Lunes 15 de agosto de 2011
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De acuerdo a determinaciones de Ley hay imposiciones tributarias que en nuestro medio se constituyen en diversos impuestos, aún no definidos como debería ser, para universalizar la obligación de acuerdo a ciertas condiciones que tienen que ver con la situación real del contribuyente.
No es ninguna novedad señalar que se mantiene una millonaria evasión impositiva en un gigante comercio informal, pero que opera con enormes capitales y que –como para disimular– tributa en un absurdo “régimen simplificado” que evidentemente simplifica la obligación de comerciantes que tendrán que estar necesariamente incluidos en el régimen de los grandes contribuyentes.
Tampoco hay exageración al señalar que hay un sector de industria y comercio legalmente constituido que tributa sagradamente y que si no lo hace paga las consecuencias con multas e intereses y tiempo perentorio, mientras que los grandes evasores pagan un mínimo impuesto al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y contribuyen con un denominado “sentaje” al municipio y no tiene mayores obligaciones.
El comercio legalmente registrado pasa por una serie de problemas debiendo responder a obligaciones fijas como alquileres, salarios, luz, teléfono y por supuesto los impuestos. Si por alguna causa omite la facturación en cierta transacción está en manos del SIN y lo primero que se le viene encima es la clausura del negocio por determinado tiempo y el pago de una sanción. ¿Cuánto fue el monto evadido? Generalmente mínimos porcentajes por ventas menores en negocios tales como farmacias, bazares, alguna salteñería o cierta librería, mientras en el entorno de las ferias de mercados, dos veces por semana se vende productos de alto costo y sin pagar ni siquiera un bajo impuesto.
Fuente: LA PATRIA