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Viernes 08 de julio de 2011

Portada Principal
Viernes 08 de julio de 2011
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Policía trabaja para recapturar a delincuentes liberados
Captura de jueza acusada de corrupción surge cuando se cuestiona elección judicial
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En Oruro
Elfeosa descarta que exista racionamiento de energía
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Unas 6.000 personas damnificadas por nevadas en el sudoeste de Bolivia
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El Presidente entrega millonaria inversión para riego en Santa Cruz
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EE.UU. espera que caso Manfred no dañe restablecimiento de relaciones con Bolivia
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MAS apura Ley de Expendio de Alcohol que sanciona a consumidores y padres
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Varios
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Maquinaria
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Vehículos
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Casas y lotes
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Alquileres
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Anticréticos
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Empleos
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Teléfonos
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Editorial
Improvisación e ineficiencia
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PICADAS
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ENTRE COLUMNAS
Lecciones de fútbol… y de vida
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Reorientar o hundir el “Proceso de Cambio”
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ALGO MÁS QUE PALABRAS
Las mujeres siguen discriminadas
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El hálito de la cultura boliviana (Segunda Parte)
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La inteligencia interpersonal
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Según el dirigente de la COD, Germán Chaparro
Gobierno quiere seguir poniendo la mordaza a la prensa nacional
Pág 4 
En semana epidemiológica Nº 26
Disminuyen en un 18% los casos de enfermedades respiratorias
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Exigencia de la ciudadanía
Requerimiento de gas licuado obligó a YPFB a distribuir 11.000 garrafas por día
Pág 4 
Convocada por insultar a los periodistas
Declaración de concejala Laura Lima fue suspendida por ausencia de fiscal
Pág 4 
Por el robo de 3.030.000 bolivianos
Cooperativa “Siete Suyus” debe querellar a ex dirigentes para agilizar investigación
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MSM sostiene que el gobernante MAS pretende alcanzar el control de la sociedad
Pág 4 
Programa de becas para Venezuela
Proceso para seleccionar a futuros becarios concluirá la próxima semana
Pág 4 
En el primer semestre 2011
Gobernación se escuda en órdenes de cambio para justificar baja ejecución presupuestaria
Pág 5 
En distintas calles
Policía aplicó plan DEC para brindar seguridad ciudadana
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Para evitar agio y especulación
Ingenios entregarán cupos de azúcar a comerciantes minoristas
Pág 5 
Comité ejecutivo define que Potosí sea sede de próximo congreso minero
Pág 5 
Cooperativa “Vía y Obras” lanzó oferta de televisores pantalla plana
Pág 5 
El caso es analizado a nivel del Tribunal de Honor
APDH espera que ex delegado municipal Anticorrupción devuelva dinero
Pág 5 
Defensa al Consumidor descarta desabastecimiento de azúcar
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En el Paraninfo Universitario
Energía desbordante demostró Julio César en concierto de charango
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Coro Polifónico y Orquesta Filarmónica peregrinan por espacios para ensayos
Pág 6 
Festival de la canción se devalúa por incumplimiento en la entrega de premios
Pág 6 
Artista internacional Rodrigo Rojas presenta nuevo álbum “Miradas”
Pág 6 
INVITACIÓN RELIGIOSA
Lic. FLORA NONA BLACUTT VILLEGAS Q.D.D.G.
Pág 6 
Invitación Religiosa
Lic. FLORA NONA BLACUTT VILLEGAS Q.D.D.G.
Pág 6 
Invitación Religiosa
Dr. VIDAL VILLARROEL VEGA (Q. D. D. G.)
Pág 6 
Invitación religiosa
Sra. BLANCA BORDA SILES Vda. DE SILES (Q.D.D.G.)
Pág 6 
MSM diseña plan para frenar rodillo masista en elección de candidatos
Pág 7 
Gobierno plantea que empresa controle los precios de azúcar
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Campesinos del Beni sugieren referéndum por carretera Villa Tunari
Pág 7 
Legisladores: Sanabria abrió la boca y permite cacería de narcos en Bolivia
Pág 9 
Constitucionalista: Es necesaria casilla de “voto rechazo” en la elección judicial
Pág 9 
Tránsito reporta choque múltiple en la carretera a Oruro
Pág 9 
Hansmann: Bolivia no puede aislarse de la lucha antidroga
Pág 9 
Denuncian ´´plagio´´ del proyecto de ley de sanción contra especuladores
Pág 9 
Asbora: Ley de Telecomunicaciones no garantiza libertad de información
Pág 9 
Opositores: Postulantes al Órgano Judicial se aplazaron en preselección
Pág 9 
Identifican células que cicatrizan la médula espinal tras lesiones
Pág 10 
Países andinos comprometidos a reducir en 50% desnutrición al 2019
Pág 11 
C O R R E S P O N D E TESTIMONIO No.281 / 2011
Pág 11 
CORRESPONDE TESTIMONIO No. 187 / 2011
Pág 11 
C O R R E S P O N D E TESTIMONIO No.280 / 2011
Pág 11 
CORRESPONDE TESTIMONIO NÚMERO UNO/DOS MIL ONCE Nº 1/2011
Pág 11 
Pobreza en el mundo se reduce por la evolución de India y China
Pág 12 
Ceremonia Inca en Machu Picchu para celebrar el siglo de su encuentro
Pág 12 
RSF condena asesinato de periodista en Honduras
Pág 12 
Gobierno venezolano descarta asalto a cárcel tomada por presos atrincherados
Pág 12 
España
56 Latinoamericanos sin hogar tras el sismo de Lorca
Pág 12 
RESUMEN INTERNACIONAL
Pág 12 
Testimonios

C O R R E S P O N D E TESTIMONIO No.281 / 2011

08 jul 2011

Fuente: LA PATRIA

17 de junio del 2.011.-DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE GIRARA BAJO LA DENOMINACION DE: "COMPUTER PLUS S.R.L.", CON DOMICILIO LEGAL EN LA CIUDAD DE COCHABAMBA, QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES: MARIA LUZ TORRICO RIVERO Y MARIO SEMPERTEGUI DURAN; POR EL CAPITAL SOCIAL DE Bs. 100.000.—

En Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diecisiete y diez de hoy diecisiete de junio del año dos Mil Once, ante mi Dra. MARIA ESTHER LOPEZ VARGAS, Notario de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial, con residencia fija en la Capital y testigos que al final se nombran y suscriben, comparecieron los señores: MARIA LUZ TORRICO RIVERO, mayor de edad, casada, de nacionalidad boliviana, comerciante, domiciliada en c. Antezana N- E 1881 con C.I. N° 3734072 expedido en Cochabamba y MARIO SEMPERTEGUI DURAN , mayor de edad, casado, de nacionalidad boliviana, comerciante , domiciliado en Psje J.J. Antezana N° 1881 con C.I N° 3033780 expedido en Cochabamba, a quienes de identificarles en Notaría doy fe y dijeron: Que se registre y se convierta a escritura pública la minuta de CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE GIRARA BAJO LA DENOMINACION DE: " COMPUTER PLUS S.R.L." y sea en conformidad a términos y condiciones que consta en la mencionada minuta que para convertirlo en instrumento público me han entregado el mismo que transcrito literalmente como base fundamental del contrato y en cumplimiento al Artículo Veintitrés de la Ley del Notariado en actual vigencia es del tenor que sigue:--

EN EL TEXTO.— SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA.-- Entre los registros de escrituras públicas que cursan a su cargo, sírvase insertar UNA CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sometida a las cláusulas y condiciones que se pactan a continuación:

PRIMERA

De los otorgantes y la constitución social

Son otorgantes del presente contrato social constitutivo:--

1.1. MARIA LUZ TORRICO RIVERO, mayor de edad, casada, de nacionalidad boliviana, comerciante, domiciliada en c. Antezana N- E 1881 con C.I. N° 3734072 expedido en Cochabamba.-

1.2. MARIO SEMPERTEGUI DURAN , mayor de edad, casado, de nacionalidad boliviana, comerciante , domiciliado en Psje J.J. Antezana N° 1881 con C.I N° 3033780 expedido en Cochabamba.--

Las personas descritas precedentemente, reunidas y expresando su voluntad determinan constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (que a posterior se denominará simplemente la Sociedad) que sujetará su constitución, organización, capital social y otros aspectos relativos a su funcionamiento a las previsiones contenidas en la presente escritura y las normas pertinentes al régimen societario del Código de Comercio.--

SEGUNDA

Del objeto social

La Sociedad, tendrá por objeto social la realización, por cuenta propia o de terceros, de actividades de SERVICIOS INFORMATICOS Y VENTA DE COMPUTADORAS. En el marco del objeto general definido precedentemente, la Sociedad podrá efectuar las siguientes actividades específicas:

2.1. Venta de Equipos de Computacion y Accesorios.

2.2. Prestacion de Servicios de Mantenimiento de Equipos.

2.3. Venta de Repuestos y Partes de Computadoras .

2.4. Instalacion y Venta de Redes Informaticas y de Telecomunicaciones.

2.5. Desarrollo y Venta de Sistemas Informaticos

2.6. Venta de Suministros para Equipos Informaticos e Impresoras.

2.7. Realización de otras actividades inherentes y afines a los rubros antes mencionados.

Para el cumplimiento del objeto descrito precedentemente, la Sociedad queda autorizada a realizar cuanto acto sea necesario, sin limitación ni restricción de ninguna naturaleza.

TERCERA

De la denominación y el domicilio

La Sociedad girará en sus actividades bajo la denominación de: COMPUTER PLUS S.R.L. El domicilio de la Sociedad queda constituido en la ciudad de Cochabamba, sin embargo para la realización de los actos vinculados al objeto social podrá abrir sucursales o agencias en el territorio nacional o en el extranjero.--

CUARTA

De la duración de la Sociedad

Los otorgantes declaran que la Sociedad tendrá una duración y vigencia de 50 años, computables a partir de la fecha en que el Servicio Nacional del Registro de Comercio y Sociedades por Acciones otorgue personalidad jurídica, mediante la respectiva resolución de inscripción y matrícula.--

QUINTA

Del capital social

El capital de la Sociedad se encuentra constituido por la suma de Bs.- 100.000.- (Cien Mil 00/100 bolivianos), el que se encuentra total y efectivamente aportado y pagado a la fecha de la suscripción del presente contrato social.--El capital social se encuentra dividido en 1000.- cuotas de capital con un valor de Bs. 100.- cada una y ha sido aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones :---------------------------------------------

5.1. MARIA LUZ TORRICO RIVERO, ha aportado la suma de Bs. 50,000.- (Cincuenta Mil 00/100 bolivianos), que hacen 500 cuotas de capital, correspondientes al 50 % del capital social.

5.2. MARIO SEMPERTEGUI DURAN, ha aportado la suma de Bs. 50,000.- ( Cincuenta Mil 00/100 bolivianos), que hacen 500 cuotas de capital, correspondientes al 50 % del capital social.

La responsabilidad de los socios otorgantes y de sus sucesores, voluntarios o legales, se encuentra circunscrita al monto del porcentaje aportado y se diferencia del patrimonio individual que ellos poseen.--------------

SEXTA

De los Organos Sociales

Los Organos de la Sociedad son los siguientes:------

a. Asamblea de socios

b. Gerente General

SEPTIMA

De la Asamblea de Socios

Conforme establece el Código de Comercio, la Asamblea de Socios es la máxima instancia societaria con plena capacidad de decisión y disposición sobre todos los asuntos de la Sociedad. La Asamblea determinará la ejecución de actos de disposición del patrimonio social.--

Las facultades de la Asamblea de Socios están determinadas por el art. 204 del Código de Comercio. Asimismo la convocatoria a las Asambleas se sujeta al procedimiento indicado en el art. 206 del Código de Comercio. ------------

OCTAVA

Quórum para las Asambleas y toma de decisiones

El quórum legal para las asambleas quedará constituido por los socios que representen a mas de la mitad del capital social. Las Resoluciones en las Asambleas serán tomadas por el voto afirmativo de más de la mitad del capital con las excepciones de ley establecidas por el art 209 del Código de Comercio.--

NOVENA

De la Administración de la Sociedad

Los negocios e intereses de la Sociedad serán administrados y estarán bajo la dirección de un Gerente General, quien será el Representante Legal de la sociedad, cuyas atribuciones y competencias podrán ser ampliadas por los socios en un Poder Especial. Sus atribuciones son las siguientes:

a) Representar legalmente a la Sociedad, judicial o extrajudicialmente, ante cualquier clase de entidades, sean estas públicas o privadas, judiciales, políticas, municipales, civiles, policiacas, administrativas, tributarias, comerciales, bancarias, etc., así como también ante personas naturales, colectivas, centralizadas, descentralizadas, autárquicas, semi autárquicas, autónomas, estatales, mixtas, extranjeras y nacionales.--

b) Dirigir y administrar, los negocios y actividades de la Sociedad, con las facultades para suscribir todo tipo de contratos en representación de la institución, y ejecutar todos los actos y operaciones conducentes al logro del objetivo de la Sociedad.

c) Realizar toda clase de actos judiciales y extrajudiciales, enjuiciar y seguir lo enjuiciado ante cualquier tribunal y autoridad, con facultades de desistir, admitir desistimientos, transar y admitir transacciones, someter cuestiones a arbitraje, nombrar peritos; hacer uso de todos los recursos ordinarios y extraordinarios; recursos constitucionales de cualesquier naturaleza; y, en todos los actos que las leyes requieran poderes especiales, serán bastantes las facultades que conferidas por el presente artículo, sin que la falta expresa de atribución signifique limitación a su amplio poder administrativo y de representación de la Sociedad.

d) Gestionar y obtener préstamos y financiamientos, realizar todo género de operaciones bancarias, girar, endosar, renovar, cobrar y depositar cheques, aceptar, renovar, endosar, avalar, protestar y cobrar letras de cambio, vales, pagarés y demás documentos negociables, descontar letras de cambio y pagarés, solicitar y obtener acreditivos, boletas de garantía, créditos de cualquier naturaleza, pólizas de seguro; y, suscribir todos los documentos privados o públicos que sean necesarios.

e) Establecer o suprimir agencias, sucursales, establecimientos y oficinas en el interior o exterior del país.

f) Delegar en todo o en parte sus funciones ejecutivas de la administración otorgando poderes generales y especiales a personas naturales o jurídicas.

g) Preparar los Balances Generales y demás estados financieros, proponer distribución de utilidades, reservas y dividendos.

h) Realizar todo cuanto sea necesario para la mejor administración y manejo de los intereses sociales, aún cuando no estén expresamente determinados en los anteriores incisos, o sea que no podrá dejarse de cumplir con un acto aún cuando no esté expresamente establecido entre las presentes atribuciones y facultades.

DECIMA

Nombramiento del Gerente General

Los negocios e intereses de la Sociedad serán administrados y estarán bajo la dirección de un Gerente General.-- El Gerente General de la Sociedad no podrá realizar operaciones que no estén vinculadas al objeto social de la Empresa. Su designación y atribuciones serán señaladas mediante poder especial otorgado por la Asamblea de Socios.

DECIMA PRIMERA

De la transferencia de cuotas de capital

La Transferencia de cuotas de capital estará sujeta a lo establecido por el Código de Comercio. en los arts. 212 a 216 inclusive.--

DECIMA SEGUNDA

Del derecho de fiscalización

Los socios tendrán el pleno e irrestricto derecho de revisar y examinar la gestión social de la Sociedad y de las diferentes instancias de gobierno de la Sociedad.-----------

DECIMA TERCERA

De las utilidades, pérdidas y reservas

Las gestiones económicas de la Sociedad serán computadas anualmente o como determine la Administración Tributaria o instancia gubernamental competente. A la conclusión de la misma, se elaborará un Balance General y sus respectivos anexos para determinar la situación de la Sociedad y los resultados de la gestión.--

Las utilidades o pérdidas, en su caso, se distribuirán o atribuirán a los socios en proporción a las cuotas de capital que posean.--

Antes de la distribución de las utilidades, se deducirá el 5 % por concepto de reserva legal obligatoria, conforme determina el artículo 169 del Código de Comercio. La Asamblea Extraordinaria de Socios podrá establecer reservas especiales, conforme a los intereses, circunstancias económicas u otras que existan al momento de tomarse la decisión.--

DECIMA CUARTA

De la disolución y liquidación de la Sociedad

El contrato social quedará resuelto en su integridad y se disolverá la Sociedad en los casos previstos por el Art. 378 del Código de Comercio. Disuelta la sociedad el Gerente General se constituirá en Comisión Liquidadora a efectos de monetizar todos los activos y cubrir los pasivos que tuviera la Sociedad. La Sociedad desde el momento descrito precedentemente, mantendrá su personalidad jurídica solo para efectos de su liquidación y deberá adicionar a su razón social el término “en Liquidación”. Cubiertas las obligaciones sociales, el remanente, si existiese, se distribuirá entre los socios en proporción a las cuotas de capital que posean.--

DECIMA QUINTA

De la aplicación supletoria

Las hechos o actos, que no se encuentren regulados o previstos expresamente en el presente contrato constitutivo u otros instrumentos escritos que firmen los otorgantes, serán interpretados y ejecutados al tenor de las disposiciones establecidas en el Código de Comercio en vigencia, norma ésta que tendrá el carácter supletorio a la voluntad de los suscribientes.--

DECIMA SEXTA

Del consentimiento

Los otorgantes, libre y voluntariamente, por así convenir a sus intereses, manifiestan su conformidad con todas las cláusulas y condiciones pactadas, suscribiendo al pie en la ciudad de Cochabamba a los 15 días del mes de Junio del 2011.-- Usted señor Notario se servirá agregar las demás cláusulas de seguridad y estilo pertinentes.-- firmado ilegible.-- sello.-- Walter M. Rivero Romero.-- ABOGADO.-- M.C.A. N.5104 – MC-15840.-- firmado.— MARIA LUZ TORRICO RIVERO.-- C.I. Nº 3734072 CBBA.-- firmado.— MARIO SEMPERTEGUI DURAN.--- CI. Nº 3033780 CBBA.-- PROSIGUE.- Es copia fiel del original que bajo el número: DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO / QUEBRADO DOS MIL ONCE, quedan archivados e incorporados en el respectivo legajo de documentos y minutas.-- ACEPTACION.- Presentes los interesados de las generales anteriores dijeron que aceptan en todas y cada una de sus partes el tenor de la presente escritura pública de CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE GIRARA BAJO LA DENOMINACION DE: " COMPUTER PLUS S.R.L.", sin nota ni observación alguna.-- CONCLUSION.- En testimonio de verdad de que así dijeron, leída que les fue de principio a fin firman con los testigos señores Mario Vargas Pérez, con C.I.Nº. 2757456 Oruro, Francisco Fuertes Taboada, con C.I. Nº. 1215629 Psí., bolivianos, mayores de edad, vecinos de ésta, oficinistas, hábiles por derecho y capaces para el acto; doy fe.-- Firmado.—MARIA LUZ TORRICO RIVERO.-- Firmado.- MARIO SEMPERTEGUI DURAN.--

Firmado Ilegible.-- Firmado Ilegible.-- testigos, ante mi.- Firmado ilegible.-- sello Dra. María Esther López Vargas.- Notaria de Fe Pública No. 41.-

PASO ANTE MI SIGNO, AUTORIZO Y FIRMO; DOY FE.-

Fuente: LA PATRIA
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