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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 CORRESPONDE TESTIMONIO N° 575/2011.- - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
De la Escritura Pública de Modificación de Escritura Social y Estatutos de la Sociedad “Bolivia Services Net S.A.” o su sigla Bossnet S.A., facultando al Presidente del Directorio y Representante Legal de la Sociedad señor SIMÓN RAMIRO BOLÍVAR PÉREZ; otorgar la Escritura Pública modificatoria correspondiente.-
En esta ciudad de Cochabamba, del Estado Plurinacional de Bolivia, a horas diez y quince minutos, del día de hoy veintisiete de Mayo del año dos mil once; ante mí, Dra. MARÍA ROSARIO FORONDA DE TRIGO, Abogada – Notaria de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial, con residencia fija en esta Capital y testigos que al final se nombran y suscriben, fue presente, el señor: SIMÓN RAMIRO BOLÍVAR PÉREZ, con cédula de Identidad número. Setecientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve – Cochabamba (758479 Cbba.), mayor de edad, hábil por derecho, casado de profesión Economista, vecino de ésta, hábil por derecho, a quien de identificarlo y conocerlo en oficina, doy fe y dijeron: Que, solicita la protocolización de una minuta de Modificación de Escritura Social y Estatutos de la Sociedad “Bolivia Services Net. S.A.” o su sigla Bossnet S.A. Las demás bases y condiciones constan en la minuta correspondiente, y la copia legalizada, las que transcritas literalmente, como base fundamental del contrato y en cumplimiento al Artículo Veintitrés de la Ley del Notariado en actual vigencia, son del tenor que sigue.-- SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.- En los registros de escrituras que corren a su cargo, sírvase insertar una de modificación de Escritura Social y estatutos de la sociedad “Bolivia Servicies Net S.A.” o su sigla Bossnet S.A.; cuyos documentos cursan en la Escritura Pública N° 457/2007 otorgada por ante Notario de Fe Pública Dr. Guillermo Vázquez Ochoa en fecha 13 de abril de 2002; y en su modificación y aclaratoria de la Escritura Pública N° 1145/2006 otorgada por la Notario Dra. Rosario Foronda en fecha 13 de septiembre de 2006; al tenor siguiente.-- PRIMERA.- (LAS PARTES).- Los accionistas de la Sociedad Boliviana Services Net S.A. EDUARDO GONZALO SANZATENEA CANEDO, mayor de edad, hábil por derecho, boliviano, casado, industrial, con cédula de identidad N° 2895662-Cbba., Domiciliado en la urbanización El Bosque de la ciudad de Cochabamba; RICARDO MARCELO UGALDE CANEDO, mayor de edad, hábil por derecho, divorciado, economista, con Cédula de Identidad N° 815396 Cbba., domiciliado en la Av. Uyuni N° 441 de la ciudad de Cochabamba; ÁLVARO HANS UGALDE BEYER, mayor de edad, hábil por derecho, boliviano, Ingeniero Comercial, con Cédula de Identidad N° 3467730 LP, domiciliado en la calle 9 de Calacoto N° 10 de la ciudad de La Paz; y CARLA UGALDE QUIROZ, mayor de edad, hábil por derecho, boliviana, Administradora, con Cédula de Identidad N° 3393579 LP., domiciliado en la calle Valdez N° 457 de la ciudad de La Paz; han acordado modificar la Escritura Social y Estatutos de la Sociedad “Bolivia Services Net S.A.” en virtud da la Resolución de la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que cursa en el Acta del 19 de abril de 2010 y que forma como parte indisoluble de la presente Minuta; facultando al Presidente del Directorio y Representante Legal de la Sociedad señor Simón Ramiro Bolívar Pérez; otorgar la Escritura Pública modificatoria correspondiente.-— SEGUNDA.- (MODIFICACIONES).- 1) Se modifica la Cláusula Quinta (CAPITAL).- de la Escritura Social que cursa en la Escritura Pública N° 457/2007 otorgada por ante Notario de Fe Pública Dr. Guillermo Vázquez Ochoa en fecha 13 de abril de 2002; y en la modificatoria que cursa en la Escritura Pública N° 1145/2006 otorgada por ante la Notario Dra. Rosario Foronda en fecha 13 de septiembre de 2006; al tenor siguiente.-— “QUINTA.- (CAPITAL).- Se aumente el Capital Autorizado de la Sociedad a Bs. 6.400.000.- (Seis millones cuatrocientos mil 00/100), representado por ocho mil acciones nominativas, con un valor de Bs. 800 (Ochocientos 00/100 bolivianos) por acción; y el Capital Social a Bs. 4.567.200.- (Cuatro millones quinientos sesenta y siete mil doscientos 00/100 bolivianos), representado por 5.709 acciones, que en la fecha han sido suscritas y pagadas en su totalidad; y cuya distribución es la siguiente.-
Accionista Número de acciones % Capital Social
Gonzalo E. Sanzetenea Canedo 1.951 34,17 1.560.612,24
El aumento o reducción del capital autorizado deberá ser aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas, e inscribirse en el Registro de Comercio previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código de Comercio. El aumento del Capital Social será aprobado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas, siempre que se encuentre dentro de los límites del Capital Autorizado, y que la totalidad de las acciones suscritas hubiesen sido pagadas en su totalidad. Los accionistas tendrán derecho preferente a suscribir cualquier nueva emisión de acciones”.— 2) Se modifica el Art. 4 y se aclara con un parágrafo introductorio al Art. 5 de los Estatutos al tenor siguiente.--- “Art. 4.- CAPITAL AUTORIZADO.- El Capital Autorizado de la Sociedad es de Bs. 6.400.000.- (Seis millones cuatrocientos mil 00/100), representado por 8.000 acciones de Bs. 800 cada una”.— “Art. 5.- AUMENTO O REDUCCIÓN DEL CAPITAL AUTORIZADO Y DEL CAPITAL SOCIAL.- El Capital Social de la Sociedad es de Bs. 4.567.200,00.- (Cuatro millones quinientos sesenta y siete mil doscientos 00/100 bolivianos), representado por 5.709 acciones con un valor de Bs. 800.- cada una”.-- QUINTA.- (CONFORMIDAD).- Las partes que anteceden, expresan su conformidad con todas y cada una de las cláusulas precedentes, y se comprometen a su fiel y estricto cumplimiento.- Cochabamba, 19 de mayo de 2011.-- Fdo. Ilegible.- Sello.- Marcelo Rodríguez Ferrel.- Abogado, M.C.A. 2310 NIT: 3134057010.-- Fdo. Ilegible.- Simón Ramiro Bolívar Pérez, C.I. 758479 Cbba.-— COPIA LEGALIZADA.- ACTA DE LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE BOLIVIA SERVICES NET S.A. DEL 19 DE ABRIL DE 2010.- En la ciudad de Cochabamba, a los 19 días del mes de abril de 2010, se reunieron los socios de la Sociedad Bossnet S.A, en virtud a la convocatoria hecha mediante el periódico de circulación nacional OPINION en fecha 9, 11 y 13 de abril, para tratar el siguiente Orden del Día.-- 1.- Tratamiento de Pasivos de la Sociedad.-- 2.- Capitalización.-- 3.- Recomposición del Capital Social de la Sociedad.- Estando presentes los Socios que representan el 85% de las acciones de la sociedad, es decir: Gonzalo Sanzetenea Canedo con el 34,17%, Ricardo Marcelo Ugalde Canedo con el 33,03%, Álvaro Hans Ugalde Beyer con el 12,77% representado por Álvaro Ugalde Canedo, y Carla Ugalde Quiroz con el 5.03%; bajo la Presidencia del Presidente del Directorio Ramiro Bolívar Pérez y haciendo de Secretario el señor Antonio Rocabado, se adoptaron por unanimidad las siguientes resoluciones.-- 1.- Aprobar la cesión de deuda hecha, tanto por Carlos Ugalde Canedo como por Webmetro, a favor de los señores Ricardo Marcelo Ugalde Canedo, Gonzalo Ugalde Canedo, y Álvaro Hans Ugalde Beyer con efecto al 23 de diciembre de 2009; convirtiéndose dichos pasivos en el monto total de Bs. 966.426,89, a solicitud de los cesionarios de la deuda, en aportes por capital de los socios.-- 2.- Aprobar la capitalización de los aportes por capitalizar, en el monto de Bs. 966.426,89; solicitada por los socios en fecha 27 de diciembre de 2009, previo aumento del Capital Autorizado a Bs. 6.400.000.- y el Capital Social al monto de Bs. 4.567.200.- y en consecuencia la modificación de la Escritura Social y los artículos 4 y 5 de los Estatutos.-- 3.- Aprobar la distribución del nuevo Capital Social (incluyendo el monto capitalizado), en proporción a la participación accionaria de los Socios en la Sociedad, de conformidad al siguiente detalle.-
Así mismo, encomendar al Representante Legal de la Sociedad seguir todos los procedimientos establecidos por el Código de Comercio, para la modificación de la Escritura Social y los Estatutos en representación de la Sociedad emergentes del aumento del Capital Social; con las facultades de otorgar la Escritura modificatoria ante Notario de Fe Pública, y hacer el registro correspondiente ante FUNDEMPRESA.- Sin otro asunto que tratar fue clausurada la Junta, habiéndose encomendado la suscripción del Acta a los Socios Carla Ugalde Quiroz y Álvaro Hans Ugalde Beyer, representado por Álvaro Ugalde Canedo, conjuntamente con el Presidente y el Secretario.-- Fdo.- Ilegible.- Ramiro Bolívar Pérez.- Presidente.-- Fdo.- Ilegible.- Antonio Rocabado.- Secretario.-- Fdo. Ilegible.- Carla Ugalde Quiroz.- socia.-- Fdo.- Ilegible.- Álvaro Ugalde Canedo.- Rep. Álvaro Ugalde Beber.- socio.—- CONCUERDA: LA PRESENTE COPIA COMPUTARIZADA DEL ACTA DE SU REFERENCIA AL QUE EN CASO NCESARIO ME REMITO DOY FE.- Cochabamba, 27 de Mayo del 2011.- Sello.- María Rosario Foronda de Trigo.- Notaria de Fe Pública N° 13, Cochabamba – Bolivia.-- Fdo. Ilegible.- Sello.- Ma. Rosario Foronda de Trigo, Abogada, M.C.A. 1112 – NIT 816686019, Notaria de Fe Pública N° 13, Cochabamba – Bolivia.-— PROSIGUE.- Es copia fiel de la minuta la misma que bajo el Número; QUINIENTOS SETENTA Y CINCO, queda agregada y archivada en su respectivo legajo de documentos y minutas consignadas con el número respectivo.-- ACEPTACIÓN.- Los otorgantes del presente instrumento público, manifestaron aceptar todas y cada una de las partes componentes del mismo por estar de acuerdo con su tenor íntegro.-- CONCLUSIÓN.- En cuya conformidad y poniéndola en la forma de derecho más amplia queda extendida la presente escritura pública, otorgada de acuerdo al tenor de la minuta al efecto transcrita, en cuyo tenor se afirman y ratifican, firmando los que saben juntamente con los otorgantes en legal forma y en testimonio de verdad así dijeron, lo otorgan y suscriben previa lectura de su tenor junto a los testigos instrumentales: Oscar D. Camacho Moya C.I. N° 2236982 L.P. y Felicia Castro Amaya C.I. N° 8859604 Cbba., mayor de edad, hábiles por derecho y capaces al efecto.- Doy fe.-- Fdo. Ilegible.- Simón Ramiro Bolívar Pérez, C.I. 758479 Cbba.-- Firmado.- Ilegible.-- Firmado.- Ilegible.- Testigos.- Ante mí.-- Firmado.- Ilegible.- Sello. Dra. María Rosario Foronda de Trigo.- Abogada, Notaria de Fe Pública N° 13.- Sello Notarial.
PASO ANTE MI EN FE DE ELLO SIGNO Y FIRMO.-
Cochabamba, 27 de mayo de 2011.
Ma. Rosario Foronda de Trigo, Abogado.- M.C.A. 1112. NIT 816686019 Notaria de Fe Pública N° 13. Cochabamba – Bolivia.
Fuente: LA PATRIA
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