Sábado 23 de julio de 2011

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El infractor de esta semana es el conductor que dejó estacionado el vehículo con placa de control 1841 – XBP, encima de toda la acera, reduciendo la circulación de los transeúntes.
De acuerdo al Reglamento de Tránsito, el ciudadano vulneró los artículos 121: “Con carácter general los vehículos deberán estacionarse siempre al lado derecho de la calzada, en el mismo sentido de la circulación y de modo que no se obstaculice la circulación de ni de los peatones, ni de los otros vehículos”.
122: “Dentro del radio urbano de las ciudades y poblaciones, los vehículos se estacionarán en forma paralela al cordón de la acera, lo más cerca posible al borde la misma y dejando entre sí una distancia de por lo menos 50 centímetros”.
También vulneró el artículo 127 inciso 3) “Es prohibido estacionar, parar o detener vehículos, en las aceras, pasos de peatones, o lugares destinados exclusivamente el cruce de los mismos”.
Fuente: LA PATRIA