Sábado 20 de agosto de 2011
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Bolivia - Nacional
En espectáculos públicos
SIN modificó procedimiento tributario para artistas nacionales
20 ago 2011
Fuente: La Paz, 19 (ANF).-
El Servicio Nacional de Impuesto Internos (SIN), emitió la Resolución Normativa de Directorio RND 2011 RND10-0022-11 complementando el “Procedimiento Tributario para Espectáculos Públicos”, específicamente modificado para que los artistas nacionales sean eximidos de presentar la Boleta de Garantía, al igual que los espectáculos públicos organizados y ejecutados por instituciones públicas.
El inciso e) del Artículo 5, Procedimiento de Autorización para Espectáculos Públicos Eventuales, exigía la presentación “Original de la Boleta de Garantía Bancaria a primer requerimiento, endosada a nombre de la Gerencia Distrital o Gerencia Graco, donde se realizará el trámite de dosificación de facturas, por un monto equivalente al 35% del valor total de las facturas o notas fiscales a ser autorizadas, con fecha de vencimiento o ejecución de noventa (90) días posteriores a la conclusión del último Espectáculo Público Eventual autorizado”.
Sin embargo, un reclamo de varias organizaciones de artistas y conjuntos nacionales, realizaron un reclamo ante las autoridades del área que devino en la recientemente aprobada Resolución de Directorio RND 2011 RND10-0022-11.
La nueva disposición establece: “Los artistas bolivianos comprendidos en el alcance de la Ley Nº 2206 de 30 de mayo de 2001, que cuenten con la acreditación de su organización o entidad en la que se hallen registrados, no se encuentran alcanzados ni obligados a la presentación de la Boleta de Garantía Bancaria a primer requerimiento a que se refiere el inciso e) de este Parágrafo. De igual manera los espectáculos organizados y ejecutados por instituciones públicas, no tienen la obligación de presentar la mencionada Boleta a primer requerimiento”.
Fuente: La Paz, 19 (ANF).-