Viernes 27 de mayo de 2011

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EL DR. RICARDO E. FLORES CARVAJAL JUEZ. DE PARTIDO TERCERO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL DE (ORURO - BOLIVlA).
Hace saber al público en general sobre el REMATE de las acciones y derechos (50%) que le corresponden y/o pertenecen al Ejecutado Saúl Wildy Sánchez Mollo sobre el bien inmueble ubicado en calle Toledo esquina Villazón, registrado bajo la matrícula No. 4.01.1.01.0028932, para el día 13 de Junio de 2011 a horas 16:00 en el Hall del Palacio de Justicia de la H. Corte Superior de Oruro, dentro el proceso EJECUTIVO seguido por JOAQUIN MAYDANA LAURA representado por Rafael Encinas Ballón contra SAUL SANCHEZ MOLLO a cuyo tenor se transcriben los siguientes actuados judiciales.--- AUTO CURSADO A FOJAS 145 DE OBRADOS.-- VISTOS: En mérito a la aclaración efectuada por el perito de la parte ejecutante se dispone: En aplicación del art. 38-I-II-III de la ley No. 1760 de 28 de febrero de 1997, dentro el proceso Ejecutivo seguido por Joaquín Maydana Laura representado por Rafael Encinas Ballón contra Saúl Sánchez Mollo, se señala Audiencia de Remate en subasta pública para el día 13 de Junio de 2011 a horas 16:00 en Hall del Palacio de Justicia de la H. Corte Superior de Oruro, de las acciones y derechos (50%) que le corresponden y/o pertenecen al Ejecutado Saúl Wildy Sánchez Mollo sobre el bien inmueble ubicado en calle Toledo esquina Villazón, registrado bajo la matrícula No. 4.01.1.01.0028932, en el 50% de su avalúo pericial de fs. 110-114 aprobado por auto de 21 de Febrero de 2011, en la suma de $us. 49.500,00 (Cuarenta y nueve mil quinientos 00/100 dólares americanos), designándose a este fin en calidad de Martillera Judicial a la Dra. Ana María Valverde Alave en suplencia legal del No. 3 de este Distrito, a quien deberá notificársele conforme a derecho. Las personas interesadas en el presente remate deberán empozar el 20% del monto señalado en el Departamento Financiero de la H. Corte Superior de Distrito de Oruro; y al existir restricción (hipoteca o gravamen) sobre el bien inmueble objeto de autos, en cumplimiento al Art. 1479 del Código Civil se dispone cítese a la Mutual de Ahorro y Préstamo El Progreso en la persona de su representante legal en su domicilio conocido, y por el presente aviso a otros acreedores que tengan constituidas hipotecas o anticresis; en consecuencia lábrese el aviso de ley previas las formalidades de rigor, y publíquese el mismo por lo menos dos veces con intervalos de seis días en un órgano de prensa de Circulación Nacional autorizado por Sala Plena de la Corte Superior de Distrito y en días hábiles. Reg.-- FDO. DR. LUIS FERNANDO ZEBALLOS CASTRO.- JUEZ DE PARTIDO CUARTO EN LO CIVlL -
Fuente: LA PATRIA