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Jueves 21 de julio de 2011

Portada Principal
Jueves 21 de julio de 2011
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Ley de Telecomunicaciones
MAS impone concesión de 10 años a medios, a las petroleras les dio 28
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Proyecto Oruro Puerto Seco
Prointec y ex Prefectura obstaculizan que Gobernación ejecute boletas de garantía
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Países vecinos definen con Bolivia devolución de miles de autos robados
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Policía cruceña detiene a un sicario brasileño en Santa Cruz
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Perú podría expulsar a ex ministros de Goni por un acuerdo de la CAN
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Argentina activa su “escudo Norte” contra vuelos ilegales de Bolivia
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Varios
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Maquinaria
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Vehículos
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Casas y lotes
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Alquileres
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Anticréticos
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Empleos
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Teléfonos
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Editorial
Reacciones frente a los hechos
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PICADAS
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La noticia de perfil
Observadores sufren de miopía
Pág 3 
En búsqueda de una identidad
Pág 3 
Gobernar sin justicia es adulterar la democracia
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El pan en la mesa
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¿A qué llamamos “nuestra vida”?
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"A morder a Murdoch"
Pág 3 
En el último día del plazo
Apenas 20% de contribuyentes pagaron impuestos por inmuebles
Pág 4 
Concurso de salud pretende disminuir factores de riesgo en adolecentes
Pág 4 
En el día del trabajador municipal
Ediles exigen mejor trato del Ejecutivo Municipal
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Ayer
El centro de la ciudad sufrió un prolongado corte de luz
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Instituciones inspeccionan trabajos en el río Desaguadero
Pág 4 
Por decisión de delegados
Cooperativistas construirán viviendas en terrenos afectados por pista de aeropuerto
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Trabajadores de la UTO acatan paro en demanda de incremento salarial
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Ex presidente de la Asamblea Departamental
Asambleísta Fulguera califica de ineficaz la labor de coordinadora anticorrupción
Pág 5 
En semana epidemiológica Nº 28
Acciones preventivas se cumplen y disminuyen casos de IRA’s en un 15%
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Afirmación del ejecutivo de la COD
“Evo no debe clavarle al pueblo carga económica con un posible gasolinazo”
Pág 5 
En el Segip de Oruro
Personas del interior llegan para obtener su cédula de identidad
Pág 5 
Después de arremeter brutalmente contra dos guardias municipales
Marchistas enfundaron acusaciones contra la Defensoría del Pueblo
Pág 5 
En la COD
Comisión de poderes será elegida en el ampliado minero de hoy
Pág 5 
Ayer
EMAO no trabajó y la ciudad presentó un sucio panorama
Pág 5 
ACFO cuestiona al Municipio por falta de coordinación en defensa del Carnaval
Pág 6 
SOCIALES
Pág 6 
De Carlos Condarco
“El Tesoro de Sacambaya” es una novela llena de emociones
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Otro pasaje de la historia
Hoy se recuerdan 65 años de la muerte del presidente Villarroel
Pág 6 
Desde hoy en Santa Cruz
Bolivia es sede de foro sobre Culturas de América y El Caribe
Pág 6 
Gobierno pide a Asosur parar las amenazas por emisión de facturas
Pág 6 
Gobierno busca recursos para el programa “Bolivia cambia, Evo cumple”
Pág 6 
García Linera minimiza polémica sobre presencia de clanes del narcotráfico
Pág 6 
ADEMAF y UMSA:
Firman convenio para impulsar desarrollo del Norte Amazónico
Pág 6 
Proceso de institucionalización
Magisterio sostiene que cargos directivos en Normales fueron tomados por el MAS
Pág 7 
Educadoras del PAN abrirán espacios de transferencia de experiencias diarias
Pág 7 
Medicamento para ovinos infectados en Toledo es costoso y escaso
Pág 7 
Invitación Religiosa
Sr. DOMINGO TICONA APAZA (Q. D. D. G.)
Pág 7 
Invitación Religiosa
Sr. ERNESTO TÉLLEZ VARGAS (Q. E. P. D.)
Pág 7 
Prensa cruceña recolectará recursos para pagar la fianza de Richard Romero
Pág 8 
Habilitan a magistradas suplentes del Constitucional y generan molestia
Pág 8 
Denuncian maltrato a nuevos afiliados y asegurados en la CPS
Pág 8 
Tarija: Anuncian sanciones a quienes contravengan autonomía universitaria
Pág 8 
Denuncian que 50 espectáculos fueron suspendidos por normativa del SIN
Pág 9 
Fundación Tierra:
Derechos indígenas se sobreponen a los del Estado
Pág 9 
Morales ratifica que Parada Militar del 7 de agosto será en Tarija
Pág 9 
Antezana:
Cúpula militar no rindió informe sobre recursos de La Gaiba
Pág 9 
Confirman arribo de presidente del BID
Pág 9 
Añez presenta nuevo audio como prueba del complot contra Suárez
Pág 9 
Policía pide el arresto de 3 sospechosos de asesinar ecologistas en Brasil
Pág 10 
Sarkozy y Merkel pactaron línea común para rescate griego
Pág 12 
Creadores de festival "rave" en Cuba denuncian a Gobierno "secuestró" su evento
Pág 12 
La CIDH, preocupada por condena a 2 años de cárcel de un periodista en Perú
Pág 12 
Cinco estudiantes implementan récord Guinnes de lectura continua
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CORRESPONDE TESTIMONIO NUMERO SEISCIENTOS DOCE
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Testimonios

CORRESPONDE TESTIMONIO NUMERO SEISCIENTOS DOCE

21 jul 2011

Fuente: LA PATRIA

DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.- DE LA ESCRITURA PUBLICA DE RETIRO DE SOCIOS, DISMINUCION DE CAPITAL EN LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CENTRO DE RESONANCIA MAGNETICA S.R.L, Y CONSIGUIENTE MODIFICACION DE ESCRITURA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD; QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES: JUAN CARLOS TRIGO LOUBIERE, HUMBERTO EPIFANIO ARMANDO SUBIETA VASQUEZ, WALFRED CRUZ ZAPATA FERNANDEZ, CESAR FIDEL SORIA ARZE, VALENTIN FLORES MONTAÑO, JORGE FRANCISCO SANDOVAL CASTELLON, GASTON ALEXANDER ENCINAS AGUILAR, NESTOR FERNANDO CAMACHO SOLIZ, KARIN URRESTI DESTRE Y MARTHA CRUZ BUSTAMANTE SAAVEDRA, POR SI Y EN REPRESENTACION DE SUS HIJOS FRANKLIN LEONEL BUSTAMANTE BUSTAMANTE, DAVID ARISTIDES BUSTAMANTE BUSTAMANTE, JORGE JERRY BUSTAMANTE BUSTAMANTE, MARCELA CAROLINA BUSTAMANTE BUSTAMANTE Y CLAUDIA MARIA BUSTAMANTE BUSTAMANTE.—

En esta ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diez con treinta minutos del dia de hoy doce de junio del año dos mil DIEZ ante mí, Doctor Luis Alberto Ballivian Yañez, Abogado, Notario de Fe Pública de Primera Clase, numero cuarenta y tres, de este Distrito Judicial, con residencia fija en la Capital y testigos que al final se nombran y suscriben, fueron presentes los señores: Juán Carlos Trigo Loubiere, con Carnet de Identidad numero 752129 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, casado, médico cirujano, domiciliado en Pasaje Manuel Zaracho 1163, Humberto Epifanio Armando Subieta Vásquez, con Carnet de Identidad numero 749665 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, casado, médico cirujano, domiciliado en la avenida Circunvalación, Walfred Cruz Zapata Fernández, con Carnet de Identidad numero 798013 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, divorciado, medico radiólogo, domiciliado en la calle M. R. Terrazas numero 1175, César Fidel Soria Arze, con Carnet de Identidad numero 736128 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, divorciado, médico cirujano, domiciliado en la avenida Villavicencio sin número, Valentín Flores Montaño, con Carnet de Identidad numero 710642 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, casado, médico cirujano, domiciliado en la Avenida Joel Camacho numero 2346, Jorge Francisco Sandoval Castellón, con Carnet de Identidad numero 777599 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, casado, médico cirujano, domiciliado en la calle Francisco Prada numero E-1533, Gastón Alexander Encinas Aguilar, con Carnet de Identidad numero 814199 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, casado, médico cirujano, domiciliado en la calle Ismael Vasquez número 8662, Nestor Fernando Camacho Soliz, con Carnet de Identidad numero 652849-Oruro, mayor de edad, hábil por derecho, casado, médico cirujano, domiciliado en la calle Antezana número 388, Karin Urresti Destre, con Carnet de Identidad numero 1696751- Beni, mayor de edad, hábil por derecho, soltera, médico cirujano, domiciliada en la avenida Ballivian número 838, y Martha Cruz Bustamante Saavedra, con Carnet de Identidad numero 758744 Cochabamba, mayor de edad, hábil por derecho, viuda, licenciada en enfermería, domiciliada en la calle Antofagasta numero 435 Quillacollo, por sí y en representación de sus hijos Franklin Leonel Bustamante Bustamante, David Aristides Bustamante Bustamante, Jorge Jerry Bustamante Bustamante, Marcela Carolina Bustamante Bustamante y Claudia María Bustamante Bustamante, facultada por los testimonios de poder Nos. 42/2000 de 18 de enero de 2.000 otorgado ante el Notario de Fe Pública de la localidad de Quillacollo Dr. Ángel Jiménez Muriel y 65/2008 de 28 de enero de 2008 otorgado ante el Notario de Fe Pública de Quillacollo Dr. Delfín Cosme Terrazas Becerra y quienes debidamente identificados en oficina con sus documentos de identidad anotados doy fe y dijeron: Que mediante la presente escritura pública han convenido en un contrato de RETIRO DE SOCIO, DISMINUCION DE CAPITAL EN LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CENTRO DE RESONANCIA MAGNETICA S.R.L, Y CONSIGUIENTE MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD; QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES: JUAN CARLOS TRIGO LOUBIERE, HUMBERTO EPIFANIO ARMANDO SUBIETA VASQUEZ, WALFRED CRUZ ZAPATA FERNANDEZ, CESAR FIDEL SORIA ARZE, VALENTIN FLORES MONTAÑO, JORGE FRANCISCO SANDOVAL CASTELLON, GASTON ALEXANDER ENCINAS AGUILAR, NESTOR FERNANDO CAMACHO SOLIZ, KARIN URRESTI DESTRE Y MARTHA CRUZ BUSTAMANTE SAAVEDRA, POR SI Y EN REPRESENTACION DE SUS HIJOS FRANKLIN LEONEL BUSTAMANTE BUSTAMANTE, DAVID ARISTIDES BUSTAMANTE BUSTAMANTE, JORGE JERRY BUSTAMANTE BUSTAMANTE, MARCELA CAROLINA BUSTAMANTE BUSTAMANTE Y CLAUDIA MARIA BUSTAMANTE BUSTAMANTE, bajo la forma y condiciones estipuladas en la minuta que me han pasado para darle el carácter de instrumento público y cuyo tenor literalmente transcrito es como sigue.- MINUTA.- SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase insertar una de retiro de socio, disminución de capital en la Sociedad de Responsabilidad Limitada Centro de Resonancia Magnética S.R.L. y consiguiente modificación de escritura de constitución de sociedad, suscrita con sujeción a las siguientes cláusulas: PRIMERA: (Antecedentes).- 1.1. Mediante escritura pública No. 1401/95 de 28 de octubre de 1.995 otorgada ante el Notario de Fe Pública Dr. Lucio Antezana Maldonado, modificada por la escritura pública No. 1506/95 de 7 de diciembre de 1.995 otorgada ante el mismo Notario de Fe Pública e inscrita en el Registro de Comercio con la Matrícula No. 08834, los Sres. Humberto Epifanio Armando Subieta Vásquez, Juan Carlos Trigo Loubiere, Walfred Cruz Zapata Fernández, César Fidel Soria Arze, Valentín Flores Montaño, Jorge Francisco Sandoval Castellón, Gastón Alexander Encinas Aguilar, Franklin David Bustamante Arze, Nestor Fernando Camacho Soliz, Karin Urresti Destre, María del Carmen Vega de Miranda y Ruffo Miranda Urquidi, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada CENTRO DE RESONANCIA MAGNETICA S.R.L., con un plazo de duración de 25 años, con el objeto social de prestación de servicios médicos en general y un capital social íntegramente pagado de Bs. 291.600.- (Doscientos noventa y un mil seiscientos 00/100 Bolivianos), dividido en 60 cuotas de capital de Bs. 4.860.- cada una y aportado por los socios en partes iguales a razón de Bs. 24.300.- equivalente a 5 cuotas de capital para cada uno. 1.2. Mediante escritura pública No. 268/2008 de 12 de febrero de 2.008 otorgada ante el Notario de Fe Pública Dr. Ramiro Villarroel Claure, complementada y aclarada por escritura pública No. 915/2008 de 22 de abril de 2.008 otorgada ante el mismo Notario de Fe Pública e inscritas en FUNDEMPRESA el 2 de junio de 2.008 con los Nos. De Registro 075439 y 075440 Libro No. 9, respectivamente, los Sres. Humberto Epifanio Armando Subieta Vásquez, Juán Carlos Trigo Loubiere, Walfred Cruz Zapata Fernández, César Fidel Soria Arze, Valentín Flores Montaño, Jorge Francisco Sandoval Castellón, Gastón Alexander Encinas Aguilar, Néstor Fernando Camacho Soliz, Karin Urresti Destre y Martha Cruz Bustamante Saavedra, por si y en representación de sus hijos Sres. Franklin Leonel Bustamante Bustamante, David Arístides Bustamante Bustamante, Jorge Jerry Bustamante Bustamante, Marcela Carolina Bustamante Bustamante y Claudia María Bustamante Bustamante, como herederos del socio fallecido Sr. Franklin David Bustamante Arze, suscribieron un contrato de (1) incorporación como socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada Centro de Resonancia Magnética S.R.L., a los herederos del socio fallecido Sr. Franklin David Bustamante Arze, (2) aumento de capital social de la Sociedad a la suma de Bs. 6.713.800.-, (3) modificación de valor de cuotas de capital y consiguiente modificación de la escritura de constitución de Sociedad, todo ello en mérito a la autorización de la Asamblea Extraordinaria de Socios de 29 de enero de 2.008, cuya acta forma parte de la referida escritura pública. Asimismo y en mérito a la misma autorización de la Asamblea de Socios de 29 de enero de 2008 los socios antes nombrados designaron como representantes legales de la Sociedad a los Sres. Humberto Epifanio Armando Subieta Vásquez, Juán Carlos Trigo Loubiere y Walfred Cruz Zapata Fernández, como Gerente General, Gerente Administrativo Financiero y Gerente Técnico, respectivamente. 1.3. En atención a las modificaciones incorporadas mediante las escrituras públicas a las que se ha hecho referencia en el numeral anterior, el capital social de la Sociedad alcanza a Bs. 6.713.800.- dividido en 671.380.- cuotas de capital de Bs. 10.- cada una y se halla distribuido entre los socios de la siguiente manera:

SOCIO Aporte Bs. Cuotas de capital %

Juán Carlos Trigo Loubiere 663.300.- 66.330 9,879

Humberto E. A. Subieta Vásquez 663.300.- 66.330 9,879

Wálfred Cruz Zapata Fernández 663.300.- 66.330 9,879

César Fidel Soria Arze 663.300.- 66.330 9,879

Valentín Flores Montaño 663.300.- 66.330 9,879

Jorge F. Sandoval Castellón 663.300.- 66.330 9,879

Gastón A. Encinas Aguilar 663.300.- 66.330 9,879

Néstor Fernando Camacho Soliz 663.300.- 66.330 9,879

Karin Urresti Destre 663.300.- 66.330 9,879

Martha Cruz Bustamante Saavedra 331.650.- 33.165 4,940

Franklin Leonel Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 0,989

David Arístides Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 0,989

Jorge Jerry Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 0,989

Marcela Carolina Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 0,989

Claudia María Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 0,989

María del Carmen Vega de Miranda 40.400.- 4.040 0,602

Ruffo Miranda Urquidi 40.400.- 4.040 0,602

TOTAL Bs. 6.713.800.- 671.380 100.oo

1.4. En la Asamblea Extraordinaria de Socios realizada el día 18 de diciembre de 2.008, cuya acta formará parte integrante de la escritura pública a otorgarse en base a esta minuta, se ha autorizado el retiro del socio Sr. Gastón Alex Encinas Aguilar a quien se le ha hecho devolución de sus cuotas de capital y se ha autorizado la reducción del capital social y la consiguiente modificación de las escrituras de constitución de sociedad. SEGUNDA: (Retiro de socio, disminución de capital social y modificación de constitución de Sociedad).- En atención a los antecedentes expuestos en la cláusula anterior y de acuerdo a lo resuelto en Asamblea Extraordinaria de Socios de 18 de diciembre de 2.008, cuya acta formará parte de la escritura pública a otorgarse en base a esta minuta, el socio Gastón Alex Encinas Aguilar se retira de la sociedad, a quien ésta le ha hecho devolución de sus cuotas de capital. Consiguientemente, a partir de la fecha de inscripción de la escritura pública a otorgarse en base a esta minuta, quedará excluido de la Sociedad no teniendo ingerencia ni en los activos ni en los pasivos de ésta. En atención al retiro del socio antes nombrado, la Sociedad procede a la reducción del capital social y se modifica la escritura de constitución de sociedad haciendo constar que el capital social alcanza a la suma de Bs. 6.050.500.- (Seis millones cincuenta mil quinientos 00/100 Bolivianos), dividido en 605.050 cuotas de capital de Bs. 10.- cada una, distribuido entre los socios de la siguiente manera:

SOCIO Aporte Bs. Cuotas de capital %

Juán Carlos Trigo Loubiere 663.300.- 66.330 10,963

Humberto E. A. Subieta Vásquez 663.300.- 66.330 10,963

Wálfred Cruz Zapata Fernández 663.300.- 66.330 10,963

César Fidel Soria Arze 663.300.- 66.330 10,963

Valentín Flores Montaño 663.300.- 66.330 10,963

Jorge F. Sandoval Castellón 663.300.- 66.330 10,963

Néstor Fernando Camacho Soliz 663.300.- 66.330 10,963

Karin Urresti Destre 663.300.- 66.330 10,963

Martha Cruz Bustamante Saavedra 331.650.- 33.165 5,481

Franklin Leonel Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

David Arístides Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

Jorge Jerry Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

Marcela Carolina Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

Claudia María Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

María del Carmen Vega de Miranda 40.400.- 4.040 0,667

Ruffo Miranda Urquidi 40.400.- 4.040 0,667

TOTAL Bs. 6.050.500.- 605.050 100.oo

TERCERA: (Modificación de la cláusula décimo tercera de la escritura de constitución de Sociedad).- En atención a lo resuelto en la Asamblea de Socios del 18 de diciembre de 2.008, se modifica la cláusula décimo tercera de la escritura de constitución de sociedad referida en el numeral 1.1. de esta minuta, suprimiendo la exigencia de convocatoria a Asambleas de Socios mediante carta notariada, quedando redactada dicha cláusula de la siguiente manera: DECIMOTERCERA.- (ASAMBLEAS).- Las asambleas de socios, se reunirán con carácter ordinario y obligatorio por lo menos una vez al año en el domicilio de la sociedad, dentro de los tres meses siguientes al cierre de cada ejercicio económico anual. Se reunirá con carácter extraordinario cuantas veces sea necesario. La convocatoria será hecha por el Gerente y en defecto de éste por los socios que representen más de la cuarta parte del capital social mediante comunicación por carta o publicación en prensa, con ocho días de anticipación a la fecha señalada para su verificativo. En la Asamblea Extraordinaria deberán tratarse solo los asuntos señalados en la convocatoria. El quórum legal para cada Asamblea quedará constituido con la presencia de socios que representen por lo menos la mitad del capital social. La representación de los socios dentro del giro social y asamblea podrá otorgarse validamente mediante carta notariada. De modo general, las decisiones de la Sociedad se adoptarán en Asambleas. Las resoluciones de las Asambleas de los socios se adoptarán con el voto afirmativo de los socios que representen más de la mitad de las cuotas de capital y tales decisiones serán válidas cuando reúnan los requisitos establecidos en los Arts. 208 y 209 del Código de Comercio.

CUARTA: (Ratificación de escrituras).- Se mantienen subsistentes e inalterables todas las demás cláusulas, términos y condiciones estipuladas en las escrituras públicas referidas en la cláusula primera, en todo aquello que no resulte modificado por esta minuta. QUINTA: (Aceptación).- Los Sres. Juan Carlos Trigo Loubiere, Humberto Epifanio Armando Subieta Vásquez, Walfred Cruz Zapata Fernández, César Fidel Soria Arze, Valentín Flores Montaño, Jorge Francisco Sandoval Castellón, Gastón Alexander Encinas Aguilar, Nestor Fernando Camacho Soliz, Karin Urresti Destre y Martha Cruz Bustamante Saavedra, por sí y en representación de sus hijos Sres. Franklin Leonel Bustamante Bustamante, David Arístides Bustamante Bustamante, Jorge Jerry Bustamante Bustamante, Marcela Carolina Bustamante Bustamante y Claudia María Bustamante Bustamante, facultada por los testimonios de poder Nos. 42/2000 de 18 de enero de 2.000 otorgado ante el Notario de Fe Pública de la localidad de Quillacollo Dr. Ángel Jiménez Muriel y 65/2008 de 28 de enero de 2008 otorgado ante el Notario de Fe Pública de Quillacollo Dr. Delfín Cosme Terrazas Becerra, poderes que formarán parte de la escritura pública a otorgarse en base a esta minuta, manifiestan su conformidad con todas y cada una de las cláusulas de esta minuta, a la cual confieren validez como documento privado, correspondiendo a Ud., señor Notario, incorporar las cláusulas de estilo y seguridad y el Acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de 18 de diciembre de 2.008.- Cochabamba, 23 de julio de 2009.- Firmado Ilegible sello.- Enrique Moreno Zabalaga Abogado NIT: 3018692016 Mat. 1210.- Firmado Ilegible.- Juan Carlos Trigo Loubiere.- Firmado Ilegible.- Humberto Epifanio Armando Subieta Vásquez.- Firmado Ilegible.- Walfred Cruz Zapata Fernández.- Firmado Ilegible.- César Fidel Soria Arze.- Firmado Ilegible.- Valentín Flores Montaño.- Firmado Ilegible.- Jorge Francisco Sandoval Castellón.- Firmado Ilegible.- Gastón Alexander Encinas Aguilar.- Firmado Ilegible.- Nestor Fernando Camacho Soliz.- Firmado Ilegible.- Karin Urresti Destre.- Firmado Ilegible.- Martha Cruz Bustamante Saavedra.— PODER.- Sello y signo Notarial.- TESTIMONIO.- CORRESPONDE Nº 42.- QLLO - 18 - 01- 2000.- PODER ESEPECIAL Y BASTANTE OTORGADOS POR JORGE JERRY FRANKLIN LEONEL, MARCELA CARLINA Y CLAUDIA MARIA BUSTAMANTE BUSTAMANTE EN FAVOR DE : MARTHA CRUZ BUSTAMANTE VIUDA DE BUSTAMANTE.—

En esta ciudad de Quillacollo, a horas nueve y treinta del día de hoy dieciocho de enero del año dos mil Ante Mi Ángel Jiménez Muriel Abogado y Notorio de Fe Pública de Segunda Clase, en la comprensión del Juzgado de Partido de esta capital y testigos que al final se nombran y suscriben, fueron presentes en ésta oficina: JORGE JERRY, FRANKLIN LEONEL, MARCELA CAROLINA Y CLAUDIA MARIA BUSTAMANTE BUSTAMANTE, mayores de edad, vecinos de esta con Carnet Identidad números 939767 Cochabamba, 939766 Cochabamba, 976071 Cochabamba y 3623473 Cochabamba, hábiles por derecho a quienes de conocerlos doy fe y dijeron: Que, confieren poder especial y bastante, cual por derecho se requiere en favor de : MARTHA CRUZ BUSTAMANTE VIUDA DE BUSTAMANTE, con Carnet Identidad numero 758744 Cochabamba, para que en representación de su persona acciones y derechos, se apersone ante todas las autoridades administrativas, policiales, judiciales y extrajudiciales, en especial para apersonarse y representar en las acciones y derecho que les corresponde a los poderconferentes en la Constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “CENTRO DE TOMOGRAFIA MEDICOS ASOCIADOS” S.R.L. y “CENTRO DE RESONANCIA MAGNETICA” S.R.L. en calidad de Herederos Ab-Intestato a la sucesión del que en vida fue Franklin Bustamante Arce,. Al efecto sus incidencias y emergencias le amplían las facultades de suscribir y presente escritos, solicitudes, memoriales, informes, ofrecer pruebas, literales, testificales, documentales con o sin juramento de reciente obtención, tachar las contrarias, al efecto los poderconferentes le conceden las facultades de aumentar y/o incrementar, decremento, asociación de capital, liquidación, transacción, venta de acciones, desistimiento, reorganización de nueva Constitución de Sociedad, solicitar modificación, administración, particular en los dividendos, asistir a las reuniones, asambleas con voz y voto, pedir rendición de cuentas, y hacer cuanto trámite este permitido en derecho y que tenga estrecha relación con todas las acciones y derechos que tienen los poderconferentes y sea con amplias facultades para apersonarse ante cualquier autoridad competente de la ciudad de Cochabamba. En suma practicar cuantas gestiones y diligencias sean necesarios y conducentes al éxito del presente mandato, sin que por falta u omisión de cláusula expresa alguna se tache de insuficiente, ni se alegue falta de personería en la mandataria. En su testimonio asi dijo: Lo otorga se ratifica y previa lectura firma junto a los testigos instrumentales Leonilda Campos y Sandro Choque, mayores de edad, vecinas de esta, capaces al efecto de todo lo que doy fe.- Fdo. Bustamante.- Fdo. Claudia M. Bustamante.- Fdo. F. Bustamante.- Fdo. M. Bustamante.- Fdo. Ilegible Tgo.- Fdo. Ilegible Tgo.- Fdo. y sellado.- Ángel Jiménez Muriel Abogado Notario de Fe Pública No. 5 Quillacollo. Cochabamba - Bolivia.- ESCRITO.- Lleva 2 Timbres Bs. 5 - 1 Timbre Bs 2.- Anulado por sello de caja de Derechos Reales.- Señor Juez de Instrucción de lo Civil.- Orden para extensión de segundo testimonio de los poderes que indica.- OTROSI.- Marta Cruz Bustamante Saavedra, Boliviana, mayor de edad, viuda, con Carnet Identidad numero 758744 Cochabamba y domicilio en calle Antofagasta No. 435 de la ciudad de Quillacollo, ante Ud. respetuosamente me presente y dijo: Para fines que en derecho me convengan, solicito a su autoridad se digne disponer que los señores Notarios de Fe Pública Dres. Ángel Jiménez Muriel y Delfín Cosme Terrazas Becerra, me extiendan en doble ejemplar testimonios de poder Nos. 42/200 de 18 de Enero de 2.000 y 65/2008 de 28 de enero de 2008, otorgados en mi favor por mis hijos señores Franklin Leonel Bustamante Bustamante, Jorge Jerrey Bustamante Bustamante, Marcela Carolina Bustamante Bustamante y Claudia Maria Bustamante Bustamante, protestando de mi parte cumplir con todas las formalidades y recaudos que corresponden. OTROSI.- Señalo morada en Acutaria de su Juzgado Quillacollo, 26 de Abril de 2010. Fdo. y sellado Enrique Moreno Zabalaga Abogado NIT: 801869216 MAT. 1210.- Fdo. M. Bustamante.- NOTA.- Presento Martha Cruz Bustamante Saavedra C.I. 758744 Cbba.- Fecha 29-04-2010 Hrs. 15:25 Prueba Literal.- Fs. doy fe.- Fdo. M. Bustamante.- Fdo. y sellado C. Martha Prado Pérez Auxiliar Sorteo y Distribución de Causas Consejo de la Judicatura Cochabamba - Bolivia.- CARGO.- Presentado por Auxiliar de Causuas Nuevas con CI. No. — fecha Qllo. 30804/2010 Hrs. 11:30 Prueba Literal - Fs. doy fe.- Fdo. Ilegible.- Fdo y sellado Patricia Yujra Sansusty Actuaria Abogada Juzgado Instrucción Tercero en lo Civil Quillacollo - Cochabamba.- DECRETO.- A, 30 de Abril del 2010. De ser evidente lo manifestado y de formar parte la impetrante MARTHA CRUZ BUSTAMANTE SAAVEDRA en los Testimonios de Poder referidos se dispone modificar a los siguientes Notarios: 1.- Dr. Angel Jiménez Muriel, a fin de que extienda Segundo Testimonio del Poder No. 42/2000, de fecha 18 de enero del 2.000. 2.- Dr. Delfín Cosme Terrazas Becerra, para que extienda Segundo Testimonio del Poder No. 65/2008 de fecha 28 de enero del 2008, en ambos, forme parte de la documentación señalada, bajo sus exclusivas responsabilidades.- AL OTROSI.- Notifique Funcionario.- Fdo. y sellado Martha E. Coca Revollo Juez de Instrucción Tercero en lo Civil Quillacollo - Cochabamba.- Fdo y sellado Patricia Sansusty Actuaria Abogada Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil Quillacollo Cochabamba.- EL PRESENTE SEGUNDO TESTIMONIO CONCUERDA CON EL ORIGINAL DE SU REFERENCIA, AL QUE EN CASO NECESARIO, ME REMITO PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY.- PASO POR ANTE MI, FIRMO Y SIGNO DOY FE.- Quillacollo, 13 de Mayo del año 2010.- Firmado Ilegible sello.- Angel Jiménez Muriel Abogado Notario de Fe Publica No. 5 Quillacollo Cochabamba Bolivia.—

PODER Nº 65/2008.- Sello y signo Notarial.- CORRESPONDE.- TESTIMONIO.- NUMERO: SESENTA Y CINCO.- 65/2008.- QUILLACOLLO - 28-I2008.- DEL PODER ESPECIAL, BASTANTE, AMPLIO Y SUFICIENTE QUE CONFIERE EL SEÑOR DAVID ARISTIDES BUSTAMANTE BUSTAMANTE, EN FAVOR DE LA SEÑORA : MARTHA CRUZ BUSTAMANTE SAAVEDRA.——

En Quillacollo, Departamento de Cochabamba República de Bolivia a horas dieciseis el dia de hoy lunes veintiocho del mes de enero del año dos mil ocho, ANTE MI DR. DELFIN COSME TERRAZAS BECERRA, Abogado Notario de Fe Pública de segunda Clase No. dos de este Distrito Judicial Quillacollo compareció en esta oficina el señor DAVID ARISTIDES BUSTAMANTE BUSTAMANTE, Documento de identidad numero : nueve, tres, nueve, siete, seis, nueve, (939769) Cochabamba, mayor de edad, con domicilio en la calle Magallanes, ocupación, Ing. En Electrónica, soltero y hábil por derecho. A quien de conocerlo e identificarlo por su cedula de identidad y a mi juicio capaz para otorgar el presente mandato, doy fe y dijeron: Que, otorgan poder especial, Bastante amplio y suficiente cual por derecho se requiere a favor de la señora: MARTHA CRUZ BUSTAMANTE SAAVEDRA, documento de Identidad numero: siete, cinco, ocho, siete, cuatro, cuatro, (758744) Cochabamba mayor de edad, con domicilio en la calle Antofagasta, ocupación enfermera viuda y hábil por derecho. Para que en representación de su persona acciones y derechos : SE APERSONE, ANTE TODAS LAS AUTORIDADES, ADMINISTRATIVAS, POLICIALES, JUDICIALES Y EXTRAJUDICIALES EN ESPECIAL PARA APERSONARSE Y REPRESENTAR EN LAS ACCIONES Y DERECHOS QUE LE CORRESPONDE AL PODERCONFERNTE EN LA CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “CENTRO DE TOMOGRAFIA MEDICOS ASOCIADOS” S.R.L. y “CENTRO DE RESONANCIA MAGNETICA” S.R.L. en calidad de Herederos Ab-Intestato a la sucesión del que en vida fue Franklin Bustamante Arce. Al efecto sus incidencias y emergencias le amplían las facultades de suscribir y presente escritos, solicitudes, memoriales, informes, ofrecer pruebas, literales, testificales, documentales con o sin juramento de reciente obtención, tachar las contrarías, al efecto el poderconferente le concede las facultades de aumentar y/o incrementar, decremento, asociación de capital, liquidación, transacción, venta de acciones, desistimiento, reorganización de nuevas Constitución de Sociedad, solicitar modificación, administración, particular en los dividendos, asistir a las reuniones, asambleas con voz y voto, pedir rendición de cuentas, y hacer cuanto trámite este permitido en derecho y que tenga estrecha relación con todas las acciones y derechos que tienen el poderconferente y sea con amplias facultades para apersonarse ante cualquier autoridad competente de la ciudad de Cochabamba. En suma realizar cuanta diligencia este permitido en derecho y sea conducente al éxito del presente mandato sin que por defecto de forma u omisión alguna se tache de insuficiente ni se alegue falta de personería en la apoderada. En testimonio de que así dijo lo otorga se ratifica previa lectura de su protocolo sin observación incorporado al legajo de poderes que corre a mi cargo el presente año signado con el Nº 65 y firma junto los testigos instrumentales FRANCISCO SEVILLANO SAAVEDRA carnet Identidad numero 781867 Cochabamba, MILENA ANA ROCHA DE ANDIA Carnet Identidad numero 3002017 Cochabamba, respectivamente mayores de edad, vecinos de esta profesor y secretaria respectivamente y hábiles por derecho de que doy fe.- Fdo. Ilegible.- DAVID ARISTIDES BUSTAMANTE BUSTAMANTE.- ILEGIBLE.- FRANCISCO SEVILLANO SAAVEDRA.- FDO.- ILEGIBLE.- MILENA ANA ROCHA DE ANDIA.- FDO. Y SELLADO ANTE MI DELFIN C. TERRAZAS BECERRA.- ABOGADO NOTARIO DE FE PUBLICA NUMERO DOS QUILLACOLLO - COCHABAMBA - BOLIVIA.- ESCRITO. SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN DE LO CIVIL.- Orden para extensión de segundo testimonio de los poderes que indica.- OTROSI.- Marta Cruz Bustamante Saavedra, Boliviana, mayor de edad, viuda, con Carnet Identidad numero 758744 Cochabamba y domicilio en calle Antofagasta No. 435 de la ciudad de Quillacollo, ante Ud. respetuosa me presento y dijo: Para fines que en derecho me convengan, solicito a su autoridad se digne disponer que los señores Notarios de Fe Publica Dres. Angel Jiménez Muriel y Delfin Cosme Terrazas Becerra, me extiendan en doble ejemplar testimonios de poder Nos. 42/200 de 18 de Enero de 2.000 y 65/2008 de 28 de enero de 2008, otorgados en mi favor por mis hijos señores Franklin Leonel Bustamante Bustamante, Jorge Jerrey Bustamante Bustamante, Marcela Carolina Bustamante Bustamante y Claudia María Bustamante Bustamante, protestando de mi parte cumplir con todas las formalidades y recaudos que corresponden. OTROSI.- Señalo morada en Acutaria de su Juzgado Quillacollo, 26 de Abril de 2010.- Fdo.- Interesada.- Fdo. y sellado Enrique Moreno Zabalaga.- Abogado M.C.A. 1210.- NOTA.- Presentador por Martha Cruz Bustamante hoyf 29 de abril del 2010 a horas 15:25 p.m. doy fe.- Fdo.- y señalado Patricia Yujra Sansusty Actuaria Abogada Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil Quillacollo - Cochabamba.- DECRETO.- A, 30 de Abril del 2010. De ser evidente lo manifestado y de formar parte la impetrante MARTHA CRUZ BUSTAMANTE SAAVEDRA en los Testimonios de Poder referidos se dispone modificar a los siguientes Notarios: 1.- Dr. Ángel Jiménez Muriel, a fin de que extienda Segundo Testimonio del Poder No. 42/2000, de fecha 18 de enero del 2.000. 2.- Dr. Delfín Cosme Terrazas Becerra, para que extienda Segundo Testimonio del Poder No. 65/2008 de fecha 28 de enero del 2008, en ambos caso en doble ejemplar. Debiendo ambos Notarios, verificar que la impetrante forme parte de la documentación señalada, bajo sus exclusivas responsabilidades.- AL OTROSI.- Notifique Funcionario.- Fdo. y sellado Martha E. Coca Revollo Juez de Instrucción Tercero en lo Civil Quillacollo - Cochabamba.- Fdo. y sellado Patricia Sansusty Actuaria Abogada Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil Quillacollo Cochabamba.- EL PRESENTE SEGUNDO TESTIMONIO CONCUERDA FIELMENTE CON EL ORIGINAL DE SU REFERENCIA, AL QUE EN CASO NECESARIO, ME REMITO Y ES FRANQUEADO POR ORDEN JUDICIAL DRA. MARTHA E. COCA REVOLLO JUEZ DE INSTRUCCION TERCERO EN LO CIVIL QUILLACOLLO - COCHABAMBA MEDIANTE DECRETO DE FECHA 30 DE ABRIL DEL 2010, PARA FINES LEY.- PASO ANTE MI, LO AUTORIZO, SIGNO Y FIRMO DOY FE.- Quillacollo, 13 de Mayo del 2010.- Firmado Ilegible sello.- Delfín C. Terrazas Becerra Abogado NIT: 778111012 M.C.A. 642 Notario de Fe Publica 2da. Clase No. 2 Av. 6 de agosto 502 - Telf. 4368212 Quillacollo Cochabamba Bolivia.—

COPIA LEGALIZADA DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DE 2008.- COPIA LEGALIZADA.- ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS.- En la ciudad de Cochabamba a horas 21:00 del día 18 de diciembre de 2.008, en el domicilio de la Sociedad ubicado en la calle Colombia esquina 16 de julio Nº 806 de esta ciudad, se reunió la Asamblea Extraordinaria de Socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada Centro de Resonancia Magnética SRL., a efecto de considerar el siguiente orden del Dia: ORDEN DEL DIA.- 1º COMPROBACION DE QUORUM.- 2º ANALISIS DE LA SITUACION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA EMPRESA. 3º CONSIDERACION DE LA SOLICITUD DE RETIRO DEL DR. GASTON ENCINAS AGUILAR. 4º MODIFICACION DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD. 5º CIERRE.-

DESARROLLO DE LA REUNION.- 1º COMPROBACION DE QUORUM.-

Mediante administración, se constató la presencia de los siguientes socios : Sres. Armando Subieta, Dr. Juan Carlos Trigo, Dr. Walfred Zapata, Dr. Valentín Flores, Dr. Nestor Camacho, Dr. Karin Uresti y la Sra. Martha Bustamante, por si y en representación de sus hijos señores Franklin Bustamante, David Bustamante, Jorge Bustamante, Marcela Bustamante y Claudia Bustamante, con lo cual se tiene el quórum requerido, además estuvieron presentes, el Ing. José Méndez, Asesor General, el Dr. Enrique Moreno, Asesor Legal, el Lic. Walter Ayala, Asesor Contable y tributario.--

2º ANALISIS DE LA SITUACION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA EMPRESA.—

El Dr. Subieta indicó que no existe movimiento económico en la empresa.—

3º CONSIDERACION DE LA SOLICITUD DE RETIRO DEL Dr. GASTON ENCINAS AGUILAR.

El Dr. Subieta informó que el Dr. Gastón Encinas fue el único socio que comunicó a la Sociedad su determinación de retirarse de la misma, solicitando la devolución de sus aportes. La asamblea por unanimidad autorizó la devolución al Dr. Encinas de la suma de $us. 3.137.72 que corresponde al valor del mercado de sus cuotas de capital en la sociedad. Por tanto, a partir de la fecha de inscripción de la respectiva escritura pública quedará excluido de la sociedad. Por efecto del retiro del Dr. Encinas, se autorizo modificar la escritura pública quedará excluido de la sociedad.- Por efecto del retiro del Dr. Encinas, se autorizo modificar la escritura de constitución de sociedad, reduciendo el capital de la sociedad a la suma de Bs. 6.050.500.- (Seis millones cincuenta mil quinientos 00/100 Bolivianos) dividido en 605.050 cuotas de capital de Bs. 10.- cada uno. El capital social se encuentra distribuido entre los socios de la siguiente manera.—

SOCIO Aporte Bs. Cuotas de capital %

Juán Carlos Trigo Loubiere 663.300.- 66.330 10,963

Humberto E. A. Subieta Vásquez 663.300.- 66.330 10,963

Wálfred Cruz Zapata Fernández 663.300.- 66.330 10,963

César Fidel Soria Arze 663.300.- 66.330 10,963

Valentín Flores Montaño 663.300.- 66.330 10,963

Jorge F. Sandoval Castellón 663.300.- 66.330 10,963

Nestor Fernando Camacho Soliz 663.300.- 66.330 10,963

Karin Urresti Destre 663.300.- 66.330 10,963

Martha Cruz Bustamante Saavedra 331.650.- 33.165 5,481

Franklin Leonel Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

David Arístides Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

Jorge Jerry Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

Marcela Carolina Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

Claudia María Bustamante Bustamante 66.330.- 6.633 1,096

María del Carmen Vega de Miranda 40.400.- 4.040 0,667

Ruffo Miranda Urquidi 40.400.- 4.040 0,667

TOTAL Bs. 6.050.500.- 605.050 100.oo

4º MODIFICACION DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD.——

El Dr. Humberto Subieta informo que de acuerdo a la cláusula Decima Tercera de la Escritura de Constitución de Sociedad la convocatoria para Asamblea las socios debe efectuarse mediante carta notariada lo cual representa un gasto significativo para la Sociedad.

Fuente: LA PATRIA
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