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Jueves 08 de septiembre de 2011

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Jueves 08 de septiembre de 2011
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Fallece chófer de taxi en accidente de tránsito que deja 16 heridos
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Gobierno apura implantación del cambio de huso horario
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Sin rastro: Continúa la búsqueda de nave de Aerocon
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Un riesgo para la salud
Trámites administrativos retrasan retiro de equipos obsoletos del Hospital General
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Fedmajo vence elecciones de maestros jubilados por la mínima diferencia
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Según dirigente de la COD, Raúl Quiroga
Retraso de reversión del ferrocarril es por falta de voluntad política de autoridades
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En todo el departamento
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Regantes de Tacagua
Nuevos directivos asumieron compromiso de defensa del agua
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A través de firma de convenio
FEPO y Dirección de Trabajo buscan disminuir el desempleo
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Casos de abandono de menores se incrementan en Huanuni
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Proyecto de inversión para el 2012
Presupuesto permitirá a la Gobernación ejecutar sólo proyectos de continuidad
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Ayer en la Gobernación
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Exigiendo instalación de alcantarillado
Vecinos de zonas periurbanas ponen horario a bloqueo de caminos
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En su segunda fase
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En La Paz
Freddy Funaro expone obras pictóricas en el salón “Cecilio Guzmán de Rojas”
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Invitación Religiosa
Prof. Jub. ALBERTO CALLEJAS ROMERO (Q. D. D. G.)
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Invitación Religiosa
Sr. Emeterio Martínez Paz (Q. D. D. G.)
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Sociales
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Ministerio de Justicia y Senasag capacitan a funcionarios de Huanuni
Comerciantes fueron advertidos sobre normas de seguridad alimentaria
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La inflación afecta más a los pobres
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Dirigente indígena: No hay ningún cambio con Evo en el Gobierno
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RESUMEN NACIONAL
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Sólo el 14 por ciento de las exportaciones corresponde a productos no tradicionales
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Boliviano adinerado explotaba a 17 compatriotas en Argentina
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Tipnis: Magistrado del TC dice que consulta a indígenas es obligatoria
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Chile
Profesores rechazan propuesta del Gobierno a conflicto estudiantil
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Al menos 43 muertos al estrellarse un avión de pasajeros ruso Yak-42
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Argentina aprueba ley para extender plazos de prescripción de delitos sexuales
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EDICTO DE LEY
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EDICTO
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AVISO DE REMATE
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CORRESPONDE TESTIMONIO Nº 276/2011
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Pelea por la propiedad de Machu Picchu llegará a la Unesco
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Obama prevé plan de $us.300.000 millones para crear empleos
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Chile
Piñera llegó a zona de tragedia aérea en la isla Juan Fernández
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Haití
Violación de un haitiano aviva el rechazo de sectores políticos a la Minustah
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Devotos lanzan dinero durante tradicional celebración religiosa
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RESUMEN INTERNACIONAL
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Testimonios

CORRESPONDE TESTIMONIO Nº 276/2011

08 sep 2011

Fuente: LA PATRIA

ESCRITURA PUBLICA DE INCREMENTO DE CAPITAL SOCIAL Y CAMBIO DE DIRECCIÓN DEL DOMICILIO, SUSCRITA POR LOS SEÑORES: JORGE BRUNO LÓPEZ LAFUENTE Y CARLOS CORREA POR SI Y EN REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA JALASOFT INC.

En la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas once con diez minutos, del día de hoy viernes veintiséis del mes de Agosto del año dos mil once; yo MARLENE CAMPOS DE AGUILAR, Abogado, Notaria de Fe Pública de Primera Clase Nº 27, de éste Distrito Judicial, con residencia fija en ésta Capital y testigos que al final se nombran y suscriben: me constituí en la Avenida Melchor Pérez de Olguín No. 2643 entre Simón López y Wiracocha en el Edifico Jala de esta ciudad, a objeto de recabar la firma y rúbrica de los señores: JORGE BRUNO LÓPEZ LAFUENTE, con C.I. No. 3120030 Cochabamba; y CARLOS CORREA, con C.I. para extranjeros No. 321752 La Paz, por si y en representación de Sociedad Anónima JALASOFT INC, en virtud a la Escritura de Poder No. 219/2.011, otorgado ante esta misma Notaria; todos mayores de edad, hábiles por derecho, vecinos de ésta ciudad; a quienes de identificarles y conocerles en su domicilio, DOY FE y dijeron: Que, solicitan la protocolización de una minuta de INCREMENTO DE CAPITAL SOCIAL Y CAMBIO DE DIRECCIÓN DEL DOMICILIO, al efecto se me entrego la minuta, Testimonio de Escritura Pública de Poder y Acta, que transcritos literalmente son del tenor siguiente:.- MINUTA.- SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.- Entre los registros de escrituras públicas que corren a su cargo, sírvase insertar esta de INCREMENTO DE CAPITAL SOCIAL Y CAMBIO DE DIRECCIÓN DEL DOMICILIO, en los términos y condiciones siguientes:.-

PRIMERA.- (PARTES).

1.- JALASOFT INC. sociedad anónima empresa panameña, organizada y existente de conformidad con las leyes de la República de Panamá, debidamente inscrita en el Registro Público de ese país, Sección de Mercantil, bajo la ficha No. 534956, Documento 994846, desde 10 de agosto de 2006, con domicilio en la ciudad de Panamá, representada en este acto por el señor CARLOS CORREA, ciudadano de Estados Unidos de América, residente en Bolivia, con C.I. de extranjero No. 321752 LP., en mérito del Poder otorgado por ante la Notario Público Segundo del Circuito de Panamá la señora Tania Susana Chen Guillen, en fecha 20 de abril de 2011, debidamente legalizado, protocolizado mediante Escritura Pública según Testimonio No. 219/2011 de 22 de junio de 2011, otorgado por ante Notario de Fe Pública Dra. Marlene Campos de Aguilar, a quien se conocerá como JALASOFT INC.-

2.- JORGE BRUNO LÓPEZ LAFUENTE, mayor de edad, hábil en toda forma de derecho, vecino de esta ciudad, de profesión Ingeniero, con domicilio en la Urbanización “El Bosque”, casa No. 67, con C.I. 3120030 Cbba., a quien se denominará JORGE BRUNO LÓPEZ LAFUENTE.-

3.- CARLOS CORREA, mayor de edad, hábil en toda forma de derecho, vecino de esta ciudad, de profesión Economista, con domicilio en la Urbanización “El Bosque”, casa No. 85, con C.I. de extranjero No. 321752 LP., a quien se denominará CARLOS CORREA.-

SEGUNDA.- (ANTECEDENTES). I.- Las PARTES, son socios conformantes de la empresa JALASOFT S.R.L., constituida mediante Escritura Pública Nro. 144/2008 de 10 de marzo de 2008, otorgada por ante Notario de Fe Pública Dra. Marlene Campos de Aguilar y modificada en parte por Escritura Pública Nro. 25/2009 de 28 de enero de 2009, otorgada por ante Notario de Fe Pública Dra. Marlene Campos de Aguilar, de fusión e incorporación de nuevo socio, teniendo la siguiente estructura:-

NOMBRE DE SOCIO CUOTAS VALOR UNITARIO CAPITAL PORCENTAJE

1.- Jalasoft Inc. 9.191 Bs. 1.000.- Bs. 9.191.000.- 68%

2.- Jorge Bruno Lopez 4.174 Bs. 1.000.- Bs. 4.174.000.- 31%

3.- Carlos Correa 135 Bs. 1.000.- Bs. 135.000.- 1%

TOTAL 13.500 Bs. 13.500.000.- 100%

Con domicilio en la calle Antezana No. 0686, en la zona Central de la ciudad de Cochabamba.-

II.- En Asamblea Extraordinaria de Socios, llevada acabo el 22 de agosto de 2011, conforme al Acta de la fecha, la misma que formará parte indivisible de la presente minuta, se discute y aprueba como punto 1) del Orden del Día, el “Tratamiento de la deuda adquirida con JALASOFT INC.” y deciden se capitalice la acreencia en su totalidad, suma que asciende a $us.- 1´770.000.- (Un millón Setecientos setenta mil 00/100 Dólares Americanos), por lo que se debe tomar una determinación, de cual será el tratamiento que se le debe dar a dicha deuda, en esa misma línea Carlos Correa haciendo uso de la palabra en su calidad de representante legal de JALASOFT INC., indica que sus mandantes le han instruido que negocie la posibilidad de capitalizar esa acreencia y proponer un aporte adicional de $us. 1´480.000.- (Un millón cuatrocientos ochenta mil 00/100 Dólares Americanos) más Bs. 500.- (Quinientos 00/100 Bolivianos) a objeto de cubrir los gastos que demande la implementación del Edificio Corporativo, haciendo un total de $us.3´250.000.- (Tres millones doscientos cincuenta mil 00/100 Dólares Americanos) que convertidos en bolivianos al cambio del día (T/C= 6.97), hace un monto total de Bs.22.652.500.- más los Bs. 500.- se suma un gran total de Bs.22.653.000.-, monto que se incrementará a sus cuotas capital en la empresa. Pasando al punto 2) del orden del Día, se aprobó que concluida la construcción del edificio propio de la empresa ubicado en la Av. Melchor Pérez de Olguín No. 2643 entre Simón López y Wiracocha en el Edificio JALA, zona Noroeste de la ciudad de Cochabamba y habiéndose trasladado al mismo, a objeto de cumplir con las formalidades de Ley para con FUNDEMPRESA y todas las instancias de la función pública como para con las empresas particulares con quienes se mantiene relaciones económico financieras y comerciales, se debe proceder al trámite de cambio de dirección de su domicilio.

TERCERA.- (OBJETO) Las partes pos así convenir a sus intereses y sin que medie ningún tipo de vicio en el consentimiento como ser; la violencia, el error o el dolo, declaran que:

3.1.- Que, teniendo en cuenta los estados financieros de la empresa, se evidencia la deuda contraída con el socio JALASOFT INC., suma que asciende a $us. 1´770.000.- (Un millón Setecientos setenta mil 00/100 Dólares Americanos), por lo que se debe tomar una determinación de cual será el tratamiento que se le debe dar a dicha deuda, en esa misma línea Carlos Correa haciendo uso de la palabra en su calidad de representante legal de JALASOFT INC., indica que sus mandantes le han instruido que negocie la posibilidad de capitalizar esa acreencia y poner un aporte adicional de $us. 1´480.000.- (Un millón cuatrocientos ochenta mil 00/100 Dólares Americanos) más Bs.500.- (Quinientos 00/100 Bolivianos) a objeto de cubrir los gastos que demande la implementación del Edificio Corporativo, haciendo un total de $us.3´250.000.- (Tres millones doscientos cincuenta mil 00/100 Dólares Americanos) que convertidos en bolivianos al cambio del día (T/C=6.97), hace un monto total de Bs.22.652.500.- más los Bs.500.- se suma un gran total de Bs.22.653.000.-, monto que se incrementara a sus cuotas de capital en la empresa, modificando de esta manera en la Escritura Pública Nro. 25/2009 de 28 de enero de 2009, otorgada or ante Notario de Fe Publica Dra. Marlene Campos de Aguilar de fusión, lo suscrito en las cláusulas SEXTA de la siguiente manera:

MODIFICACION A LA CLAUSULA SEXTA:

Como consecuencia de la fusión entre JALASOFT S.R.L. Y COMPUTER XTRAS XPRESS S.R.L., además del retiro de uno de los socios de esta ultima, del aumento de capital y la incorporación del nuevo socio, quien hace un último incremento conforme a los antecedentes citados en la Cláusula Segunda precedente, a partir de esta escritura social, el capital social es de Bs. 36.153.000.- (Treinta y seis millones ciento cincuenta y tres mil 00/100 bolivianos), quedando reconformado el aporte societario de la siguiente manera:

NOMBRE DE SOCIO CUOTAS VALOR UNITARIO CAPITAL PORCENTAJE

1.- Jalasoft Inc. 31.844 Bs.1.000.- Bs. 31.844.000.- 88.08%

2.- Jorge Bruno López L. 4.174 Bs.1.000.- Bs. 4.174.000.- 11.55%

3.- Carlos Correa 135 Bs. 1.000.- Bs. 135.000.- 0.37%

TOTAL 36153 Bs. 36.153.000.- 100%

3.2.- Que , concluida la construcción del edificio propio de la empresa y habiéndose trasladado al mismo, a objeto de cumplir con las formalidades de ley para con FUNDEMPRESA y todas las instancias de la función publica como para con las empresas particulares con quienes se mantiene relaciones económico financieras y comerciales, cambian la dirección de su domicilio a la Av. Melchor Pérez de Olguín No. 2643 entre Simón López y Wiracocha, modificando de esta manera en la escritura pública de constitución Testimonio No. 144/2008 de 10 de marzo de 2008, lo suscrito en la cláusula QUINTA de la siguiente manera:

MODIFICACIÓN A LA CLÁUSULA QUINTA:

“DOMICILIO.- JALASOFT S.R.L., tendrá por domicilio principal en la Ciudad de Cochabamba, en la Av. Melchor Pérez de Olguín Nº 2643 entre Simón López y Wiracocha en el Edificio JALA, en la zona Noroeste de la ciudad de Cochabamba, Bolivia, pudiendo establecer sucursal, agencias, oficinas, operaciones y establecimientos en cualquier lugar del país o del exterior.”.-

CUARTA.- (RATIFICACION).- Las partes ratifican el tenor integro de la escritura pública de constitución Testimonio Nº 144/2008 de 10 de marzo de 2008 y Escritura Pública Nro. 25/2009 de 28 de enero de 2009.-

QUINTA.- (CONVERSION) En caso de que la presente minuta no sea elevada al rango de Escritura Pública, surtirá todos los efectos legales como documento privado a solo reconocimiento de firmas.

SEXTA.- (ACEPTACION).- Las partes suscriben en señal de conformidad con todas y cada una de las cláusulas precedentes, obligándose a su fiel y estricto cumplimiento conforme a la Ley. Ud. Señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de estilo y seguridad. Cochabamba, 23 de agosto de 2011.- Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible – sello – Germán G. Rico Ferrel – ABOGADO – M.C.A. 2599 Cbba. – M.C.A. 03460 La Paz – M.C.N.A. 0891.-TRANSCRIPCION DE ACTA.-

ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS

En la ciudad de Cochabamba, Bolivia, a horas 10:00 a.m. del día de hoy lunes 22 de agosto de 2011, en el nuevo domicilio de la sociedad, ubicado en la Av. Melchor Pérez de Olguín Nº 2643 entre Simón López y Wiracocha en el Edificio JALA, se reunieron los socios que representan el cien por ciento del capital de la empresa JALASOFT S.R.L., a objeto de tratar el siguiente orden del día:

1.- Tratamiento de la deuda adquirida con la empresa JALASOFT INC.

2.- Cambio de dirección del domicilio de la empresa JALASOFT S.R.L.

Verificado el quórum y constatando la presencia de los socios, Jorge Bruno López Lafuente y Carlos Correa por si y en representación de JALASOFT INC, se dio inicio de la asamblea y a su turno para tocar el punto 1) del Orden del día, el socio Jorge Bruno López Lafuente, dijo que teniendo en cuenta los estados financieros de la empresa, se evidencia la deuda contraída con el socio JALASOFT INC., suma que asciende a $us. 1´770.000.- (Un millón Setecientos setenta mil 00/100 Dólares Americanos), por lo que se debe tomar una determinación de cual será el tratamiento que se le debe dar a dicha deuda, en esa misma línea Carlos Correa haciendo uso de la palabra en su calidad de representante legal de JALASOFT INC., indica que sus mandantes le han instruido que negocie la posibilidad de capitalizar esa acreencia y poner un aporte adicional de $us. 1´480.000.- (Un millón cuatrocientos ochenta mil 00/100 Dólares Americanos) más Bs.500.- (Quinientos 00/100 Bolivianos) a objeto de cubrir los gastos que demande la implementación del Edificio corporativo, haciendo un total de $us.3´250.000.- (Tres millones doscientos cincuenta mil 00/100 Dólares Americanos) que convertidos en bolivianos al cambio del día (T/C=6.97), hace un monto total de Bs.22.652.500.- más los Bs.500.- se suma un gran total de Bs.22.653.000.-, monto que se incrementara a sus cuotas de capital en la empresa, a lo que Jorge Bruno López Lafuente, respondió positivamente aceptando la propuesta y Carlos Correa como representante legal de JALASOFT INC., quien por si también manifiesta su aceptación, en ese sentido, se toma la decisión de elaborar todos los documentos de pertinencia para su posterior publicación e inscripción en FUNDEMPRESA.

Aprobándose el primer punto, pasan al tratamiento del punto 2) del Orden del Día y el socio Jorge Bruno López Lafuente, dijo que concluida la construcción del edificio propio de la empresa ubicado en la Av. Melchor Pérez de Olguín Nº 2643 entre Simón López y Wiracocha en el Edificio JALA, zona Noroeste de la ciudad de Cochabamba y habiéndose trasladado al mismo, a objeto de cumplir con las formalidades de ley para con FUNDEMPRESA y todas las instancias de la función pública como para con las empresas particulares con quienes se mantiene relaciones económico financieras y comerciales, se debe proceder al trámite de cambio de dirección de domicilio; en esa misma línea, Carlos Correa haciendo uso de la palabra en su calidad de representante legal de JALASOFT INC. y por si mismo, indica que se debe cumplir con las formalidades exigidas por Ley, en ese sentido, se toma la decisión de elaborar todos los documentos de pertinencia para su posterior publicación e inscripción en FUNDEMPRESA.

Agotado el orden del día, se concedió un cuarto intermedio de quince minutos para la redacción del acta y aprobada que fue la misma, suscriben al pie los socios Jorge Bruno López Lafuente y Carlos Correa por si y en representación de JALASOFT INC.

Fdo. Ilegible – Jorge Bruno López Lafuente.-

Fdo. Ilegible – Carlos Correa.-

TRANSCRIPCION DE LA ESCRITURA DE PODER.-

CORRESPONDE – TESTIMONIO - Nº 219/2011.- LA PROTOCOLIZACIÓN DEL PODER ESPECIAL, OTORGADO EN PANAMÁ; QUE CONFIERE EL SEÑOR: RAUL VEGA BONILLA EN REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD ANONIMA JALASOFT, INC.; EN FAVOR DEL SEÑOR: CARLOS CORREA.-

En esta ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diez con cuarenta minutos, del día de hoy, miércoles veintidós de Junio del año dos mil once; Ante Mí: MARLENE CAMPOS DE AGUILAR, Abogado, Notaria de Fe Pública de Primera Clase Nº 27, de éste Distrito Judicial, con residencia fija en ésta Capital y testigos que al final se nombran y suscriben: fue presente en ésta oficina notarial a mi cargo, el señor: CARLOS CORREA, con C.I. de extranjero No. 321752 expedido en La Paz, mayor de edad, hábil por derecho, de nacionalidad estadounidense, casado, vecino de esta ciudad; a quien de identificar y conocerlo, Doy Fe y dijo: Que, solicita la protocolización del Poder Especial, otorgado en Panamá, que confiere el señor Raúl Vega Bonilla en representación de la Sociedad Anónima JALASOFT, INC., a favor de su persona, el mismo, que transcrito literalmente es del tenor siguiente:-

TRANSCRIPCIÓN - PODER ESPECIAL.-

SELLO – REPUBLICA DE PANAMA – NOTARIA SEGUNDA DEL CIRCUITO.- - SELLO – REPUBLICA DE PANAMÁ – DEPARTAMENTO DE AUTENTICACIÓN Y LEGALIZACIÓN – DAL - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- - Papel sellado – REPUBLICA DE PANAMA – TIMBRE NACIONAL.- - PODER ESPECIAL – JALASOFT, INC. A CARLOS CORREA.- - En la Ciudad de Panamá, a los veintinueve (29) días del mes de abril de dos mil once (2011), RAUL VEGA BONILLA, varón, panameño, mayor de edad, casado, vecino de esta ciudad y portador de la cédula de identidad personal número ocho-doscientos veintinueve-cuarenta y dos (8-229-42), actuando en nombre y representación de la sociedad anónima denominada JALASOFT, INC. y quien se encuentra debidamente facultado para este acto según consta en el Acta de la Reunión de la Junta Directiva de la sociedad celebrada el día veintinueve (29) días del mes de abril de dos mil once (2011), que más adelante se inserta, sociedad debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Mercantil, a la Ficha cinco tres cuatro nueve cinco seis (534956)., Documento nueve nueve cuatro ocho cuatro seis (994846), desde el diez (10) del mes de agosto del año dos mil seis (2006), persona a quien conozco y me pidió que extendiera, como en efecto así lo hago, la presente Escritura Pública, para hacer constar que por este medio otorga este Poder Notariado Especial, amplio, bastante y suficiente a favor del señor CARLOS CORREA, varón, mayor de edad, ciudadano de los Estados Unidos de América, residente legal de Bolivia, titular de la cédula de identidad No. 321752, representante legal de la cuotas de capital que tiene JALASOFT INC. en la Empresa JALASOFT SRL legalmente constituida en la República de Bolivia, Poder amplio bastante y suficiente a favor del señor CARLOS CORREA, (1) para que pueda actuar en representación de la sociedad JALASOFT INC. con voz y voto en la empresa JALASOFT SRL conforme al porcentaje de cuotas de capital que tiene la otorgante, (2) para tomar determinaciones que hagan al giro comercial o a los derechos que tiene tales como solicitar pago de acreencias que tengan JALASOFT SRL para con JALASOFT INC. y todo lo que haga al buen funcionamiento de la empresa JALASOFT SRL, manejar, administrar y llevar adelante los asuntos o negocios conforme a los derechos y acciones que tiene la sociedad JALASOFT INC. de Panamá en la sociedad JALASOFT SRL de Bolivia, (3) para suscribir toda clase de contratos, minutas y escrituras publicas, propuestas, ofertas, solicitudes y demás documentos que resulten del ejercicio de las acciones y derechos que tiene JALASOFT INC. en la empresa boliviana JALASOFT SRL, (4) más Poder, para firmar contratos minutas, reconocimientos, protocolos, actas, libros de registros y todo cuanto viabilice al giro comercial de JALASOFT SRL, solicitar certificaciones, fotocopias legalizadas, simples y cuanto documento se requiera para el buen ejercicio del presente Poder, (5) más Poder especial, para aprobar, autorizar y firmar documentos para realizar los aumentos de las inversiones de capital, cuotas de participación o capital las veces que sean requeridos o necesarios realizar en Bolivia en la empresa JALASOFT SRL por cuenta de JALASOFT INC., hasta los montos requeridos o demandados, sin necesidad de extender y/u otorgar otros poderes especiales, quedando también el apoderado con poder bastante y suficiente para realizar donaciones por los montos y en los términos y condiciones que considere apropiado, quedando entendido que el presente poder no revoca cualquier otro previamente otorgado.-

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, yo firmo el presente documento, a los veintinueve (29) días de abril de dos mil once (2011).- - Fdo. Ilegible – JALASOFT, INC. – Raúl Vega Bonilla – Cédula No. 8-229-42 – Presidente.

SELLO – Yo, Licda. Tania Chen Guillén, Notaria Publica Segunda del Circuito de Panamá, con cédula No. 4-244-653, CERTIFICO Que dada la certeza de la identidad del (los) sujeto (s) que firmo (firmaron) el presente documento, su (s) firma (s) es (son) autentica (s). – Panamá, 29 ABR 2011 – Fdo. Ilegible – Testigo – Fdo. Ilegible – Testigo.- - Fdo. Ilegible – Licda. TANIA SUSANA CHEN GUILLÉN – Notaria Pública Segunda.- - 77 a.- - SELLO – REPUBLICA DE PANAMA – NOTARIA SEGUNDA DEL CIRCUITO.- - SELLO – REPUBLICA DE PANAMÁ – DEPARTAMENTO DE AUTENTICACION Y LEGALIZACION - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- El infrascrito funcionario de Legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores debidamente autorizado para este acto – CERTIFICA: Que la firma que antecede y que dice TANIA SUSANA CHEN G. Es autentica del funcionario que el día 29 De ABRIL año 2011 ejercía el cargo de NOTARIA PUBLICA SEGUNDA DEL CIRCUITO DE PANAMA – Panamá, 19 de MAYO año 2011 – 371142 Autenticación Nº 77-A E-O.- - Firma del funcionario – Fdo. Ilegible – sello – Dorinda del Carmen Cortizo de Zanetti – SUB-JEFA DE AUTENTICACIÓN Y LEGALIZACIÓN - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- - Este Ministerio no asume responsabilidad en cuanto al contenido del documento.-

SELLO – CONSULADO DE BOLIVIA – PANAMA.- - CONSULADO DE BOLIVIA EN PANAMÁ – El suscrito Cónsul de Bolivia en Panamá JULIO ANTELO SALMÓN CERTIFICA QUE LA FIRMA Y SELLO QUE ANTECEDE DE: DORINDA DEL CARMEN CORTIZO DE ZANETTI – Que en este documento aparecen como suyos, según consta en nuestros registros son los que usa y acostumbra en sus actos oficiales, y que el día 19 de MAYO de 2011 ejercía el cargo de SUB-JEFA DE AUTENTICACION en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El Cónsul no asume ninguna responsabilidad por el contenido de este documento.- - Derechos US$ 85.00 Tasa 02.01.C – Panamá, 25 de MAYO de 2011.- - Fdo. Ilegible – Julio Antelo Salmón – Cónsul.- - Lleva timbres de 25 y 10 dólares Nos. 036044 – 036045 – 036046 - 045176, debidamente anulados por sello - CONSULADO DE BOLIVIA – PANAMA.- - Autenticación No. 6046/2011.-

LEGALIZACIÓN.- - SELLO - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES – BOLIVIA.- - SELLO - EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES – VICEMINISTERIO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y CONSULAR – DIRECCIÓN GRAL. DE COORDINACION INSTITUCONAL Y LEGALIZACIONES – CERTIFICA que la firma de: JULIO ANTELO SALMON guarda similitud con la que cursa en nuestro registro – SE LEGALIZA LA FIRMA NO ASÍ EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO - Cochabamba, 20 JUN 2011.- - Fdo. Ilegible – sello – Nely Pinto Melgarejo – JEFE DE UNIDAD DE COORDINACIÓN Y MONITOREO – DIRECCIÓN REGIONAL COCHABAMBA – Ministerio de Relaciones Exteriores.-

PROSIGUE.- Es copia exacta del original de referencia, que con el Nº 219/2011, queda incorporado y archivado en el legajo de Minutas y Protocolos del presente año.- ACEPTACIÓN.- Nuevamente presente el interesado de las generales antes mencionadas, manifestó su voluntad de aceptar en todas sus partes la presente protocolización del Poder Especial, otorgado en Panamá, que confiere el señor Raúl Vega Bonilla en representación de la Sociedad Anónima JALASOFT, INC., y otras estipulaciones que constan en la misma transcrita conforme a ley.-

CONCLUSIÓN.- En testimonio de que así dijo por ser fiel expresión de la verdad, se ratifica y firma con los testigos instrumentales: Jaqueline Quinteros Quiroga, con C.I. No. 3526002 Or. y Ruddy Marcelo Castro Vargas, con C.I. No. 5286579-Cbba., mayores de edad, vecinos de esta, hábiles por Ley y capaces al efecto; de todo lo que DOY FE.- Fdo. Ilegible - CARLOS CORREA - C.I. de extranjero No. 321752 La Paz.- Fdo. Ilegible - Testigo.- Jaqueline Quinteros Quiroga.- C.I. Nº 3526002 Or.- Fdo. Ilegible.- Testigo.- Ruddy Marcelo Castro Vargas.- C.I. Nº 5286579 Cbba.- Ante mí Fdo. Ilegible.- Marlene Campos de Aguilar.- Abogado.- Notario de Primera Clase Nº 27.- Lleva timbre de ley anulado por el sello notarial.- Es franqueado en el mismo lugar y fecha de su otorgamiento.-

PASO ANTE MÍ, AUTORIZO, SIGNO Y FIRMO; DOY FE.- Fdo. Ilegible – sello – Marlene Campos de Aguilar – NOTARIA DE FE PÚBLICA de 1ra. CLASE Nº 27 – Cochabamba – Bolivia.- Lleva timbre de ley debidamente inutilizado por sello notarial – MARLENE CAMPOS DE AGUILAR – ABOGADA – NOTARIA DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE – Nº 27 – Cochabamba – Bolivia.-

LEGALIZACION.- Las presentes fotocopias legalizadas cursantes a fs. 2 son fiel reproducción del original, las mismas que se encuentran en los archivos de esta Notaria Nº 27 a mi cargo y quedan debidamente legalizadas para fines consiguientes de Ley. De todo lo que Doy Fe.- Cochabamba, 25 de Agosto de 2011.- Fdo. Ilegible – sello – Marlene Campos de Aguilar – NOTARIA DE FE PÚBLICA de 1ra. CLASE Nº 27 – Cochabamba – Bolivia.- Lleva timbre de ley debidamente inutilizado por sello notarial – MARLENE CAMPOS DE AGUILAR – ABOGADA – NOTARIA DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE – Nº 27 – Cochabamba –Bolivia.-

PROSIGUE.- Es copia exacta del original de referencia, que con el Nº 276/2011, queda incorporado y archivado en el legajo de Minutas y Protocolos del presente año.- ACEPTACIÓN.- Nuevamente presentes los interesados de las generales antes mencionadas, manifestaron su voluntad de aceptar en todas sus partes la presente escritura pública de INCREMENTO DE CAPITAL SOCIAL Y CAMBIO DE DIRECCIÓN DEL DOMICILIO, y otras estipulaciones que constan en la minuta transcrita conforme a ley.- CONCLUSIÓN.- En testimonio de que así dijeron por ser fiel expresión de la verdad, se ratifican y firman con los testigos instrumentales: Jaqueline Quinteros Quiroga, con C.I. No. 3526002 Or., y Giovanna Quinteros Quiroga, con C.I. No. 4797657 LP., mayores de edad, vecinos de esta, hábiles por Ley y capaces al efecto; de todo lo que DOY FE.- Fdo. Ilegible - JORGE BRUNO LÓPEZ LAFUENTE - C.I. No. 3120030 Cbba.- Fdo. Ilegible - CARLOS CORREA - C.I. Ext. No. 321752 LP.- Fdo. Ilegible.- Testigo.- Jaqueline Quinteros Quiroga, con C.I. No. 3526002 Or.- Fdo. Ilegible.- Testigo.- Giovanna Quinteros Quiroga - C.I. No. 4797657 LP.- Ante mí Fdo. Ilegible.- Marlene Campos de Aguilar.- Abogado.- Notario de Primera Clase Nº 27.- Lleva timbre de ley anulado por el sello notarial.-

PASO ANTE MÍ, AUTORIZO, SIGNO Y FIRMO; DOY FE.

Fuente: LA PATRIA
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