24 de mayo de 2011.- DE LA ESCRITURA PUBLICA DE MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA PRIMERA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA SANKYO.- BOLIVIA SRL., SUSCRITO POR LOS SEÑORES ARTURO WISTON KOTORIY LEWIS, AKEMI FABIANA KOTORIY RUELAS, MARIA DEL CARMEN BELTRAN PACHECO, SOCIOS DE SANKYO – BOLIVIA SRL.—
En esta ciudad de Cochabamba, a horas quince del día de hoy veinticuatro de mayo del año dos mil once, ante mi Dra. MARIA ESTHER LÓPEZ VARGAS, Notaria de Fe Pública de Primera Clase No. 41 de este Distrito Judicial, con residencia fija en la Capital y testigos que al final se nombran y suscriben, comparecieron los señores: ARTURO WISTON KOTORIY LEWIS con C.I. No. 208170 L.P., AKEMI FABIANA KOTORIY RUELAS, con C.I. 2600582 L.P. y MARIA DEL CARMEN BELTRAN PACHECO, con C.I. 2284758 L.P., mayores de edad, hábiles por derecho, a quienes de identificarles en oficina doy fé y dijeron: Que, se registre y se convierta a escritura pública una de MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA PRIMERA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, y sea en conformidad a términos y condiciones que consta en el mencionado documento que para convertirlo en instrumento público me han entregado el mismo que trascrito literalmente como base fundamental del contrato y en cumplimiento al Artículo Veintitrés de la Ley del Notariado en actual vigencia es del tenor que sigue:— M I N U T A.— SEÑOR NOTARIO DE FE PUBLICA .— Entre los registros de escrituras públicas que cursan a su cargo sírvase insertar una de modificación de la cláusula primera de la escritura de constitución de sociedad, de la Sociedad de Responsabilidad Limitada SANKYO.- BOLIVIA SRL. Conforme a las cláusulas y términos siguientes:
PRIMERA. PARTE.—
1.1 ARTURO WISTON KOTORIY LEWIS, con C.I. No. 208170 L.P.-
1.2 AKEMI FABIANA KOTORIY RUELAS, con C.I. 2600582 L.P.-
1.3 MARIA DEL CARMEN BELTRAN PACHECO, con C.I. 2284758 L.P.-
SEGUNDA. ANTECEDENTES.—
1.1 Mediante escritura pública Nro. 19/97, otorgada por ante notario de fe pública Dr. Abraham Lazarte L. se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada SANKYO.- BOLIVIA SRL.—
1.2 Mediante escritura pública Nro 902/06 otorgada por notario Dr. Angel Jiménez M. se procede a la aclaración de enmienda de la constitución de sociedad.—
1.3 Mediante testimonio No. 106/2011, otorgado por notaria Dra. María Esther López, se procede a la transferencia de cuotas de capital y aumento de capital.—
TERCERA.- MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA PRIMERA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD.- Las partes nombradas en la cláusula primera acuerdan modificar la cláusula primera de la escritura pública Nro. 19/97 de fecha 8 de enero de 1987, otorgada por ante notario de fe pública Dr. Abraham Lazarte L. Por la que se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada SANKYO – BOLIVIA S.R.L. por el siguiente texto.— “RAZON SOCIAL, DOMICILIO.- LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, GIRARÁ BAJO LA RAZON SOCIAL DE SANKYO.- BOLIVIA SRL., CON DOMICILIO PRINCIPAL EN LA CIUDAD DE COCHABAMBA, PUDIENDO ESTABLECER AGENCIAS O SUCURSALES EN OTROS DISTRITOS DE LA REPÚBLICA Y EN EL EXTERIOR DEL PAIS, DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE SU GIRO COMERCIAL.— C U A R T A.- RATIFICACION.- Por lo demás todas y las demás cláusulas de la escritura de constitución y otras quedan ratificadas en su integridad.— Q U I N T A.- ACEPTACIÓN.- Las partes nombradas en la cláusula primera declaran su conformidad con el tenor del presente documento firmando el mismo en señal de conformidad. Y Ud. Señor notario sírvase insertar las demás cláusulas de estilo y seguridad.— Cochabamba, 20 de mayo de 2011.- Fdo. Ilegible.- sello: Bufete & Asociados, Edson E. Medrano Lazarte, Abogado, M.C.A. 2402 M.N.A. 7246, NIT 1021921020.— Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible.— ACTA DE ASAMBLEA DE SOCIOS DE SANKYO.- BOLIVIA SRL.—- En la ciudad de Cochabamba a los 18 días del mes de mayo de 2001, a Hrs. 20:00, en el domicilio legal de la Sociedad, se reunió la Asamblea Extraordinaria de Socios de SANKYO – BOLIVIA SRL., bajo la presidencia del Sr. Arturo Wiston Kotoriy Lewis, con la presencia de las socias María del Carmen Beltrán Pacheco y Akemi Fabiana Kotoriy Ruelas, que en su conjunto forman el 100% de cuotas de capital, a continuación, se instaló la Asamblea Extraordinaria de socios a fin de considerar el siguiente orden del día:
1.- PUNTO UNICO.- MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA PRIMERA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD.—
PUNTO UNICO.- Instalado el acto, se puso en consideración el punto único del orden del día, al cual con el uso de la palabra la socia María del Carmen Beltrán propuso que para evitar malas interpretaciones respecto al domicilio de la empresa, se debe proceder a la modificación de la cláusula primera de la escritura de constitución de sociedad proponiendo el siguiente texto: “RAZON SOCIAL, DOMICILIO, LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, GIRARA BAJO LA RAZON SOCIAL DE SANKYO .- BOLIVIA SRL, CON DOMICILIO PRINCIPAL EN LA CIUDAD DE COCHABAMBA, PUDIENDO ESTABLECER AGENCIAS O SUCURSALES EN OTROS DISTRITOS DE LA REPÚBLICA Y EN EL EXTERIOR DEL PAIS, DE ACUERDO A LAS NECESIDADES DE SU GIRO COMERCIAL, Moción que fue aceptada por los socios asistentes, quienes autorizaron se realicen los trámites necesarios para dicha modificación.—
Agotado el orden del día se declaro cuarto intermedio para la redacción del presente acta y se la aprobó en su integridad sin observación alguna. Clausurándose la reunión a Hrs. 21:30. Y firmando los concurrentes:
Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible.—
P R O S I G U E.- Es copia fiel de sus originales que bajo el número DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO QUEBRADO DOS MIL ONCE quedan archivados e incorporados en el respectivo legajo de minutas y documentos.- A C E P T A C I O N.- Presentes los interesados de las generales dijeron que aceptan el tenor integro de la presente escritura pública de MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA PRIMERA DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, sin nota ni observación alguna.— C O N C L U S I O N.- En testimonio de verdad de que así dijeron leída que les fue de principio a fin, firman juntamente con las testigos instrumentales de oficina Mario Vargas Pérez con C.I.No. 2757456 Or., y Francisco Fuertes Taboada con C.I.No. 1215629 Pts., mayores de edad, vecinas de ésta, hábiles por derecho, capaces para el acto; doy fe.—
(Firmado) ARTURO WISTON KOTORIY LEWIS.- (Firmado) AKEMI FABIANA KOTORIY RUELAS.- (Firmado) MARIA DEL CARMEN BELTRAN PACHECO.- Fdo. Ilegible.- Fdo. Ilegible.- Testigos.- ante mi: Fdo. Ilegible.- sello: María Esther López Vargas, Abogada Notaria de Fé Pública de Primera Clase No. 41.-
PASO ANTE MI SIGNO, AUTORIZO Y FIRMO; DOY FE.-
Fuente: LA PATRIA
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