Sábado 27 de noviembre de 2010
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La Gerencia Distrital de Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales, de conformidad y en estricta aplicación del Artículo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley No. 2492, cita, llama y emplaza al contribuyente QUISPE MARTÍN CARLOS con RUC 10848029, para que mediante apoderado o representante legal se apersone ante la Unidad Tecnico Juridico de la Gerencia Distrital de Oruro, ubicada en la Avenida 6 de Octubre No. 5853 entre Junín y Ayacucho de esta ciudad, a objeto de tomar conocimiento de la RESOLUCION DETERMINATIVA Nº 17-00385-10 de fecha 13 de septiembre de 2010, conforme lo señala el segundo punto de su parte resolutiva así como detalla en el cuadro que sigue: Primero.- Determinar de oficio y sobre base cierta, las obligaciones impositivas de la contribuyente Quispe Martín Carlos, en la suma de UFV’s 8.575,00 (OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) equivalentes a la fecha de emisión de la presente resolución a Bs. 13.270,00 (TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA 00/100 BOLIVIANOS) correspondientes al tributo omitido e intereses del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Transacciones por el periodo fiscal abril de la gestión 2004, en aplicación del Art. 47 del Código Tributario Ley Nº 2492”.“Segundo.- Sancionar al contribuyente QUISPE MARTÍN CARLOS, por el ilícito tributario de omisión de pago con una multa igual al 100% sobre el tributo omitido determinado a la fecha de vencimiento expresado en Unidades de Fomento a la Vivienda cuyo importe es de UFV’s 4.395,00 (CUATRO MIL TRECIENTAS NOVENTA Y CINCO 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) equivalentes a la fecha de emisión de la presente resolución a Bs. 6.801,00 (SEIS MIL OCHOCIENTOS UN 00/100 BOLIVIANOS) correspondientes al Impuesto al Valor Agregado por el periodo fiscal abril de la gestión 2004, en aplicación del art. 165 del Código Tributario Ley 2492 y art. 42 del Decreto Supremo Nº 27310”.
Fuente: LA PATRIA