Viernes 05 de noviembre de 2010

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PODER GENERAL, AMPLIO, SUFICIENTE Y DE ADMINISTRACIÓN N° CIENTO SESENTA Y SIETE/ 2010, QUE CONFIEREN LOS SEÑORES ING. SAMUEL ZEGARRA ÁNGELO Y EL SEÑOR ANDRÉS BERNARDO TAPIA FLORES, SOCIOS DE “EXPERTOURS S.R.L.” SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN FAVOR DEL SEÑOR ANDRÉS BERNARDO TAPIA FLORES, SOCIO DE LA MISMA INSTITUCIÓN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.-
En la ciudad de Oruro-Bolivia, a horas nueve y veinte del día dos de agosto del año dos mil diez, ante mí: Dra. Silvana G. Paz de Cueto, Notaria de Fe Pública de Primera Clase de este Distrito Judicial y testigos que al final se nombran y suscriben, fueron presentes en esta oficina Notarial, los Señores: Ing. SAMUEL ZEGARRA ÁNGELO con C.l. N° 790666 Cbba., natural de Tupiza Sud Chichas Potosí, casado, Ingeniero Mecánico, con domicilio en calle Bolívar N° 595, y el señor ANDRÉS BERNARDO TAPIA FLORES, con C.I. N° 4044730 Or., natural de Oruro, soltero, estudiante, con domicilio en calle Soria Galvarro N° 1696, socios de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada; ambos mayores de edad, hábiles por derecho, vecinos de ésta, a quienes de identificarles doy fe y dijeron: Que confieren Poder general, amplio, suficiente y de administración, cual por derecho se requiere, en favor del Señor ANDRÉS BERNARDO TAPIA FLORES, con C.I. N° 4044730 Or., natural de Oruro, soltero, estudiante, con domicilio en calle Seria Galvarro N° 1696, socio de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada; mayor de edad, hábil por derecho, vecino de ésta, para que en representación de sus personas, acciones y derechos, administre la entidad en forma total sin restricción ni limitación de ninguna naturaleza conforme a las siguientes facultades.- FACULTADES BANCARIAS.- En nombre de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada, abrir y/o cerrar cuentas corrientes y/o cuentas de ahorro a plazo y/o a la vista, así como acreditadas y/o debitarlas, por cualquier método aceptado por las empresas del sistema financiero, incluyendo las instrucciones electrónicas.- Efectuar depósitos a plazo y retirarlos; girar y endosar cheques por cualquier medio sea escrito, electrónico u otra naturaleza, siempre que garantice su autenticidad y que esté permitido por la ley, así como protestarlos.- Girar, aceptar, renovar, endosar, protestar y cobrar letras de cambio.- Emitir, renovar, endosar, protestar y cobrar pagarés, certificados de depósito, conocimiento de embarque, guía aérea, carta de porte y demás documentos análogos.- Contratar todo tipo de seguros, así como renovar y endosar pólizas de seguro.- Cobrar, girar, endosar, cancelar y protestar cheques, abrir y cerrar cuentas corrientes; abrir y cerrar cajas de ahorro, abrir, cobrar, retirar y endosar DPF’s; suscribir líneas de crédito; contraer préstamos. Otorgar fianza personal; otorgar garantía hipotecaria, prendaría con y sin desplazamiento; delegar facultades total y parcialmente, representar judicialmente, solicitar avances en cuentas, solicitar fianzas y boletas de garantía.- Girar cheques contra las cuentas, solicitar y/o celebrar contratos de crédito de toda modalidad, inclusive préstamos de corto, mediano y largo plazo, adelantos en cuenta corriente o avance, cartas de crédito y crédito documentario.- Comprar y/o vender moneda extranjera, pactar tasas de interés.- Solicitar la emisión de cartas fianza y cartas de crédito. Los contratos y operaciones descritos en este rubro podrán ser celebrados en Bolivia o fuera del país, con cualquier persona nacional o extranjera autorizada por la normativa legal que resulte aplicable.- FACULTADES DE REPRESENTACION.- Representar a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada ante cualquier institución pública, privada o mixta, sea nacional, extranjera u organismo internacional, así como ante cualquier autoridad civil, judicial, arbitral, municipal, administrativa en general, constitucional, tributaría, aduanera, policial y/o militar, sea en el país y/o en el extranjero, pudiendo para tal efecto firmar toda clase de documentos, declarar a nombre de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada y, ejercer las atribuciones y potestades generales que resulten necesarias para realizar cualquier trámite, sin reserva ni limitación alguna, conforme a la legislación que resulte aplicable.- Representar a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada en los procesos judiciales, arbitrales, administrativas y/o de conciliación, ante las instituciones y autoridades de derecho público o privado, sean del Estado Boliviano, del extranjero u Organismos Internacionales, con las facultades generales y especiales previstas en todas las normas vinculadas con el giro de la entidad, pudiendo para tal efecto ejercer las atribuciones y potestades generales, así como presentar demandas, denuncias, quejas, reclamos o cualquier solicitud.- Iniciar demandas, procesos ejecutivos, coactivos civiles, ordinarios, interdictos, preliminares, concursales, procesos penales por cualesquier delito previsto en el Código Penal vigente, contestar demandas, reconvenir, formular réplicas, oposiciones, excepciones de todo tipo y en toda materia, así como absolver el traslado de todas éstas.- Ofrecer medios probatorios y actuar los ofrecidos.- Deducir tachas y oposiciones a los medios probatorios, así como absolver el traslado de éstas.- Deducir nulidades mediante incidentes u otras formas de denunciarlas.- Prestar declaraciones juradas y/o provocadas.- Interponer recursos de reposición, apelación, revisión, casación, queja y/o recursos extraordinarios.- Solicitar medidas precautorias, Cautelares y ofrecer contracautela.- Desistir de procesos, acciones y derechos, de la pretensión y/o de cualquier acto procesal.- Aceptar o reconocer la demanda.- Conciliar, transigir y/o someter a arbitraje las cuestiones controvertidas.- Sustituir o delegar la representación procesal, así como reasumir las facultades sustituidas las veces que considere necesario y revocar las facultades que hubiese delegado. Las facultades se entienden otorgadas para todo el proceso hasta su conclusión, incluyendo la ejecución de la sentencia, resolución administrativa o laudo arbitral, pudiendo intervenir en la liquidación de costas, costos, intereses, en el remate, solicitar la adjudicación, cobrar directamente lo pagado.- Todo ello de acuerdo a las normas que sean aplicables sin limitación ni restricción de ninguna naturaleza- MÁS PODER para presentar toda clase de acciones constitucionales, como de Libertad, Amparo Constitucional, de inconstitucionalidad, de protección a la privacidad, popular, de cumplimiento, y otras previstas en la Constitución Política del Estado vigente, compareciendo a las audiencias por si o mediante apoderado especial, realizando las argumentaciones legales pertinentes, presentar recurso directo de nulidad, como así también demanda de inconstitucionalidad y consiguiente inaplicabilidad; recurso contra Impuestos Ilegales, juicios de responsabilidad, presentar toda clase de pruebas reconocidas por la ley Boliviana; asumir defensa en procesos coactivos fiscales de la Contraloría General del Estado, impugnar y objetar notas de cargo sobre impuestos, presentando la demanda contenciosa tributaria y en suma realizar cuanta gestión y diligencias sean necesarias para el cumplimiento del presente mandato. Representar a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada ante las autoridades competentes del Estado Boliviano y del extranjero para efectuar toda clase de trámites relacionados con las importaciones y/o exportaciones de bienes y servicios que efectúe “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada pudiendo también con tal fin nombrar representantes y/o agentes de la entidad en el país y/o en el extranjero, conforme a las leyes y convenios internacionales firmados por Bolivia que regulen el comercio exterior y los trámites aduaneros.- Del mismo modo representar a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada ante FUNDEMPRESA, o el Registro de Comercio de Bolivia y ante cualquier autoridad para completar el proceso de constitución y registro de la institución ante el Servicio de Impuestos Nacionales a objeto de realizar trámites previstos en las disposiciones Tributarías en vigencia en favor de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada y obtener el sellado de los balances de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiendo realizar los actos que sean necesarios, solicitar dosificación de facturas, impresión de las mismas, recoger intimaciones y todos los trámites previstos en el Código Tributario.- Delegar y/o sustituir total o parcialmente sus facultades mediante la otorgación de poderes, así como revocar las facultades que hubiere delegado y/o reasumir las que hubiere sustituido las veces que considere necesario y para las funciones que considere necesario Representar a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras, participando en su nombre en licitaciones públicas, concursos públicos, adjudicación directa y de menor cuantía y, en general, representar a la entidad en licitaciones y subastas públicas o privadas, nacionales e internacionales.- Para tal efecto podrá firmar toda clase de documentos, presentar, ofertar, propuestas, técnicas y económicas, declaraciones, recursos; reclamaciones, apelaciones, quejas y/o desistir de éstas, así como ejercer cualquier acto que resulte necesario de acuerdo a las bases correspondientes y a la legislación que sea aplicable.- Ejercer la representación de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada en la constitución de otras empresas.. FACULTADES PARA PROCESOS CIVILES, PENALES Y OTROS.- En nombre de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada apersonarse ante autoridades judiciales, de las dependencias de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen, Ministerio Público, Fiscalía del Distrito, Asistentes Fiscales, Fiscales de Materia, Fiscalía General de la Nación, cualesquiera de los Juzgados de Instrucción Cautelar de Turno en lo Penal, Juzgados de Sentencia, Tribunales de Sentencia de este Distrito Judicial, Juzgados de Instrucción y/o Partido en materia Civil y Comercial, Administrativa, de Trabajo, de Familia, H. Cortes Superiores de Justicia (Tribunales Departamentales de justicia), en cualesquier parte del país, en sus Salas Civil, Penal, Administrativa, Social y del Trabajo, Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación (Tribunal Supremo de Justicia) en Sucre, igualmente en sus Salas Civil, Penal, Administrativa, Social y del Trabajo, Tribunal Constitucional (Plurinacional), Consejo de la Judicatura (Magistratura), en todas sus reparticiones, en Sucre y los Distritos Judiciales del país, Defensor del Pueblo, Ministerio Público, Procuraduría General del Estado, Asamblea Legislativa Plurinacional, Presidencia del Estado, Vice Presidencia del Estado, Ministerios y Vice Ministerios, y otras reparticiones, Órgano Electoral Plurinacional, Vice Ministerio de Turismo, Vice ministerio de Transporte, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Vice Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, Direcciones Municipales de Turismo, Unidades Departamentales de Turismo, Ministerio de Culturas, Cámara Boliviana de Turismo, Cámara Boliviana de Hotelería, Cámara Nacional de Operadores de Turismo (CANOTUR), Cámara de Comercio de Bolivia, Federación de Empresarios Privados, Asociación Boliviana de Agencias de Viaje y Turismo (AVAVYT) Asociación de Líneas Aéreas (ALA Bolivia) Cámara Nacional de Empresarios Gastronómicos, Asociación Departamental de Guías de Turismo, Asociación Nacional de Guías de Turismo, Asociación de Transporte Aéreo Militar, Asociación Boliviana de Cultura, Asociación de Transporte, Aéreo Internacional, Organización Mundial de Turismo (OMT), Organización de las Naciones Unidas (ONU), Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, Educación y la Cultura (UNESCO), Organización Internacional del Trabajo, Organización de Cooperación Económica (OECE), Asociación Internacional de Expertos Científicos de Turismo, (WTTC), Consejo Mundial de Viajes y Turismo (AIEST), Asociación de Investigación de Viajes y de Turismo (TTRA), Asociación Mundial de Agencias de Viajes (WATA), Asociación Mundial de Ocio y Recreación (AMOR), Federación Universal de Agencias de Viaje (FUAA V), Unión de Federaciones de Asociaciones de Agencias de Viaje (UFTAA), Confederación de las Organizaciones Turísticas de América latina (COTAL), Consejo de Viajes de América Latina (COVAL), Consejo Superior de Turismo de América Latina (CONSUTAL), Secretaría de Integración Turística Centroamericana (SlTCA), Organización Centroamericana de Turismo (OCAT), Corporación Andina de Fomento (CAF), Organización de los Estados Americanos (OEA), Colegio de Profesionales de Turismo en cualesquier parte del país, Guía Boliviana de Turismo y otras instituciones, públicas, privadas, nacionales, internacionales, autónomas, autárquicas, semi autárquicas, descentralizadas, relacionadas o no con el rubro de la Empresa, suscribir toda clase de documentos públicos y privados, memoriales, reconocimientos de firmas y rúbricas, certificaciones, testimonios e informes, protocolos notariales, enmiendas, complementaciones, efectuar reclamos y representaciones, presentar memoriales de demanda ante autoridades pertinentes, querella o denuncia ante el Ministerio Público o Policía Nacional, demanda, contestación, reconvención, excepciones e incidentes, asistir a juntas, audiencia, audiencias públicas de juicio oral, reuniones con voz y voto, asistir a confesiones, inspecciones y otras previstas por ley igualmente con voz y voto, formular objeciones, fundamentadas, ofrecer testigos y prueba documental, literal, nombrar peritos y otras igualmente previstas por ley, tachar pruebas de contrario, jurar, pedir liquidaciones, requisas, allanamientos, declaraciones del o los imputados, deferir a confesión judicial, confesar y/o delegar la confesión, oponerse a medidas cautelares, oponerse a solicitud de cesación de detención preventiva, solicitar suspensión condicional de la pena, perdón judicial, pre libertad, oponerse a estas solicitudes en su caso, tachar a los testigos de contrario, interrogar, contrainterrogar, recontra interrogar, formular interrogatorios, directos, redirectos, solicitar sentencias y otras resoluciones previstas por ley, solicitar remates, justiprecios, adjudicaciones, secuestros, endoses, apersonarse a los Bancos de la ciudad, formular recursos de compulsa, apelaciones, recurso de nulidad y casación, apelación restringida, recursos de reposición, apelación en todos sus efectos, incidente de toda naturaleza y en cualesquier estado de los procesos, pedir nulidades, presentar tercerías previstas por ley, todas las previstas por ley, revisión extraordinaria de sentencia, recurso de casación ampliado en materia penal, pedir excusas, recusaciones y otros en caso necesario, a Jueces en cualesquier materia, Jueces Técnicos y/o Jueces ciudadanos, sustituir y reasumir. MAS PODER para solicitar gravámenes, embargos, desembargos, anotaciones preventivas de los bienes de quienes corresponda, a este efecto se apersone a Derechos Reales, COTEOR (Cooperativa de Telecomunicaciones de Oruro), y otras Cooperativas de Teléfonos en el pais, Unidad Operativa de Tránsito en esta ciudad o cualesquier parte del país. MAS PODER para apersonarse ante las H. Cortes Superiores de Justicia (Tribunales Departamentales de Justicia), en cualesquier parte del país, en sus Salas Civil, Penal, Administrativa, Social y del Trabajo, Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación (Tribunal Supremo de. Justicia) en Sucre, igualmente en sus Salas Civil, Penal, Administrativa, Social y del Trabajo, Tribunal Constitucional (Plurinacional), Consejo de la Judicatura (Magistratura), en todas sus reparticiones, en Sucre y los Distritos Judiciales del país, Defensor del Pueblo, Centro de Conciliación. MAS PODER para conciliar, realizar transacciones, desistimientos, depositar dineros, retirar demandas, sustituir o reasumir, acciones y recursos Constitucionales contra tributos .ilegales, pedir medidas preparatorias de demanda y precautorias, observar y negar cargos, liquidaciones y otros. MAS PODER para administrar recursos de la institución, desembolsar y recibir dinero, recoger depósitos judiciales, girar cheques, apersonarse a Bancos y entidades financieras, endosarlos, cobrarlos, delegar cobros, ofrecer fianzas, recogerlas o recuperarlas, abrir y cerrar cuentas corrientes en instituciones bancarias, manejar los fondos, suscribir minutas, contratos y todo tipo de documentos en los cuales “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada deba intervenir como parte.- FACULTADES CONTRACTUALES.- Celebrar contratos preparatorios o definitivos de compraventa, permuta, suministro, donación, mutuo, arrendamiento, comodato, locación de servicios, de obra, mandato, depósito y/o secuestro.- Celebrar contratos de asociación en participación, consorcio, comisión mercantil, concesión privada y pública, construcción, publicidad, transporte y distribución, y en general, celebrar toda clase de contratos nominados o innominados que resulten necesarios para el desarrollo normal de la entidad, sea con personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, en Bolivia o fuera del país, de acuerdo a la legislación civil vigente y demás legislaciones que resulten aplicables.- Celebrar contratos de constitución de garantías reales, sean hipotecarias con bienes muebles e inmuebles sujetos o no a registro, prendarias, anticréticos y similares, así como de garantías personales mancomunadas o no, sujetas a convenios interinstitucionales, sea fianzas y/o avales, otorgadas por terceros a favor de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada; ya sea con documento privado reconocido en firmas y rúbricas o testimonio y/o escrituras públicas con garantía hipotecaria de lotes de terreno, bienes inmuebles, viviendas construidas, contratos de anticresis de bienes muebles sujetos o no a registro e inmuebles, con garantía de prenda sin desplazamiento y con desplazamiento, vehículos, aportaciones telefónicas, suscribir contratos privados con garantías personales, solidarias y mancomunadas e indivisibles bajo convenio interinstitucional y otros.- Levantar y/o cancelar garantías hipotecarias, prendarias, anticréticos y cualquier otro tipo de garantías por cumplimiento o por cualquier otra forma de extinción de las obligaciones de los deudores frente a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada o contraídas por ésta frente a terceros; así como cuando se trate de refinanciación o reestructuración de deudas, reprogramación de las mismas y/o sustitución o modificación de garantías por deudas u obligaciones a favor de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada, a través de documentos públicos y/o privados, todo ello tanto en Bolivia como en el extranjero, con personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, de acuerdo a la legislación que sea aplicable.- Celebrar contratos de constitución de garantías reales, sean hipotecarias, prendarias, anticréticos y similares, así como de garantías personales, sea fianzas y/o avales, otorgadas sobre bienes de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada y/o por ésta a favor de terceros; así como cuando se trate de refinanciación o reestructuración de deudas y/o sustitución o modificación de garantías por obligaciones contraídas por “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada frente a terceros En todos los casos anteriores apersonarse a Notarías de Fe Pública en cualesquier parte del país, suscribir reconocimientos de firmas, escrituras matrices notariales, todo ello tanto en Bolivia como en el extranjero, con personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, de acuerdo a la legislación que sea aplicable.- MAS PODER, para comprar, adquirir o transferir bienes muebles e inmuebles siempre con autorización del directorio, y firma de ambos socios.- FACULTADES LABORALES.- Celebrar contratos de trabajo a plazo fijo o sujeto a modalidad, convenios de prácticas pre-profesionales, de formación labora juvenil u otros, con personas nacionales y/o extranjeras. Según los limites y disposiciones previstos en la legislación laboral vigente.-Amonestar, suspender, despedir y/o imponer cualquier medida disciplinaria a los trabajadores de “EXPERTOURS S.R.L.“ Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Aceptar la renuncia de los trabajadores de la institución. Promover, trasladar a los trabajadores de la misma.- Autorizar el incremento de las remuneraciones y realizar cualquier acto propio que le corresponda a la entidad en mérito a la relación laboral y de acuerdo a la normatividad vigente.- Representar a “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada ante la autoridad administrativa de trabajo o aquella que asuma sus funciones total o parcialmente, dentro o fuera de procedimientos instaurados ante ella, con motivo de las negociaciones colectivas de trabajo o de aquellas otras cuya competencia le corresponda o se le asigne en el futuro a dicha autoridad, gozando para tal efecto las facultades necesarias para la cabal representación de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada ante dicha autoridad, sin reserva ni limitación alguna.- En virtud de estas facultades podrá recibir el pliego de reclamos, celebrar reuniones de trato directo, asistir a las juntas de conciliación que se realicen, presentar pruebas y actuarlas, firmar las actas respectivas interponer recursos de reconsideración, apelación y queja, deducir nulidades y, en general, realizar todos aquellos actos permitidos de acuerdo a la normatividad legal correspondiente.- FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN.- Ejecutar los acuerdos de las Asambleas de socios, así como velar por el cumplimiento de las obligaciones estatutarias y legales de “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada tanto en Bolivia como en el extranjero, pudiendo para tal efecto suscribir escritos, minutas, escrituras públicas y/o cualquier otro documento necesario para la normalización, perfeccionamiento y ejecución de los acuerdos adoptados y para la observancia de las obligaciones legales.- Ordenar la realización de auditorías internas y/o externas, balances y cualquier otra medida de control destinada a determinar los estados financieros de la entidad.- Firmar balances, declaraciones juradas y/o cualquier otro documento de índole contable - Tributario, con la finalidad de presentados a cualquier persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera, así como a las autoridades competentes del Estado Boliviano.- En suma efectuar cuantas diligencias y/o gestiones sean necesarias para el éxito del presente mandato, sin que por falta de cláusula alguna sea refutado de insuficiente, ni se alegue falta de personería en el apoderado, con expreso relevo de pago de costas y multas para el apoderado. Así dijeron, otorgan y firman el presente poder, previa lectura de su contenido, en presencia de los testigos: Miguel A. Romero con Cl N° 3555533 Or., y Sandro Ajata Trigo con Cl N° 3512396 0Or., mayores de edad, hábiles por derecho, vecinos de ésta, de todo lo que signando autorizo, firmo, sello y doy fe.- Fdo.- Fdo.- Samuel Zegarra Angelo - - - - - C.I 790666 Cbba.- Fdo.- Andrés Bernardo Tapia Flores.- C.l. N° 4044730 Or. pp “EXPERTOURS S.R.L.” Sociedad de Responsabilidad Limitada - - - - Conferentes.- Fdo.- Miguel A. Romero.- Fdo.- Sandro Ajata Trigo - - - - - - Testigos instrumentales.- Fdo.- Ante mí: Dra. Silvana G. Paz de Cueto.- Notaria de Fé Pública de Primera Clase N° 7.- Lleva sello Notarial.- Es conforme.- - - - Pasó por ante mí.- Doy fe.- EL PRESENTE TESTIMONIO ES FRANQUEADO EN FECHA DOS DE AGOSTO DE DOS MIL DIEZ AÑOS.
Fuente: LA PATRIA