Jueves 28 de abril de 2011

ver hoy








































































EL DR. JORGE MEJÍA GUERRA JUEZ DE INSTRUCCIÓN SEGUNDO DE FAMILIA DE LA CAPITAL (ORURO - BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:
Por el presente EDICTO, cita, llama y emplaza a RUBÉN IVÁN IRIGOYEN MORALES para que por sí o mediante apoderado asuma defensa dentro el proceso de ASISTENCIA FAMILIAR (INCIDENTE DE AUMENTO DE ASISTENCIA FAMILIAR) seguido por IVÁN IRIGOYEN CASTELLÓN en su contra, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- SÍNTESIS MEMORIAL QUE CURSA A FS. 95 - 95 Vlta. IVÁN IRIGOYEN CASTELLÓN.- APERSONAMIENTO.- Plantea Incidente de Aumento de Asistencia Familiar en la suma de Bs. 1,000.- (UN MIL 00/100 BOLIVIANOS). Fdo. Abogado. Fdo. Interesado.- DECRETO QUE CURSA A FS. 96.- A, 11 de Junio de 2010.- Con carácter previo cumpla lo dispuesto por el art. 93 del C.P.C. y con su resultado se dispondrá lo que fue de ley.- Fdo. Dra. Mirra Álvarez Balderrama, Juez de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro - Bolivia. Fdo. Ante mí: Dra. Erika Jenny Flores Cortez.- Actuaria Juzgado de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro - Bolivia. SÍNTESIS MEMORIAL QUE CURSA A FS. 98. IVÁN IRIGOYEN CASTELLÓN.- CUMPLE LO OBSERVADO.- Fdo. Abogada. Fdo Interesado.- DECRETO QUE CURSA A FS. 99.- A, 18 de Junio de 2.010. Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto por proveído de fecha 11 de junio de 2010 de fs. 96. Se pasa a providenciar el memorial de fs. 95-95 Vlta.- Habiendo alcanzado la mayoría de edad Iván Irigoyen Castellón, téngase por apersonado al mismo, y hágasele conocer ulteriores proveídos a dictarse por este Despacho Judicial. Al Otrosí 1ro.- Con carácter previo a la admisión del Incidente de Aumento de Asistencia Familiar, la parte actora refiérase al traslado corrido a fs. 89 Vlta. de obrados de fecha 25 de octubre de 2007. Al Otrosí 3ro.- Por señalado el domicilio procesal.- Fdo. Dra. Mirra Álvarez Balderrama, Juez de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia. Fdo. Ante mí: Dra. Erika Jenny Flores Cortez.- Actuaria Juzgado de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia.- SÍNTESIS MEMORIAL QUE CURSA A FS. 101-101 Vlta. IVÁN IRIGOYEN CASTELLÓN.- RESPONDE A TRASLADO.- Fdo. Abogada. Interesado.- AUTO QUE CURSA A FS. 102.- A, 01 de septiembre de 2010.- VISTOS.- Téngase por contestada en forma negativa por la parte demandante al memorial de fs. 89, en ese mérito se salva los derechos de la parte demandada a la instancia llamada por ley, habiéndose dado cumplido a lo dispuesto por decreto de fecha 18 de junio de 2010 de fs. 99, se pasa a providenciar al memorial de fs. 95-95 Vlta.- Habiendo alcanzado la mayoría de edad, téngase por apersonado a Iván Irigoyen Castellón, y hágasele conocer ulteriores proveídos a dictarse por este Despacho Judicial. Al Otrosí 1ro.- Téngase por formulado el incidente de Incremento de Asistencia Familiar. TRASLADO en forma personal a RUBÉN IVÁN IRIGOYEN MORALES, para que conteste dentro el término de ley. Al Otrosí 2do.- Por ofrecida prueba literal de cargo, a fs. dos (fotocopias de cédula de identidad y certificación en original), con noticia contraria. Al Otrosí 3ro.- Por señalado el domicilio procesal.- Providenciando el memorial de fs. 98.- Se tiene presente, y estese a lo dispuesto. Al otrosí 1ro.- Por señalado el domicilio procesal.- Regístrese.- Fdo. Dr. Juan Carlos Selaya Rojas, Juez Instructor Tercero de Familia (en suplencia legal).- Oruro – Bolivia. Fdo. Ante mí: Dra. Erika Jenny Flores Cortez.- Actuaria, Juzgado de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia.- SÍNTESIS DEL MEMORIAL QUE CURSA A FS. 119, IVÁN IRIGOYEN CASTELLÓN.- NOTIFICACIÓN POR EDICTO. Fdo. Abogada. Fdo. Interesado.- DECRETO QUE CURSA A FS. 120.- A, 21 de enero de 2011.- En consideración a lo expuesto en el informe de fs. 118, se dispone que la Citación del demandado RUBÉN IVÁN IRIGOYEN MORALES, con el Incidente de Aumento de Asistencia Familiar, sea mediante Edictos de Ley, a objeto de que comparezca y conteste en el plazo de 30 días, desde la primera publicación del edicto en días hábiles, en caso de no comparecer dentro este plazo, la causa proseguirá. Líbrese edicto de ley, previo juramento previsto por el Art. 124 Prg. III del Código de Procedimiento Civil, sea con las formalidades de rigor. Fdo. Dr. Jorge Mejía Guerra Juez de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia. Fdo. Ante mí: Dra. Erika Jenny Flores Cortez.- Actuaria. Juzgado de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia.- ACTA DE JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO QUE CURSA A FS. 123.- Fdo. Interesado. Fdo. Dr. Jorge Mejía Guerra Juez de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia. Fdo. Ante mí: Dra. Erika Jenny Flores Cortez.- Actuaria Juzgado de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Fuente: LA PATRIA