Un problema sumamente serio estará en el debate próximo de la Asamblea Constituyente y en las asambleas departamentales autónomas pues hay que entender que en esos niveles deberá aclararse la aplicación de los impuestos como el IVA, ICE, IT, las regalías mineras y petroleras, en realidad todo el conjunto de tributos nacionales que normalmente tendrían que ser transferidos a los gobiernos autónomos y no quedarse en la estructura de control nacional.
Por lo menos de momento la idea que prevalece en los sectores regionales es que los tributos recaudados en cada departamento sirvan al fortalecimiento de los proyectos que emanen tanto de las gobernaciones como de los municipios, organismo que a su vez y en el marco de normativas generales podrán crear cierto tipo de impuestos que regulen actividades y favorezcan a la comunidad.
En realidad ya está definido que los gobiernos autónomos departamentales y municipales tienen toda la potestad de crear impuestos, tasas y patentes que sirvan para regular servicios y para responder a expectativas ciudadanas en cada región, lo que entra en debate es cómo se manejarán administrativamente los impuestos nacionales que de algún modo llegan a las regiones a través de los planes generales que tiene el gobierno para cada departamento y que tal parece no son equitativamente distribuidos, ocasionando los problemas que son parte de reclamos justos de municipios y ciudades esperando siempre mayor atención gubernamental.
Ahí está la parte complicada que debe aclararse cuanto antes para dar vigencia al verdadero proceso autonómico, comenzando por definir las fuentes de ingreso que deben tener los gobiernos “independientes” y que según el Ministerio del Autonomías deben ser tres. Primero los ingresos propios que derivan de las tasas, contribuciones especiales, cobros por prestación de servicios y nuevos tributos luego se tomarán en cuenta las transferencias ordinarias del Estado y junto a éstas las reservas que están en los recursos de coparticipación tributaria, para finalmente acudir a las operaciones de crédito en el marco de la deuda interna como también de la deuda pública externa que sean autorizados por la legislación nacional.
Desde ya que existirán algunas atribuciones y no pocas limitaciones para el cumplimiento de la asignación de recursos por encima de la potestad que se atribuyen a los gobiernos autónomos, por ejemplo debe cuidarse de no caer en la doble tributación o la extraterritorialidad impositiva o crear condiciones adversas al libre tránsito o circulación de ciudadanos y vehículos en cualquier parte del territorio como lo dispone la CPE y que son normas que configuran la vigencia de un Estado soberano que además deberá aprobar a través de su Asamblea Plurinacional todas las alternativas viables que sean propuestas por los gobiernos autónomos departamentales y municipales.
La situación no es tan simple en su solución y dependerá de las condiciones que se den en el tiempo más breve posible para negociar la parte vital de la vigencia de procesos autonómicos, la generación y el uso de recursos financieros sin los cuales no funcionará el sistema de las autonomías. El caso de las competencias tributarias merece la mayor responsabilidad en su tratamiento antes de su aprobación de pleno consenso, un tema que se lo tenía en bajo nivel, y que sin embargo, es básico para la estructuración de los procesos autonómicos.
Fuente: LA PATRIA
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