Jueves 14 de abril de 2011

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El Dr. MÁXIMO COLQUE MAMANI JUEZ DE PARTIDO MIXTO ORDINARIO Y SENTENCIA PENAL NIÑEZ ADOLESCENCIA Y TRABAJO SEGURIDAD SOCIAL DE LA PROVINCIA CERCADO CON ASIENTO EN CARACOLLO DEL DEPARTAMENTO DE ORURO-BOLIVIA POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.
Mediante el presente EDICTO DE LEY se notifica con la SENTENCIA al demandado SANTIAGO MAMANI BERNAL dentro del proceso de Usucapión seguido por ÁNGEL JANAYO FERNÁNDEZ Y OTROS contra SANTIAGO MAMANI BERNAL. A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley. MEMORIAL QUE CURSA A FS. 109.- (Síntesis): Ángel Janayo Fernández y Otros Solicitan Edicto de Notificación con la Sentencia dentro el juicio de Usucapión contra Santiago Mamani Bernal con generales de ley expone y piden que habiéndose dictado la Sentencia probada solicitan se libre el correspondiente Edicto para la notificación al demandado. Fdo. abogado. Fdo. interesada. Corren cargos de presentación. DECRETO QUE CURSA A FS. 109 Vlta. A, 5 de Abril de 2011.- A mérito de la solicitud por Secretaría líbrese el Edicto sea con las formalidades legales. Fdo. Dr. Máximo Colque Mamani Juez del Juzgado de Partido Mixto Ordinario y Sentencia Penal de la Provincia Cercado con Asiento en Caracollo- Fdo. Dra. Mercedes Orozco Colque Secretaria del Juzgado de Partido Mixto Ordinario y Sentencia Penal de la Provincia Cercado con Asiento en Caracollo.-- PARTE DISPOSITIVA DE LA SENTENCIA de fs. 103-106 de OBRADOS.-- POR TANTO El suscrito Juez de Partido Mixto Ordinario y de sentencia en lo Penal Niñez y Adolescencia, Trabajo y Seguridad Social de la Provincia Cercado con asiento en la localidad de Caracollo del Departamento de Oruro Bolivia, administrando Justicia en primera instancia FALLA declarando PROBADA la demanda de fs. 40, 41 y 44 de obrados en previsión del art. 138 del Código Civil adquirir la posesión de un bien inmueble por Usucapión interpuesta por Leonardo Quispe Condori, Braulio Quispe Condori, Isbertha Quispe Condori y Ángel Janayo Fernández, como herederos al fallecimiento de su madre Juana Condori Ticona Vda. de Quispe y al fallecimiento de Alejandrina Quispe Condori esposa de Ángel Janayo Fernández, disponiendo lo siguiente.- PRIMERO: Se concede y otorga el derecho de propiedad declarándose como únicos legítimos propietarios a los señores: LEONARDO QUISPE CONDORI, BRAULIO QUISPE CONDORI, ISBERTHA QUISPE CONDORI y ÁNGEL JANAYO FERNÁNDEZ, por efecto de Usucapión decenal o Extraordinaria de un bien inmueble que se encuentra ubicado en la Zona Norte de Caracollo en la calle Soledad entre las calles Oruro y La Paz con forma irregular, con un frente de 10.mts, un fondo de 42,30 mts haciendo un total de 423,00 Mts2, con las siguientes colindancias al Norte con la calle Soledad, al Sud con la propiedad sin nombre, at Este con la propiedad del Sr. Enrique Flores y al Oeste con la propiedad del Sr. Víctor Catari. SEGUNDO: En ejecución de sentencia una vez Ejecutoriada la presente resolución expídase la correspondiente minuta de propiedad para su correspondiente protocolización ante cualesquier Notario de Fe Pública de la capital o de ésta localidad de Caracollo para que posteriormente sea registrado en la oficina de Derechos Reales de la ciudad de Oruro. Y le sirva de suficiente título de Derecho Propietario previo cumplimiento de los requisitos exigidos por ley y pago de impuesto sucesorio, a cuyo efecto se libre la correspondiente Ejecutorial de ley como fue la presente resolución.- ESTA SENTENCIA CUYA COPIA SERÁ ARCHIVADA DONDE CORRESPONDA, SE FUNDA EN LAS DISPOSICIONES LEGALES CITADAS A LO LARGO DE SU TEXTO Y ES PRONUNCIADA EN LA LOCALIDAD DE CARACOLLO PROVINCIA CERCADO DEL DEPARTAMENTO DE ORURO BOLIVIA A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL DOS MIL ONCE REGÍSTRESE. Fdo. Dr. Máximo Colque Mamani.- Juez del Juzgado de Partido Mixto Ordinario y Sentencia Penal de la Provincia Cercado con Asiento en Caracollo.- Fdo. Dra. Mercedes Orozco Colque Secretaria del Juzgado de Partido Mixto Ordinario y Sentencia Penal de la Provincia Cercado con Asiento en Caracollo.
Fuente: LA PATRIA