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Viernes 25 de marzo de 2011

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Perspectiva Minera

En busca de un sistema tributario minero flexible y competitivo

25 mar 2011

Fuente: LA PATRIA

El actual sistema de impuestos impide generar más excedentes • Se carece de fuentes concretas para medir el impacto impositivo • Según el Gobierno las tasas son bajas, empresarios dicen lo contrario

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Hay una serie de dudas sobre los montos que realmente se recaudan por la vía impositiva en materia de minería. Por un lado se menciona el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) a lo que se sumarían las regalías. De la primera fuente, IUE, se depositan los montos que correspondan al municipio y que se descuentan de manera directa a las empresas consolidan un ingreso “saneado” con destino al TGN. Por otra parte están las Regalías Mineras cuyo monto se distribuye entre la Gobernación y los municipios donde se desarrollan las operaciones mineras, hablándose hipotéticamente de la “posibilidad de encarar un ahorro” para tareas de exploración específicamente que garanticen en el futuro operaciones permanentes, que signifiquen fuentes de empleo seguro y obtención de utilidades reales que garanticen más y mejores inversiones.

Un trabajo de investigación sobre materia impositiva minera refiere que “resultó difícil establecer con certeza los montos que se recaudan vía impositiva y el destino de los mismos, tanto en el sector minero estatal, como en el privado, aunque en éste segundo caso se estima que más del 50 % de obtención “ganancial” se queda en las empresas o migra hacia centros administrativos de algunos consorcios que todavía activan la minería nacional.

INCENTIVOS

Ahora bien, cuando se hacen los análisis consiguientes en materia de minería e impuestos, según los investigadores, pero principalmente en criterio de los operadores mineros, el sistema tributario minero en Bolivia “No incentiva la Reinversión de Utilidades en proyectos de generación de mayor valor agregado que favorezca al sistema productivo minero, por tanto y dicho de la manera más franca: “Es mejor salvar los capitales que perderlos por inseguridad jurídica, por avasallamientos, o específicamente por disposiciones tributarias alejadas de la realidad” y que se convierten en “penalidades” a la inversión sin proporcionar incentivos de ninguna especie, como sucede en países vecinos como Chile o el Perú donde se han volcado las empresas mundiales más grandes en inversión y tecnología de minas.

Hay una lógica que debería estar en la mentalidad y en la práctica de las autoridades para obrar en consecuencia, sabiendo que para los capitalistas, cualquiera que fuesen estos, la principal garantía y seguridad para colocar capitales y transferir tecnología de última factura corresponde a un país donde el régimen impositivo sea accesible… es decir, allí donde se paguen menos impuestos. Es una razonable posición que debe ser tomada en cuenta a la hora de establecer las nuevas “tablas” de impuestos y regalías que estarán inmersas en la nueva Ley Minera.

Así tengamos listo un conjunto de disposiciones enmarcadas en la Ley de Minería, lo prudente es que las mismas hayan sido objeto de un tratamiento comparativo con iguales o parecidas normativas que rigen en otros países mineros, de modo que a tiempo de imponer una nueva estructura en el control de operaciones mineras, no aparezcamos en el extremo de la irrealidad y la incompetencia, que ahuyente inversionistas y los empuje hacia fáciles y accesibles mercados de la competencia externa y muy próxima a la nuestra.

Agencia URU

Fuente: LA PATRIA
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