OEA confirma que recomendó a Haití reconocer datos preliminares de legislativas
01 may 2011
Fuente: Washington, 29 (EFE).-
La Misión de Observación Electoral Conjunta de la OEA y de Caricom confirmó hoy (ayer) que ha recomendado a las autoridades haitianas que den por válidos los resultados preliminares de los comicios legislativos, informó en un comunicado.
En la publicación de los resultados definitivos de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales y legislativas que se celebraron el 20 de marzo en Haití los resultados preliminares legislativos en 17 circunscripciones y un departamento fueron invertidos como consecuencia de las decisiones tomadas por el Buró Contencioso Electoral Nacional (BCEN) de Haití.
El cambio favoreció al partido oficialista y suscitó protestas.
La misión aceptó analizar a solicitud de las autoridades haitianas las decisiones tomadas por el Consejo Electoral Provisional (CEP) en estos 18 casos.
Con base en la revisión de las actas, la misión “recomendó el retorno a los resultados preliminares en cada uno de los 18 casos examinados”, señaló en un comunicado difundido en Washington.
La misión comenzó su trabajo en el CEP, donde consultó todos los documentos entregados por las partes demandantes y demandadas, así como las medidas tomadas por el BCEN para comparar las informaciones contenidas en los expedientes con los motivos de las decisiones.
Después, la misión se dirigió al Centro de Tabulación de los Votos (CTV) para emprender contra-verificaciones de las actas electorales que fueron contabilizadas o anuladas por las decisiones del BCEN y que condujeron al cambio en el orden de los candidatos.
En sus conclusiones, la misión afirma que, sin duda, bajo la presión de las fechas límite -finalmente no respetadas- y de otras restricciones, “parecería que los jueces no se armaron de la serenidad y de la paciencia necesarias para hacer un trabajo riguroso al formular sus decisiones”.
Los argumentos de ambas partes no son expuestos ni discutidos en detalle y las decisiones se limitan a proclamar al ganador sin describir los motivos ni el razonamiento que llevó a esa decisión.
En general, las medidas del BCEN están basadas en la solicitud de una de las partes para contabilizar las actas electorales a su favor que fueron excluidas por el CTV o para excluir actas electorales a favor del candidato opositor que fueron contabilizadas, e inclusive a veces las dos solicitudes simultáneamente.
Sin evaluar las pruebas y sin motivar su decisión para aceptar o rechazar un recurso, el BCEN simplemente señaló que las pruebas eran suficientes o insuficientes.
En contradicción con los criterios establecidos por el propio CEP, los jueces del BCEN tomaron la decisión de contabilizar, sin previa verificación, actas electorales que habían sido excluidas con justa razón por el CTV, asegura la misión.
Asimismo, tomaron la decisión de excluir ciertas actas conformes con los criterios de validez establecidos por el CEP sin haber realizado la constatación de las alegaciones de los candidatos denunciantes en el CTV.
En ninguno de los casos analizados los jueces del BCEN utilizaron su capacidad para efectuar verificaciones en el CTV.
“Esto afectó profundamente los fundamentos y la validez de las decisiones adoptadas que implicaban la contabilización o la validación de las actas impugnadas”, sostiene la misión.
Por su parte, las partes que cuestionaban la exclusión o la validación de las actas no siempre proporcionaron pruebas sólidas o pertinentes para justificar sus alegaciones, explica.
Las partes demandantes tampoco demostraron que la exclusión de las actas en su favor no era justificada.
Fuente: Washington, 29 (EFE).-
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