiembre de 2011
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El infractor de esta semana, son los conductores del Sindicato de Colectiveros, Micros y Minibuses en Servicio Urbano, que con sus motorizados bloquearon ayer en las calles de la ciudad, perjudicando a la ciudadanía y vulnerando un principio elemental, como es de libre tránsito.
De acuerdo al Código y Reglamento de Tránsito, los conductores señalados vulneraron el artículo 76 referido a la libertad de circulación, que está establecido en el capítulo III acerca de “otras normas para la circulación de vehículos”.
El señalado artículo indica: “Todo conductor tiene el derecho de transitar libremente con su vehículo por las vías públicas del territorio boliviano y ninguna persona natural o jurídica, podrá interferir el ejercicio de este derecho sin causal justificada, salvo las excepciones establecidas por el Código Nacional de Tránsito y este Reglamento o las medidas que en casos especiales adopte la Policía de Tránsito”.
LA PATRIA consultó con autoridades del Organismo Operativo de Tránsito, si había alguna autorización para la movilización y se indicó que “no”, por lo tanto, se cometió una infracción de tercer grado por impedir u obstruir el tránsito sin causal justificada, como se manifiesta en el inciso 2 del artículo 382.
Fuente: LA PATRIA