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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Elecciones mudas y desinformadas contradicen preceptos de la CPE - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Elecciones mudas y desinformadas contradicen preceptos de la CPE
06 may 2011
Fuente: LA PATRIA
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Las elecciones mudas y desinformadas para magistradas y magistrados del Tribunal Supremo de Justicia a las que nos están llevando los actuales asambleístas del oficialismo y miembros del TSE (Tribunal Supremo Electoral), contradicen lo establecido por la Constitución Política del Estado (CPE), manifestó el asambleísta departamental por el Movimiento Sin Miedo (MSM), José Luis Toco.
La CPE, en su artículo 106, Parágrafos I, II, II y IV, refiere textualmente: “El Estado garantizará el derecho a la comunicación y el derecho a la información”. “Qué el Estado garantiza a las bolivianas y bolivianos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente sus ideas por cualquier medio de comunicación sin censura previa”. “El Estado garantiza a las y los trabajadores de la prensa, la libertad de expresión, el derecho a la comunicación y a la información”. “Se reconoce la claúsula de conciencia de los trabajadores de la información”.
El asambleísta departamental y jefe de bancada del MSM, prosiguiendo con su análisis, mencionó el artículo, 82 de la Ley del Régimen Electoral, referido a que en el marco del régimen especial de propaganda para los procesos de elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, se establecen las siguientes prohibiciones:
“Efectuar directa o indirectamente cualquier forma de campaña o propaganda relativa a su postulación, en medios de comunicación radiales, televisivas, escritos o espacios públicos”. “Manifestar opinión ni tratar temas vinculados directa o indirectamente a su postulación en foros públicos, encuentros u otros de similar índole”.
También prohíbe a los candidatos emitir opinión a su favor, o a favor o en contra de otros postulantes, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos o espacios públicos.
Según Toco lo más lamentable y aberrante con tinte dictatorial, se encuentra escrito en el parágrafo III de esta Ley, que refiere: “A partir de la convocatoria, ninguna persona particular, individual o colectiva, organización social, colegiada o política, podrá realizar campaña o propaganda a favor o en contra de alguna o algún postulante, por ningún medio de comunicación, incluyendo internet y mensajes masivos de texto por telefonía celular, constituyendo falta electoral sin perjuicio de su calificación penal”.
En cuanto al reglamento de preselección de candidatos, creemos que tal y como lo han presentado es necesaria y urgente su anulación, caso contrario la mayoría oficialista en la Asamblea Legislativa Plurinacional permitirá la habilitación de funcionales al Gobierno, como postulantes al órgano judicial.
Creemos que una de las trampas para favorecer a los masistas está en la Comisión de Constitución, dominada por el Movimiento Al Socialismo (MAS), que se encarga de elaborar el reglamento y la preselección de los aspirantes, siendo en este sentido juez y parte”, explicó.
Sobre las restricciones a la difusión de los antecedentes de los candidatos, afirmó Toco, sólo se efectuaría por tres medios escritos, ¿por qué no puede ser por absolutamente todos los medios?, cuestionó.
“Creemos que el soberano en última instancia será el que en el momento de emitir su voto lo hará marcando por algún postulante o candidato, caso contrario la democracia también permite el derecho a votar en blanco, cuidado que por no corregir errores subsanables en este momento, en el futuro cercano tengamos sorpresas”, advirtió.
Fuente: LA PATRIA
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