CORRESPONDE TESTIMONIO NUMERO: SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES No. 753/2011
20 ago 2011
Fuente: LA PATRIA
ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFERENCIA E INCREMENTO DE CUOTAS DE CAPITAL SOCIAL, RETIRO DE SOCIOS E INGRESO DE NUEVOS SOCIOS DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “DESTAQUE S.R.L.”, SUSCRITO ENTRE LOS SEÑORES: PARMENIA SORUCO GANDARILLAS; ROGER GERMAN SILES SORUCO; JOAQUÍN POL SALINAS;- JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA.-
En esta ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia a horas quince con cero cero minutos del día de hoy diez de agosto del año dos mil once, ante mí: ANGEL RODRIGUEZ SALAZAR, ABOGADO, NOTARIO DE FE PUBLICA DE PRIMERA CLASE NUMERO VEINTE, de este Distrito Judicial, con residencia fija en la Capital y testigos que al final se nombran y suscriben comparecen en esta oficina a mi cargo los señores: PARMENIA SORUCO GANDARILLAS, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 937447 Exp. Cbba., de profesión Lic. Idiomas, con domicilio en la calle Grover Suárez Nº 141 en la zona del Hipódromo de esta ciudad; ROGER GERMÁN SILES SORUCO, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 3616648 Exp. Cbba., estado civil soltero, de profesión Auditor, con domicilio en la calle General Achá No. 670 de esta ciudad; JOAQUÍN POL SALINAS, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 992170 Exp. Cbba., de profesión Arquitecto con domicilio en Calle Esteban Arce Nº 551, zona Central de esta ciudad; - JOAQUIN RODRIGO POL ADRIAZOLA, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 5936629 Exp. Cbba, con domicilio en calle 14 de Septiembre zona de Tiquipaya, de esta ciudad. socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “DESTAQUE S.R.L.”, a quienes de identificar en oficina doy fe y para que eleve a instrumento público e inserte en los registros de escrituras públicas que corren a mi cargo me han presentado una minuta de TRANSFERENCIA E INCREMENTO DE CUOTAS DE CAPITAL SOCIAL, RETIRO DE SOCIOS E INGRESO DE NUEVOS SOCIOS, ADJUNTO DE UN ACTA, cuyo tenor literalmente transcrito es como sigue.--MINUTA.- SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.- Entre los registros de Escrituras Públicas que corren a su cargo sírvase insertar una de transferencia e incremento de cuotas de capital social, retiro de socios e ingreso de nuevos socios Joaquín Pol Salinas y Joaquín Rodrigo Pol Adriázola, de la Sociedad de Responsabilidad Limitada que gira bajo la razón social de "DESTAQUE S.R.L.", que se suscribe al tenor de las siguientes cláusulas.-- PRIMERA.- (PARTES INTERVINIENTES).- Dirá Usted Sr. Notario que son partes intervinientes:
1.1. PARMENIA SORUCO GANDARILLAS, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 937447 Exp. Cbba., de profesión Lic. Idiomas, con domicilio en la calle Grover Suárez N° 141 en la zona del Hipódromo de esta ciudad.-
1.2. ROGER GERMAN SILES SORUCO, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 3616648 Exp. Cbba., estado civil soltero, de profesión Auditor, con domicilio en la calle General Achá No. 670 de esta ciudad.-
1.3. JOAQUIN POL SALINAS, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 992170 Exp. Cbba., de profesión Arquitecto con domicilio en Calle Esteban Arce N° 551, zona Central de esta ciudad.-
1.4. JOAQUIN RODRIGO POL ADRIAZOLA, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 5936629 Exp. Cbba, con domicilio en calle 14 de Septiembre zona de Tiquipaya, de esta ciudad.-
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES).- 2.1. Dirá Usted Sr. Notario que por Escritura Pública No. 779/2006, de fecha 17 de Abril del año 2006, autorizado ante el Notario de Fe Pública No. 35 del Dr. Hugo Melgar Álvarez, se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada que gira bajo la razón social de "DESTAQUE S.R.L.", con un capital social de Bs. 80.000.- (Ochenta Mil 00/100 BOLIVIANOS), equivalente a 80 cuotas de capital, de acuerdo al siguiente detalle:
SOCIOS CAPITAL CUOTAS PORCENTAJE
1. Parmenia Soruco Bs. 76.000.- 76.- 95%
2. Roger Siles Soruco Bs. 4.000.- 4.- 5%
TOTAL Bs. 80.000.- 80.- 100%
TERCERA.- (TRANSFERENCIA DE CUOTAS DE CAPITAL; RETIRO DE SOCIOS, E INGRESO DE NUEVOS SOCIOS).- 3.1. Por Asamblea Extraordinaria de Socios de fecha 11 de Marzo del 2011, los socios de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.", Sres. PARMENIA SORUCO GANDARILLAS y ROGER GERMAN SILES SORUCO, manifestaron su intención de retirarse de la sociedad y acuerdan vender la totalidad de sus cuotas de capital equivalente al 100% (CIEN POR CIENTO) mediante carta Notariada dando cumplimento a lo establecido en la cláusula décima de la Escritura de Constitución de la Sociedad. En dicha Asamblea se autorizó la venta de cuotas de capital social a terceros interesados toda vez de que en plazo establecido de 15 días los socios no manifestaron su intención de adquirir las mismas, por lo que se procedió de la siguiente manera:--- PARMENIA SORUCO GANDARILLAS transfiere a favor de JOAQUÍN POL SALINAS 76.- cuotas de capital (Setenta y Seis Cuotas de Capital), por un valor nominal de Bs. 76.000.- (Setenta y Seis Mil 00/100 Bolivianos) equivalente al 95% (Noventa y Cinco por ciento); ROGER GERMÁN SILES SORUCO, transfiere a favor de JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA 4.- cuotas de capital (Cuatro Cuotas de Capital), por un valor nominal de Bs. 4.000.- (Cuatro Mil 00/100 Bolivianos) equivalente al 5% (Cinco por ciento); quedando la nueva distribución de Capital Social de la Empresa "DESTAQUE S.R.L." de la siguiente manera:
SOCIOS CAPITAL CUOTAS PORCENTAJE
1. –Joaquín Pol Salinas Bs. 76.000.- 76.- 95%
2. –Joaquín Rodrigo Pol Adriázola Bs. 4.000.- 4.- 5%
3. TOTAL Bs. 80.000.- 80.- 100%
3.2. Asimismo por Asamblea Extraordinaria de Socios de fecha 11 de marzo del 2011, los socios de la Empresa "DESTAQUE S.R.L." Sres. PARMENIA SORUCO GANDARILLAS y ROGER GERMÁN SILES SORUCO, proceden a retirarse de la sociedad como consecuencia de la transferencia declarando y reconociendo en forma expresa que no tienen cuentas pendientes ni deudas ni acreencias con la Empresa "DESTAQUE S.R.L." y aceptan el ingreso de los nuevos socios los Sres. JOAQUÍN POL SALINAS y JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA, aclarando que si algún derecho existiese renuncian en favor de los estos en la proporción que a cada uno le corresponde.- 3.4. Por su parte, JOAQUÍN POL SALINAS y JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA, aceptan las transferencias de cuotas de capital y consiguientemente se establece que el Sr. JOAQUÍN POL SALINAS ingresa y se constituye como socio MAYORITARIO de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.", declarando conocer el procedimiento que rige en cuanto al funcionamiento de la Empresa.--- CUARTA.- (MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN).- 4.1.- Que, el nuevo socio mayoritario JOAQUÍN POL SALINAS al ingresar a la Empresa de su libre y espontánea voluntad aporta en calidad de cuota de capital un bien mueble de su propiedad consistente en un vehículo cuyas características son: marca Mazda, tipo B 2200, de cilindrada 2.184, color negro, motor F2139801, número de chasis JM2UF113160853294, modelo 1990; para uso exclusivo de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.". En tal virtud y conforme al aporte efectuado, el capital total de la Empresa se incrementa a la suma de Bs. 101.000.- (Ciento un mil 00/100), por lo tanto la Escritura de Constitución en cuanto a cuotas de capital es modificada de la siguiente manera:
NOMBRE CAPITAL CUOTAS PORCENTAJE
A Joaquín Pol Salinas Bs. 97.000.- 97.- 96,04%
A Joaquín Rodrigo Pol Adriázola. Bs. 4.000.- 4.- 3.96%
TOTAL Bs. 101.000.- 101.- 100%
4.2.- Asimismo, por asamblea Extraordinaria de Socios se resolvió modificar la Escritura de Constitución en su cláusula Décima Tercera referida a la Administración de la Sociedad debiendo constar de la siguiente manera:-- Clausula Décima Tercera.- (DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD).- Por decisión unánime de los socios, se designa y/o nombra como Gerente General y Representante legal de la Sociedad al Arq. JOAQUÍN POL SALINAS, boliviano, mayor de edad, hábil por derecho, Arquitecto, con célula de identidad N° 992170 Cbba., a quien se le otorga todas las facultades enunciativas y no limitativas siguientes:
1. - Designar al gerente administrativo de la Sociedad, otorgándole mandato especial con facultades específicas, debiendo comunicar esta designación y posteriores designaciones de otros con cargos de representación, asimismo deberá comunicar su remoción en un plazo no mayor a diez días.-
2. - Representar a la sociedad ante toda autoridad, administrativa y/o judicial, personas naturales jurídicas, entidades públicas o privadas, administrar la sociedad, su actividad y sus negocios, nombrar, remover y destituir el personal.-
3. - Presentarse a las licitaciones debidas, adquirir el pliego de Especificaciones cuando haya convocatoria por entidades públicas o privadas dentro del territorio nacional, presentar propuestas y la documentación pertinente a fin de cumplir con los requisitos exigidos para la adjudicación y/o firma del(os) contrato(s).-
4. - Gestionar líneas de crédito y préstamos bancarios para la obtención Boletas de Garantía Bancaria cuando el caso amerite y que sean de exigencia de los actos de licitación de las obras, construcción y otras, obtener Pólizas de Seguro de otro tipo, presentar planillas de avance de obra, recepcionar dineros, anticipos, desembolsos para la ejecución de obra en efectivo o cheque, cobrar letras de cambio y todo otro título valor de entidades bancarias, realizar operaciones bancarias, efectuar depósitos de dinero u otro documento mercantil, aceptar cheques endosarlos en su caso, apertura de cuentas corrientes y/o caja de ahorro, solicitar créditos.-
5. - Presentar todo tipo de solicitudes, memoriales, peticiones, reclamos, observaciones y recursos que tengan que ver respecto a las normas de licitación, administración y servicios que se requieran obrando en defensa de los interesados de la sociedad.-
6. - Firmar comprobantes con el personal con quienes mantendrá relación de sociedad, así mismo podrá apersonarse, con voz y voto, ante Autoridades judiciales, policiales, políticas, bancarias y otras administrativas en general sean públicas o privadas del territorio nacional plantear y contestar demandas, proseguir las iniciadas, interponer recursos.-
7. - Designar abogados, apoderados, representantes, procuradores, delegados, consignatarios y otros dentro y fuera del país, otorgar poderes para gestiones especiales.-
8. - Presentar declaraciones juradas, boletas de pago, habilitación de notas fiscales, podrán de contribuyentes, suscribir todo tipo de contratos (de adjudicación, de obra, de empleos y otros).-
9. - Formar, integrar, disolver consorcios, sociedad(es) o asociaciones accidentales sean anónimas o de responsabilidad limitada.-
10. - Solicitar y obtener fianzas o pólizas de caución en una Compañía de Seguros autorizada pudiendo al efecto con plenas e irrestrictas atribuciones y facultades negociar, aceptar, convenir y estipular montos, condiciones, plazos, formas de pago así como otorgar las garantías necesarias como respaldo de las obligaciones contraídas sean estas garantías personales, prendarias, hipotecarias o reales comprometiendo los bienes muebles e inmuebles de la sociedad, o de otra clase, aceptando y suscribiendo los demás términos, condiciones y modalidades inherentes a dicha operación, que sin ninguna restricción podrá convenir, aceptar, celebrar y suscribir los contratos sean estos públicos y privados, pudiendo firmar minutas, protocolos, instrumentos públicos , privados y demás documentos correspondientes y derivados de la Fianza o Póliza de Caución.-
11. – Se le autoriza a recoger la Tarjeta Galileo.-
QUINTA.- (RATIFICACIÓN).- Los actuales socios P. ARMENIA SORUCO GANDARILLAS y ROGER GERMÁN SILES SORUCO de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.", ratifican el tenor de las cláusulas establecidas en la Escritura Pública de Constitución de Sociedad, de Modificación; de Aumento de Capital Social y de Transferencia de Cuotas de Capital e Ingreso de Nuevos socios.-- SEXTA.- (ACEPTACIÓN).- Las partes intervinientes P. ARMENIA SORUCO GANDARILLAS, ROGER GERMÁN SILES SORUCO, JOAQUÍN POL SALINAS y JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA , en señal de conformidad con todas y cada una de las Cláusulas del presente documento, suscribimos al pie del mismo, sin que medie presión, dolo o cualquier vicio del consentimiento, Usted, Señor Notario se servirá agregar las demás Cláusulas de estilo y seguridad. Cochabamba, 14 de marzo del 2011.- Sello y firma Sandra Garnica Gutiérrez Abogado.-- Fdo. Ilegible PARMENIA SORUCO GANDARILLAS.-- Fdo ilegible. ROGER GERMÁN SILES SORUCO.-- Fdo ilegible.- JOAQUIN POL SALINAS.-- Fdo ilegible.- JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA.--- TRANSCRIPCION DEL ACTA.- ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIO No. 01/2011 EMPRESA "DESTAQUE S.R.L." En la ciudad de Cochabamba, a los 11 días del mes de marzo de 2011, a horas 9:00 a.m., en el domicilio legal de la sociedad, siendo el día y hora señalados para la celebración de la Asamblea Extraordinaria de socios de la sociedad "DESTAQUE S.R.L.", se reunieron los socios Sres.: PARMENIA SORUCO GANDARILLAS, titular del 95% de cuotas de capital. ROGER GERMAN SILES SORUCO, titular del 5% de cuotas de capital. A fin de tratar el siguiente orden del día:
Punto Uno.- Verificación del Quórum reglamentario.-
Punto Dos.- Transferencia de cuotas de capital.-
Punto Tres.- Ingreso y retiro de socios.-
Punto Cuatro.- Modificación de la Escritura de Constitución de la Empresa.-
Punto Cinco.- Nombramiento y Otorgamiento de nuevo poder.-
Punto Seis.- Aprobación de transferencia de cuotas de capital, retiro de socios e ingreso de nuevo socio.-
PUNTO UNO.- Instalada la sesión, la presidenta Parmenia Soruco Gandarillas procedió a llamar lista de los socios presentes, verificando el quórum reglamentario del 100% del capital social.
PUNTO DOS.- Acto seguido la presidenta, explico a la Asamblea que se habrían realizado todos los pasos legales para la venta de cuotas de capital social de los Sres. Parmenia Soruco Gandarillas y Roger Germán Siles Soruco y se dejó expresa constancia que ninguno de los socios manifestó interés en adquirir las cuotas de capital social antes mencionadas, habiéndose cumplido con todos los requisitos señalados por ley, declarando expresamente que los socios han declinado su derecho preferente de adquisición de las cuotas de capital. PUNTO TRES.- Con el uso de la palabra la socia y/o presidenta Parmenia Soruco Gandarillas manifestó que al haber sido aceptada su solicitud de transferencia de cuotas de capital y al no haber ninguno de los socios manifestado su intención de adquirir las mismas estos serían transferidos al Sr. Joaquín Pol Salinas por la suma de Bs. 76.000.- equivalentes al 95% del capital social, quien a partir de este momento se constituye en el nuevo socio mayoritario de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.". Posteriormente, por su parte el socio Roger Germán Siles Soruco expresó que por razones de fuerza mayor se ve imposibilitado de seguir como socio de la Empresa y al haber sido aceptada su solicitud de transferir sus cuotas de capital social y al no haber ningún socio manifestado su intención de adquirir las mismas estos serían transferidas al Sr. Joaquín Rodrigo Pol Adriázola por la suma de Bs. 4.000.- equivalentes al 5% del capital social quien a partir de este momento es socio de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.", por lo que el capital social queda de la siguiente manera:
NOMBRE CAPITAL CUOTAS PORCENTAJE
A Joaquín Pol Salinas Bs. 76.000.- 76.- 95%
A Joaquín Rodrigo Pol Adriázola Bs. 4.000.- 4.- 5%
TOTAL Bs. 80.000.- 80.- 100%
PUNTO CUATRO.- Seguidamente el nuevo socio mayoritario JOAQUIN POL SALINAS al ingresar a la Empresa expresa de voluntariamente con la finalidad de incrementar el capital aporta en calidad de cuota de capital un bien mueble de su propiedad consistente en un vehículo cuyas características son: marca Mazda, tipo B- 2200, cilindrada 2.184, color negro, motor F2139801, número de chasis JM2UF113160853294, modelo 1990; para uso exclusivo de la Empresa "DESTAQUE S.R.L.", por lo que el capital total de la Empresa se incrementa a la suma de Bs. 101.000.- (Ciento Un Mil Bolivianos 00/100), por lo tanto la Escritura de Constitución en cuanto a cuotas de capital es modificada de la siguiente manera:
NOMBRE CAPITAL CUOTAS PORCENTAJE
A Joaquín Pol Salinas Bs. 97.000.- 97.- 96,04%
A Joaquín Rodrigo Pol Adriázola Bs. 4.000.- 4.- 3.96%
TOTAL Bs. 101.000.- 101.- 100%
Posteriormente los socios resuelven por unanimidad la modificación de la Escritura de Constitución en su cláusula decima tercera a la Administración de la Sociedad debiendo constar de la siguiente manera:-- Cláusula Décima Tercera.- (DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD).- Por decisión unánime de los socios, se designa y/o nombra como Gerente General y Representante legal de la Sociedad al Arq. JOAQUIN POL SALINAS, boliviano, mayor de edad, hábil por derecho, Arquitecto, con célula de identidad N° 992170 Cbba., a quien se le otorga todas las facultades enunciativas y no limitativas siguientes:
1. - Designar al gerente administrativo de la Sociedad, otorgándole mandato especial con facultades específicas, debiendo comunicar esta designación y posteriores designaciones de otros con cargos de representación, asimismo deberá comunicar su remoción en un plazo no mayor a diez días.-
2. - Representar a la sociedad ante toda autoridad, administrativa y/o judicial, personas naturales jurídicas, entidades públicas o privadas, administrar la sociedad, su actividad y sus negocios, nombrar, remover y destituir el personal.-
3. - Presentarse a las licitaciones debidas, adquirir el pliego de Especificaciones cuando haya convocatoria por entidades públicas o privadas dentro del territorio nacional, presentar propuestas y la documentación pertinente a fin de cumplir con los requisitos exigidos para la adjudicación y/o firma del (os) contrato(s).-
4. - Gestionar líneas de crédito y préstamos bancarios para la obtención Boletas de Garantía Bancaria cuando el caso amerite y que sean de exigencia de los actos de licitación de las obras, construcción y otras, obtener Pólizas de Seguro de otro tipo, presentar planillas de avance de obra, recepcionar dineros, anticipos, desembolsos para la ejecución de obra en efectivo o cheque, cobrar letras de cambio y todo otro título valor de entidades bancarias, realizar operaciones bancarias, efectuar depósitos de dinero u otro documento mercantil, aceptar cheques endosarlos en su caso, apertura de cuentas corrientes y/o caja de ahorro, solicitar créditos.-
5. - Presentar todo tipo de solicitudes, memoriales, peticiones, reclamos, observaciones y recursos que tengan que ver respecto a las normas de licitación, administración y servicios que se requieran obrando en defensa de los interesados de la sociedad.-
6. - Firmar comprobantes con el personal con quienes mantendrá relación de sociedad, así mismo podrá apersonarse, con voz y voto, ante Autoridades judiciales, policiales, políticas, bancarias y otras administrativas en general sean públicas o privadas del territorio nacional plantear y contestar demandas, proseguir las iniciadas, interponer recursos.-
7. - Designar abogados, apoderados, representantes, procuradores, delegados, consignatarios y otros dentro y fuera del país, otorgar poderes para gestiones especiales.-
8. - Presentar declaraciones juradas, boletas de pago, habilitación de notas fiscales, podrán de contribuyentes, suscribir todo tipo de contratos (de adjudicación, de obra, de empleos y otros).-
9. - Formar, integrar, disolver consorcios, sociedad(es) o asociaciones accidentales sean anónimas o de responsabilidad limitada.-
10. - Solicitar y obtener fianzas o pólizas de caución en una Compañía de Seguros autorizada pudiendo al efecto con plenas e irrestrictas atribuciones y facultades negociar, aceptar, convenir y estipular montos, condiciones, plazos, formas de pago así como otorgar las garantías necesarias como respaldo de las obligaciones contraídas sean estas garantías personales, prendarias, hipotecarias o reales comprometiendo los bienes muebles e inmuebles de la sociedad, o de otra clase, aceptando y suscribiendo los demás términos, condiciones y modalidades inherentes a dicha operación, que sin ninguna restricción podrá convenir, aceptar, celebrar y suscribir los contratos sean estos públicos y privados, pudiendo firmar minutas, protocolos, instrumentos públicos, privados y demás documentos correspondientes y derivados de la Fianza o Póliza de Caución.-
11. - Se le autoriza a recoger la Tarjeta Galileo.-
PUNTO QUINTO.- Acto seguido se considera y por decisión unánime de los socios se designa y/o nombra como nuevo Gerente General y Representante Legal de la Sociedad al Arq. JOAQUIN POL SALINAS a quien se le otorga amplias facultades resolutivas y representativas a nombre de la Empresa "DESTAQUE S.R.L".-- PUNTO SEIS.- Puesta en consideración esta moción, fue aprobada por unanimidad la transferencia, el retiro de los socios y el ingreso de los nuevos socios Sres. JOAQUÍN POL SALINAS, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 992170 Exp. Cbba., de profesión Arquitecto con domicilio en Calle Esteban Arce N° 551, zona Central de esta ciudad y el Sr. JOAQUIN RODRIGO POL ADRIAZOLA, mayor de edad, hábil por ley, titular de la Cédula de Identidad No. 5936629 Exp. Cbba, con domicilio en calle 14 de Septiembre zona de Tiquipaya, de esta ciudad. Agotado el orden del día, se declaro un cuarto intermedio para la redacción de la presente acta. Reanudada la misma de aprobó el tenor y se procedió a la firma de la misma, a horas 11:00 a.m.-- Fdo Ilegible.- PARMENIA SORUCO GANDARILLAS.-- Fdo ilegible.- ROGER GERMÁN SILES SORUCO.-- Fdo. ilegible.- JOAQUÍN POL SALINAS JOAQUIN RODRIGO POL ADRIAZOLA.--- CONCLUSIÓN.- Es copia fiel y exacta del original de su referencia que bajo el número:- 753/2011, queda archivada en el respectivo legajo de minutas y documentos. En testimonio de que así dijeron, lo otorgan y ratifican firman en presencia de los testigos instrumentales: Juan Carlos Aguilera Numbela con cédula de identidad número, dos, nueve, uno, cero, dos, ocho (5291028) Cochabamba, y Steven Peter Gallardo Vargas con cedula de identidad número seis cinco cinco tres tres siete y dos (6553372) expedido en Cochabamba, mayores de edad, vecinos de edad, hábiles por derecho doy fe.-- Fdo Ilegible.- PARMENIA SORUCO GANDARILLAS, C.I. No. 937447 Exp. Cbba.-- Fdo ilegible.- ROGER GERMÁN SILES SORUCO, C.I. No. 3616648 Exp. Cbba.-- Fdo ilegible.- JOAQUÍN POL SALINAS, C.I. No. 992170 Exp. Cbba.-- Fdo ilegible.- JOAQUÍN RODRIGO POL ADRIAZOLA, C.I. No. 5936629 Exp. Cbba.-- Fdo Ilegible.- Juan Carlos Aguilera Numbela Y Steven Peter Gallardo Vargas Testigos instrumentales.-- Fdo. Ante mí, Ángel Rodríguez Salazar, Abogado Notario de Fe Pública de Primera Clase Número Veinte.- Franqueado en fecha veintisiete de junio del año dos mil once.--
PASO ANTE MÍ, AUTORIZO, SIGNO Y FIRMO, DOY FE.
Fuente: LA PATRIA
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