Miercoles 06 de abril de 2011

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Bolivia - Nacional
Serán designados y controlados por el Ministerio de Gobierno
Gobierno promulgó ley que autoriza el trabajo de agentes encubiertos
06 abr 2011
Fuente: La Paz, 05, LA PATRIA.-
La finalidad de la norma, según el ministro Sacha Llorenti, es cautelar, proteger y resguardar la ética, disciplina, el servicio público policial, los intereses y la imagen institucional de la Policía
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A partir de hoy el Ministerio de Gobierno controla el desempeño de agentes encubiertos que tienen la misión de vigilar a los más de 30 mil policías distribuidos en distintos destinos en todo el país. El ministro de Gobierno, Sacha Llorenti confirmó ayer la promulgación de la Ley 101 de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, que autoriza la pesquisa de funcionarios clandestinos para investigar presuntos vínculos de policía con hechos de corrupción y actividades delictivas.
La finalidad de la norma, según el Ministro, es cautelar, proteger y resguardar la ética, disciplina, el servicio público policial, los intereses y la imagen institucional de la Policía.
“Esta Ley habilita la posibilidad de utilizar agentes encubiertos para luchar contra la corrupción policial, en contra de los vínculos entre algunos malos policías con delincuentes de distinta índole”, dijo Llorenti.
“Creemos que finalmente esta ley será un impulso fundamental en este proceso de reestructuración imprescindible de la Policía Boliviana”, argumentó.
ANTECEDENTES
Los agentes encubiertos fueron autorizados por primera vez para luchar contra el narcotráfico en el Código de Procedimiento Penal de 1999. La diferencia principal con los agentes del Ministerio de Gobierno radica en que los agentes encubiertos antidroga deben ser autorizados por una orden de juez competente ante solicitud de un fiscal. El artículo 282 de la norma procesal penal establece qué “en la investigación de delitos vinculados al tráfico ilícito de sustancias controladas, en caso de ausencia o insuficiencia de medios de prueba, el fiscal podrá solicitar fundadamente, bajo su responsabilidad, al juez de la instrucción, autorización para la intervención, en calidad de agentes encubiertos, de miembros de la Policía Nacional altamente calificados, sin antecedentes penales o disciplinarios, que presten su consentimiento al efecto”.
Fuente: La Paz, 05, LA PATRIA.-