Gobierno planea expropiar estaciones de servicios cercanas a fronteras
11 mar 2011
Fuente: La Paz, 10 (ANF).-
También proyecta confiscar surtidores donde no se emitan facturas
El gobierno planea embargar estaciones de servicio a 50 kilómetros de la frontera y confiscar surtidores que no emitan factura. El proyecto de ley ya pasó la primera instancia de aprobación en la Asamblea Legislativa.
Los propietarios de las gasolineras agrupadas en Asosur denuncian que el proyecto de ley, que está en trámite en el Legislativo, es discriminatorio, porque son excluidos del régimen general de contribuyentes pues se aplicarán “sanciones administrativas confiscatorias”.
Para la clausura definitiva se modificará el Código Tributario incluyendo el texto que especifica la venta de gasolinas, diesel y GNV establece que “la sanción consistirá en la clausura definitiva del establecimiento, sin posibilidad de que la misma sea convertida en multa”.
ESTATIZACIÓN
“Las estaciones de servicio que se encuentren dentro del radio de cincuenta (50) kilómetros de la frontera, se declaran de necesidad pública, estando sujetas al régimen de expropiación municipal, previo pago de justa indemnización”, establece el artículo 9 del proyecto de ley para el desarrollo y seguridad fronteriza.
En las fronteras del país, precisamente, dentro los 50 kilómetros, se instalaron 20 estaciones de servicio privadas para la venta de combustibles.
De esta manera, se expropiarán las estaciones que son de propiedad privada, señalan las emisarias de Asosur Santa Cruz, Cochabamba y La Paz, en representación de los propietarios de surtidores de combustibles del país.
La ley que está en tratamiento es expropiatoria, porque al embargar las estaciones de servicio se confisca propiedad privada “violentando el derecho constitucional a la propiedad privada, a la seguridad jurídica de las inversiones y al retorno razonable de las mismas”.
De igual manera, la ley viola “el principio constitucional de presunción de inocencia al condenar como contrabandistas a dichas estaciones por su proximidad fronteriza”, remarca el pronunciamiento de Asosur.
CONFISCACIÓN
El artículo 18 de la ley que está en proceso de aprobación establece que “cuando se verifique la no emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente por la venta de gasolinas, diesel y gas natural vehicular en estaciones de servicio autorizadas por la entidad competente, la sanción consistirá en la clausura definitiva del establecimiento”.
Al respecto Asosur asegura que “es una expropiación encubierta”, violando “el derecho constitucional a la propiedad privada, a la seguridad jurídica de las inversiones, al debido proceso y a la efectividad de los medios legales de impugnación”.
En el país hay 500 estaciones de servicio que los privados instalaron, invirtiendo entre 250 a 300 mil dólares.
“El artículo 18 ni siquiera da derecho al debido proceso, confiscan” la estación sin derecho a la defensa, indicó la representante de Asosur Santa Cruz, Susy Dorado, al manifestar que el proyecto de ley es contradictorio con lo señalado por el presidente Evo Morales, que pide inversiones.
Hay inseguridad jurídica para las inversiones privadas, pues si hoy se emplea capital privado en un sector, mañana hay el riesgo de que el Gobierno estatice confiscándolas, aseguran en Asosur.
La clausura definitiva de una estación de servicio dará lugar a la intervención por parte de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), “autorizando a YPFB su administración y operación”.
Al llegar a “la calidad de cosa juzgada”, la ANH “revocará, sin previo procedimiento administrativo, la licencia de operación de las estaciones de servicio”.
PENALIZACIÓN
Por otro lado, en Asosur expresaron su preocupación por la penalización del propietario de la estación de servicio que venda combustibles destinados al almacenamiento ilegal de carburantes.
La ley establece que la persona autorizada para operar una gasolinera “que facilite la comercialización, almacenamiento y transporte ilegal” de diesel, gasolinas o GNV “será sancionada con un tercio de la pena máxima establecida en Parágrafo I del presente Artículo” es decir con dos años de cárcel.
Además se revocará definitivamente la licencia de funcionamiento de la estación de servicio, señala la norma que está en tratamiento en la Cámara Baja.
Asosur pide a las autoridades de la Cámara de Diputados y al Gobierno escuche sus propuestas, pues son los principales afectados con la norma en tratamiento.
Fuente: La Paz, 10 (ANF).-
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresía Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del día en PDF descargable.
- Fotografías en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.