APLP: La Ley de Telecomunicaciones viola la Constitución y Convenios Internacionales
30 jul 2011
Fuente: La Paz, 29 (ANF).-
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La Asociación de Periodistas de La Paz, APLP denunció este viernes que la Ley de Telecomunicaciones, sancionada en la Asamblea Legislativa, es como un “nuevo atentado del poder político en contra de la Libertad de Prensa y Expresión”. Asimismo contraria a la Constitución Política del Estado y convenios internacionales.
De acuerdo con un análisis que realizó la APLP, “la norma aprobada de manera inmoderada, expedita y furtiva” viola los artículos 13, 21, 25, 130, 137 de la Constitución Política del Estado y el espíritu de la Convención Americana de los Derechos Humanos y la Carta Democrática de la OEA”, señala el estudio.
El artículo de la Ley de Telecomunicaciones que tiene las mayores observaciones por parte de los periodistas, es el 111, que señala: “En casos de peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastres, los operadores y proveedores de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, estarán obligados a cooperar y poner a disposición de las autoridades públicas legítima y legalmente constituidas, de manera gratuita y oportuna, las redes y servicios, así como la emisión, transmisión y recepción de las telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación que les sean requeridas”.
La entidad de periodistas dice que es un atentado a la intimidad de las personas y tiene su violación concordante en el inciso 4 del artículo 55 que manda a los ciudadanos “cumplir con las instrucciones y planes que emita la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes en casos de emergencia y seguridad del Estado”.
La APLP hace notar que esa legislación es inconstitucional porque el artículo 21 de la Constitución establece textualmente que “las bolivianas y los bolivianos” tienen el derecho “a la privacidad”, a la “intimidad” y “a expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva”.
“Los legisladores que aprobaron la Ley de Telecomunicaciones obviaron además el artículo 130 de la Constitución que ni siquiera la Acción Constitucional de Protección de Privacidad procede para ‘levantar el secreto en materia de prensa’”, señala el pronunciamiento de los periodistas.
Asimismo, La APLP, dice que la Ley sancionada por el Legislativo viola el subtítulo 3 del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que textualmente define que “no se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.
Finalmente explica que se atenta además contra la Carta Democrática de la OEA que en su artículo 4 establece que “son componentes fundamentales del ejercicio de la democracia la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública, el respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa”.
Fuente: La Paz, 29 (ANF).-
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