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Domingo 26 de junio de 2011

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Revista Dominical

Discriminación es sinónimo de humillación

26 jun 2011

Fuente: LA PATRIA

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La discriminación entendida como dar la categoría de inferioridad a una persona o colectividad, por motivos raciales, religiosos, políticos o lo que fuese, al herir el amor propio o la dignidad del aludido, sin lugar a dudas tiene adicionalmente la intencionalidad de humillar.

Estos aspectos fueron reclamados, denunciados y ahora sancionados mediante la Ley de Lucha Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación, impulsada por el Gobierno liderado por el Movimiento Al Socialismo (MAS).

Dicha disposición, en el inciso II del capítulo II instruye que en el ámbito de la administración pública, se debe capacitar a las y los servidores públicos, sobre las medidas de prevención, sanción y eliminación del racismo y toda forma de discriminación.

En dicha normativa, se define como “discriminación” a toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, ocupación u oficio, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física, intelectual o sensorial,

También es discriminación establecer diferencias a partir del estado de embarazo, procedencia, apariencia física, vestimenta, apellido u otras que tengan por objetivo o resultado, anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado y el derecho internacional. No se considerará discriminación a las medidas de acción afirmativa.

Los servidores públicos deben promover políticas institucionales de prevención y lucha contra el racismo y la discriminación en los sistemas de educación, salud y otros de prestación de servicios públicos, que incluyan la adopción de procedimientos o protocolos para la atención a las poblaciones específicas.

Por ley es obligación de los servidos públicos promover la ética funcionaria y el buen traro a la atención de la ciudadanía, además de garantizar que los sistemas políticos y jurídicos reflejen la pluralidad del Estado boliviano en el marco de los Derechos Humanos.

“PREDICAR CON EL EJEMPLO”

Dos ejemplos próximos y recientes, muestran que desde las entidades públicas, no se cumplen estos preceptos, o como se dice: “no predican con el ejemplo”. Uno que involucra al senador masista Fidel Surco, que al referirse a un cuestionamiento del parlamentario opositor Jaime Navarro sobre un supuesto intento de soborno de parte del senador Surco a los familiares de dos víctimas de Caranavi, con el fin de transar y levantar las acusaciones de los familiares en contra de autoridades del gobierno por una presunta responsabilidad con las muertes, y el asambleísta masista dijo “que deje de meter el hocico”.

Este conflicto derivó en que el opositor Navarro, presente una querella penal en la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, contra Fidel Surco, amparado en el artículo 24 de la Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, que establece que son delitos aquellos insultos y agresiones con motivos racistas y discriminatorios.

Navarro argumentó que Surco emitió un criterio racista, pues tras la revisión del diccionario de la lengua española, se constata que “hocico” es la parte prolongada que tienen los animales en la cabeza, concepción con la cual el parlamentario Navarro habría sido comparado con un animal.

OTRO EJEMPLO

El 13 de junio en Oruro, la concejala Laura Lima, también de filas masistas, se refirió a los trabajadores de la prensa como “pinche periodistas”, cuándo éstos cuestionaron a un funcionario de su dependencia que les tomaba fotografías y otros ciudadanos que asistieron a la audiencia judicial a la fue convocada la alcaldesa municipal, Rossío Pimentel.

Por la importancia del acontecimiento informativo los hombres y mujeres de la prensa se concentraron en la Corte Superior de Justicia, ocasión en la que la concejala reaccionó furibunda y los calificó de “pinche periodistas”. El denominativo de “pinche”, también tiene un sentido discriminado, tomando en cuenta la definición de esa palabra, como miserable o despreciable.

En cumplimiento estricto de la Ley de Lucha contra el Racismo y toda forma de Discriminación, en su artículo 13, parágrafo I inciso a) se constituye falta en el ejercicio de la función pública; las agresiones verbales fundadas en motivos racistas y/o discriminatorios. “Siempre que estas faltas se cometan en el ejercicio de funciones, en la relación entre compañeros de trabajo o con las y los usuarios del servicio”.

El parágrafo III dispone que la institución pública podrá disponer que la servidora o el servidor infractor(a), se someta a tratamiento psicológico, cuyos gastos correrán a cargo de la misma institución.

(Ilustraciones tomadas del Internet)

Fuente: LA PATRIA
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