Suprema amplía sentencia en caso de desaparición de líderes de los años 80
29 oct 2010
Fuente: Sucre, 28 (ANF).-
La Corte Suprema de Justicia modificó una condena a un grupo de acusados por su participación en la desaparición y muerte de los ex dirigentes Marcelo Quiroga Santa Cruz y Carlos Flores Bedregal, al aceptar parcialmente un recurso de casación presentado por familiares de ambos líderes, según se conoció este jueves.
Un Auto Supremo emitido por la Sala Penal Primera de la Corte modifica el contenido de un fallo pronunciado por la Corte Superior del Distrito de La Paz, en agosto de 2008, que condenó a cuatro personas a una pena de dos años de prisión, pero que excluyó de la sentencia a otros dos acusados “omitidos sin ninguna justificación”.
Los procesados David Humberto Alarcón Romero; César Altamirano Lavadenz; Gualberto Aquize Rada y Marco Herminio Mena Vargas fueron condenados a dos años de reclusión por los delitos de falso testimonio y encubrimiento, pero la sentencia excluyó del caso a Damián Gutiérrez Castro y Sebastián Quispe Apaza.
Con el fallo de la Sala Penal Primera, estos dos últimos procesados fueron incluidos en la sentencia de dos años de reclusión en el penal de San Pedro de La Paz, dictada inicialmente por la Corte Superior de ese distrito, dentro del juicio seguido a raíz de la desaparición y muerte de líderes y dirigentes políticos y sindicales en el golpe militar del 17 de julio de 1980.
La mayoría de los procesados son ex funcionarios policiales o agentes de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (DIN) que participaron, junto a otros condenados, en el levantamiento de los cadáveres de Marcelo Quiroga Santa Cruz y Carlos Flores Bedregal, y en el traslado irregular de esos cuerpos hasta ahora desaparecidos.
La sentencia considera que los condenados “incumplieron y omitieron su deber y condición de funcionarios policiales” al no haber informado de esa grave situación a su superior jerárquico o autoridad pública competente, e inclusive negaron sistemáticamente si incriminación en los hechos.
“Se tiene comprobado que fueron responsables de participar de manera activa en la realización de algunas diligencias como haber levantado los cadáveres de los occisos, tomar notas, muestras fotográficas, la existencia de detenidos de cuyos hechos se niegan a dar información”, señala una parte del Auto de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema.
En una primera instancia, este grupo de acusados había sido absuelto de culpa, pero luego un tribunal de Alzada de La Paz revocó esa sentencia aplicando el “principio de culpabilidad” inserto en el Código Penal.
La Corte Suprema también declaró infundados los recursos de otros condenados por los sucesos de julio de 1980, entre los que figura el ex coronel Faustino Rico Toro, quien denunció falta de prueba plena en la sentencia que lo condenó a dos años de presidio por el delito de encubrimiento.
Los familiares de los dos ex dirigentes políticos habían observado una aparente benevolencia de los tribunales en las condenas contra los encubridores de esos hechos, y por ello, a través de Olga Flores Bedregal y María Soledad Quiroga Trigo, presentaron sendos recursos que finalmente fueron también declarados infundados por el Tribunal Supremo.
Fuente: Sucre, 28 (ANF).-
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