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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 La independencia de los Poderes del Estado - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Una de las características de todos los textos constitucionales que han tenido vigencia en el país, es que en forma tácita, explícita, terminante y categórica, establece la independencia de los Poderes del Estado; es decir que los tres: Legislativo, Ejecutivo y Judicial tienen absoluta independencia, no depende ninguno de los otros; no puede ni debe haber interferencia entre ellos.
Según el nuevo texto constitucional, los componentes del Poder Judicial “deben ser elegidos por el voto ciudadano”; pero, según reglamentaciones discutidas y aprobadas, ninguno de los posibles candidatos puede hacer uso de su libertad de pensamiento y expresión; es decir, no puede ni debe darse a conocer –salvo mediante el Poder Electoral– pero no por medio alguno de comunicación.
La medida es arbitraria y extraña porque no cabría “elegir a ciegas”; es decir, coartarle al ciudadano el derecho de escoger entre quienes resulten los más aptos, idóneos, debidamente preparados, con antecedentes que no impliquen duda alguna sobre su formación moral, ética, en el ejercicio de la abogacía, aparte de otros méritos personales que, forzosamente, deben tener los funcionarios de poder tan importante.
El país, dígase lo que sea, está cansado de contar con un Poder Judicial manipulable, cuestionable y sujeto a interferencias o sugestiones o sugerencias de personajes pertenecientes a los otros poderes del Estado. Honestamente, hay que convenir en que, como norma general, el Poder Judicial no cuenta con la confianza ni credibilidad de la colectividad.
La elección de todos los altos funcionarios debe ser en base a méritos –demostrables y objetables públicamente–, formación profesional muy meritoria; experiencia en el desempeño de la abogacía y, además, títulos obtenidos y con las especializaciones debidas. Jueces y otros altos dispensadores de justicia, no pueden ni deben ser designados “a dedo” al estilo de senadores y diputados plurinominales que no han necesitado del voto ciudadano sino sólo del favor político-partidista o de la voluntad del “jefe” cuyo dedo se ha convertido, desde el año 1956, en dador de poderes, vulnerando principios democráticos y derechos ciudadanos.
Quienes compongan el Poder Judicial en el futuro, forzosamente deberán dar exámenes públicos de competencia; no pueden ni deben ser designados por favoritismos partidarios ni presiones ni recomendaciones ni imposiciones de ninguna clase. Debe entenderse que los candidatos, por moral, ética profesional, honestidad y responsabilidad, no deben prestarse al manipuleo ni a ser objeto de juegos que nada tienen que ver con la majestad de la justicia.
Quienes ejerzan funciones en el Poder Judicial deben tomar conciencia de que estudiarán, analizarán y aplicarán con equidad, ecuanimidad y justicia la Constitución y las leyes correspondientes a las materias que deben administrar; de otro modo, serán simples ejecutores de voluntades ajenas a la misma función imparcial que deben ejercer con peligro de estar disponibles para el chantaje, la vendimia, las políticas del “dejar hacer y dejar pasar” y ser instrumentos de intereses creados. Quienes han redactado, aprobado y siquiera sugerido reglamentos donde el juez, de hecho, utilice bozal para su conciencia y la colectividad nacional pierda sus derechos, han actuado deshonesta e irresponsablemente.
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