Sábado 27 de noviembre de 2010
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La Gerencia Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales, de conformidad y en estricta aplicación del Artículo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley No. 2492, cita, llama y emplaza al contribuyente CONSTRUCTORAS DEL OCCIDENTE CONOC representado legalmente por el Sr. VILLARROEL LLANOS MARIO ALFOSO con NIT/RUC Nº 1010175020, para que mediante apoderado o representante legal se apersone ante la Unidad de Cobranza Coactiva de la Gerencia Distrital de Oruro, ubicada en la Avenida 6 de Octubre No. 5853 entre Junín y Ayacucho de esta ciudad, a objeto de tomar conocimiento del PROVEIDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA Nº 24-01396-10 de fecha 11 de noviembre de 2010, conforme lo señala el citado documento en su parte central: “Estando firme y legalmebte exigible la Resolución Determinativa Nº 17-00216-10 de fecha 02 de julio de 2010, conforme a lo establecido en el Art. 108 parágrafo I numeral I de la Ley 2492 (Gódigo Tributario) y Art. 4 del Decreto Supremo 27874, se anuncia a CONSTRUCTORAS DEL OCCIDENTE CONOC representado legalmente por el Sr. VILLARROEL LLANOS MARIO ALFOSO con NIT/RUC Nº 1010175020 que se dará inicio a la Ejecución Tributaria del mencionado título, al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se realizarán las medidas coactivas correspondientes, conforme lo establece el Art. 110 de la Ley 2492. Dichas medidas serán adoptadas hasta el pago total de la deuda tributaria que asciende a: 2.736 UFvs. (DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA), equivalente a Bs. 4.219 (CUATRO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE 00/10 BOLIVIANOS), a la fecha del título de ejecución tributaria, la misma que deberá ser actualizada a la fecha de pago conforme a normativa legal establecida para el efecto”.
Fuente: LA PATRIA