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Domingo 24 de octubre de 2010

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Revista Dominical

Crónica del proceso de profesionalización del periodista boliviano Parte I

24 oct 2010

Fuente: LA PATRIA

Por: Eloy Cordero Márquez - Periodista

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I.- Breves apuntes históricos sobre el origen y práctica del periodismo en el territorio del Alto Perú, la Colonia y la Republica.

II.- Breves apuntes sobre la legislación de Prensa hasta la aprobación de la Ley de Imprenta de 19 de enero de 1925.

III.- Proceso de Profesionalización del Periodista Boliviano. Primera y Segunda etapas.

I.- Breves apuntes históricos acerca del origen y práctica del periodismo en el territorio del Alto Perú, la Colonia y la República.- El origen del periodismo, aunque informalmente, data desde antes de la conquista. Y el periodismo boliviano, propiamente dicho, nace junto con la república. En tiempos del Imperio de los Incas, por ejemplo, se utilizaba la palabra oral mediante la cual se llevaba las grandes noticias al pueblo de las ciudades del Tawantinsuyo. En realidad, era un “género de comunicación social”, que más tarde se constituiría en un periodismo escrito.

Vamos a basar, esta primera parte del punto I de esta crónica en datos que ofrece el libro Nacionalismo y Coloniaje del periodista, investigador y político Carlos Montenegro, refiriéndose al origen del periodismo boliviano., como también a D. Enrique Finot, de su obra Historia de la Literatura Boliviana.

Las investigaciones de Montenegro señalan que ese “género de comunicación social” era “un medio publicitario que no debe confundirse con el ‘aviso o pregón’, sistemas empleados por los europeos, en la Edad Media, o el bando público a batir de cobres y tambores, que se solía utilizar para solemnizar la promulgación de leyes y decretos”.

Montenegro anota que aquella institución incaica ofrece, más bien, cierta semejanza, por lo menos en cuanto a sus finalidades, con el periodismo, puesto que no se reducía solo a propagar los actos oficiales públicos, sino que también, con un sentido trascendentalita, informaba sobre todos los asuntos conectados con el interés colectivo.

Los incas, dice Montenegro, “emplearon, además, otro medio de información de carácter gráfico. Este consistía en telas tejidas a trama sutilísima en las cuales era reconstruida, por los tejedores, una imagen exacta del hecho que se hacía conocer al emperador”. Sobre este mismo asunto, citando al arqueólogo y científico Arturo Posnansky, dice que “era una costumbre entre los incas que las noticias o cosas importantes de lejanas tierras, que no se podían oír o ver personalmente, se tejieran en finas telas y se las enviaban a los incas, cual un libro o un noticiario, al lugar de su residencia”.

Otra forma de propalar las noticias era que “las grandes poblaciones del imperio incaico disponían de un paraje llamado ‘Rimay Pampa’, que quiere decir pampa para hablar, donde el ‘periodista’ oral efectuaba su trabajo de informador”.

Por su parte los chasquis, según refiere Gracilazo de la Vega --citado por Montenegro-- “en tiempos del incanato ejercían un trabajo parecido al que ahora realizan los reporteros. En realidad estos eran correos puestos en los caminos para llevar con premura los mandatos y avisos del rey por todo el territorio; así como traer, para conocimiento del rey, los acontecimientos que ocurrían en esos lugares, y que los chasquis llevaban ‘otros recaudos, no de palabra sino por escrito… los cuales eran ñudos, dados en diferentes hilos de diversos colores que iban puestos por su orden, mas no siempre de la misma manera, sino una veces antepuesto en un color el otro, y otras veces trocado al revés; y esta manera de recaudos eran cifras por las cuales el Inca y los gobernadores preveían lo que era necesario hacer. Los ñudos y los colores de los hilos significaban el número de gente, armas o vestidos y bastimentos, o cualquier otra cosa que se hubiese de hacer, enviar o aprestar. A estos ñudos llamaban ‘quipus’ “.

Consumada la conquista, los españoles trajeron la palabra escrita que fue difundida entre los criollos y mestizos, y muy limitada entre los indígenas. “El papel manuscrito fue en todas partes un medio de publicidad, precursor del periodismo impreso. En México se llamó ‘corrido’, en Chuquisaca ‘libelo’, y en La Paz y Buenos Aires ‘pasquín’ “.

“Los europeos también utilizaron la publicidad caligráfica desde comienzos del 1400 hasta siglo y medio después de haberse inventado la imprenta. Pero los fines, exclusivamente mercantiles a que aquella servía, destacan la originalidad del primitivo periodismo americano, que fue absolutamente desinteresado. “No solo se exclusivisaba en clamar contra la opresión y la injusticias --dice Montenegro--, sino que se lo hacía gratis. Las hojas escritas eran fijadas en las paredes y edificios de conocidos lugares urbanos. El periodista no cotizaba aún el valor de su trabajo ni el de sus materiales”.

Montenegro anota que “hay certeza de que este género de publicidad fue utilizado por vez primera en los dominios coloniales del Alto Perú el año 1780, tiempo de la sublevación de Tupac Amaru”. Afirma, así mismo, que “papeles manuscritos, de los llamados ‘pasquines’, fueron conocidos a principios de tal año por los vecindarios de La Paz, Chuquisaca y Cochabamba”. Anota que “su carácter de órganos de expresión y difusión de ideas y anhelos vinculados con el interés colectivo, tanto como su futuro literario a la medida del entendimiento colectivo hace, inevitablemente, considerarlos como una forma inicial de nuestro periodismo”.Añade que “tales hojas fueron la manifestación escrita de un estado revolucionario, circunstancia con la cual se confirma su naturaleza periodística”.

Alrededor de 1805, el periodismo escrito, mediante los “pasquines”, se convirtió en un verdadero problema colonial. Es cuando la justicia española sindicaba como conspirador al “primer periodista boliviano”, según Montenegro, conocido entonces con el sobrenombre de “el de los pasquines”. Este, dice Manuel María Pinto --también citado por Montenegro--, “no era otro que el ‘papelista’ D. Pedro Domingo Murillo, y que así lo confirma él mismo cuando concurre a juicio, encausado como periodista subversivo por las autoridades, y declara que ‘ha mantenido la pluma por no estar ocioso o mal entretenido’. Los datos del proceso establecen, así mismo, que el ‘chulumaneño’, D. Carlos Torres, hombre de letras, pergeñaba pasquines con el director de los tales, D. Pedro Domingo Murillo, ‘papelista’”

Sin embargo, otro investigador y literato, D. Enrique Finot, señala que, por sus obras y actividades desplegadas, “el primer periodista boliviano era D. Vicente Pasos Kanky, este paceño --según Finot--, nacido en el pueblo de Ilabaya el 30 de diciembre de l779, que estudió la carrera eclesiástica y se doctoró en cánones y leyes, se sintió envuelto en la ola revolucionaria de principios del siglo XIX y se vio arrastrado a la causa de la emancipación con tanta fuerza cuanto comprendió que su raza se hallaba particularmente interesada en el cambio de régimen político y social”.

“En la época de las agitaciones de 1810 --añade Finot--, Pasos Kanky se hallaba en Buenos Aires. Formaba parte de la redacción de ‘La Gaceta’, bajo la dirección de Mariano Moreno y Fernando Monteagudo. Después fundó ‘El Censor’ y, más tarde, se refugió en la ‘La Crónica’. En esas tres tribunas Pasos Kanky dejó la onda huella de su talento y de su espíritu liberal. Obligado por los vaivenes políticos se marchó hacia Europa y Estados Unidos, en oportunidades separadas. A su retorno a la patria, premiado por sus sentimientos nacionalistas fue nombrado Cónsul General de Bolivia en Gran Bretaña por el gobierno del general (Andrés de) Santa Cruz, donde siguió produciendo sus obras literarias. De regreso a América se asentó en Buenos Aires, y nunca más regresó al país; murió en esa ciudad en 1853, cuando dirigía ‘El Diario de Avisos’, periódico que circulaba desde 1849”.

Al comenzar la era republicana comienza, también, la era del periodismo impreso en Bolivia. “La Gaceta de Chuquisaca” y “El cóndor de Bolivia” inician sus ediciones, todavía eventuales, el año 1825. Se publicaban los dos en Charcas, hoy Sucre. A partir de entonces, año por año, a veces mes por mes, nacen órganos de prensa. Gabriel René Moreno, León M. Loza y Nicolás Acosta, a su turno, llenan gruesos volúmenes catalogando las hojas impresas y ofreciendo índices de títulos, número de ediciones y fechas de nacimiento y muerte de todos los voceros de prensa de 1825 a 1925.

Antes de 1825, cuando salieron los dos primeros periódicos “La Gaceta de Chuquisaca” y “El Cóndor de Bolivia”, circularon otros papeles impresos en el Alto Perú. Eran los boletines militares expedidos por los ejércitos en guerra y que no eran propiamente periódicos, como “El Telégrafo”, publicación eventual sostenida por el general Pedro Antonio Olañeta, y redactado por su sobrino Casimiro Olañeta. Se imprimían en los lugares donde acampaba el ejército realista. Contenían propaganda monárquica y relaciones castrenses.

II.- Breves apuntes sobre la Legislación de Prensa hasta la aprobación de la Ley de Imprenta de 19 de enero de 1925.-

El constitucionalista D. Ciro Félix Trigo, en su tratado Derecho Constitucional Boliviano, en el capítulo XVI, referido a Derechos y Garantías, en el subtítulo Libertad de Expresión y Derecho de Prensa, dedica unos pocos pero interesantes conceptos jurídicos acerca de la Ley de Imprenta de 19 de enero de 1925, entre los cuales destaca los siguientes:”Esta Ley faculta a todo hombre para publicar sus pensamientos sin previa censura. Establece la responsabilidad, en orden sucesivo, de los autores, directores y editores por las publicaciones hechas. Determina que no hay delito de imprenta sin publicación, entendiéndose por tal cuando se distribuye tres o más ejemplares impresos, son leídos por cinco personas, se pone en venta, se fija en un paraje, se remite por correo, etc. Específica cuales son los delitos contra la Constitución, consistentes en escritos que se dirijan a trastornar, destruir o inducir a su inobservancia, en todo o en parte, de sus disposiciones. Más, estatuye claramente que no se delinque contra la Ley Fundamental cuando se señalan sus defectos o errores, o los actos legislativos tendientes a su reforma”

D. Ciro Félix Trigo sostiene que la Ley de imprenta vigente “mantiene el sistema de jurados, siguiendo así los lineamientos del derecho público clásico, que concibe los delitos cometidos por medio de la prensa como delitos contra la opinión pública llamada, por tanto, a juzgarlos con la intervención de sus componentes. Pero, también franquea la vía estrictamente judicial para la querella de los delitos de injuria y calumnia perpetrados contra los particulares, quienes potestativamente pueden ocurrir ante el jurado o los tribunales ordinarios. En cambio, los funcionarios públicos atacados por la prensa en su calidad de tales, solo pueden quejarse ante el jurado, siéndoles permitido querellarse ante los tribunales ordinarios únicamente si se les difama o calumnia personalmente.

La acción penal en esta materia --prosigue--, prescribe en el término de cuatro meses a partir de la publicación”. D. Ciro Félix Trigo también hace referencia a otros varios instrumentos sobre la legislación de imprenta, y dice: la “Ley de 7 de diciembre de 1826, que fue la primera que se promulgó sobre legislación de imprenta en nuestra vida republicana, introduce el sistema del jurado, institución tomada de la legislación inglesa que resulta ajena a nuestra idiosincrasia y costumbres. Decretos Supremos Reglamentarios de 25 de febrero de 1850, 27 de febrero de 1851 y 15 de octubre de 1855, que fueron los primeros en obligar a los autores a firmar sus escritos. Decreto Supremo de 31 de marzo de 1858, dictado por Linares, que prohibió la discusión de los actos de política y administración del gobierno, fue derogado por el de 29 de marzo de 1859. Ley de 15 de agosto de 1861, que fija las bases esenciales de nuestra legislación de imprenta, fue reglamentada por los decretos de 24 de marzo de 1862 y de 26 de octubre de 1863. Leyes de 21 de octubre de 1871, 4 de agosto de 1881 y 17 de noviembre de 1888. Reglamento de Imprenta de 1 de junio de 1889 y Decreto Supremo de 23 de agosto de 1899. Reglamento de 29 de marzo de 1900, encuadrado a la Ley de 6 de febrero del mismo año. Ley de 17 de diciembre de 1907, Decreto Ley de 1907. Decreto-ley de 17 de julio de 1920, ratificado y enmendado por la Ley de 19 de enero de 1925.

El Dr. Ciro Félix Trigo también señala la Constitución de 1861, “que en su art. 4to, estableció la obligatoriedad para los autores de firmar sus escritos en el propósito de combatir el anonimato, La Ley de 30 de diciembre de 1944, proyectada por don Franz Tamayo, persigue la misma finalidad, pero sus resultados han sido nugatorios pues no establecen sanciones para quienes no cumplan las normas estatuidas”.

Discrepancia.-El periodista Rodolfo Salamanca, en su obra Diseño Histórico Lineal de la Libertad de Imprenta y Pensamiento en Bolivia, en una de sus partes sostiene que “el decreto de la Junta Militar del general (Hugo) Ballivián suprime la institución del jurado (de imprenta), como lo hizo Linares, y la Ley Tamayo prohíbe el anonimato. Esta y aquel destruyen la estructura de la ley de 1925”. Más adelante anota que, “conjuntamente con la Ley de 1925, están vigentes, aunque en desuso, la Ley Tamayo de 30 de diciembre de 1944 y el decreto de 19 de septiembre de l951. No se las ha derogado. Pueden quedar indefinidamente olvidados o ser repuestos por futuros gobiernos”. Sin embargo, en la presentación de la indicada obra, a la que fue invitado por su autor, el periodista Alberto Zuazo Nathes, en una de las partes de su nota de presentación, replica ese criterio, expresado por Rodolfo Salamanca, y puntualiza: “La llamada Ley Tamayo, producto del inquieto pensamiento de don Franz Tamayo, consideramos que más apropiado sería decir que ha caducado, por la simple razón de que no se concilia con la realidad de la práctica del periodismo”. Más adelante, el periodista Zuazo Nathes, sobre el señalado decreto, de la Junta Militar del general Ballivián, sostiene que “al haber sido aprobado al margen, precisamente, del máximo instrumento legal del país, es obvio que aquel infortunado decreto ley no tiene fuerza legal y, por tanto, no puede reconocerse que se halle en vigencia”. Ese decreto “pretendió, en forma inconstitucional”, derogar la Ley de Imprenta de 1925.

III.- Proceso de Profesionalización del Periodista Boliviano. Primera y Segunda etapas.- El periodismo, al igual que las demás ramas del saber humano, más aún sabiéndose representante de la opinión pública, y cumplir las delicadas funciones de captador, procesador y difusor de las noticias originadas en el acontecer nacional e internacional, y en un mundo cada vez más complejo, requiere, sin lugar a dudas, de profesionales doctrinal, técnica y hasta científicamente preparados, de vastos conocimientos acerca del quehacer público para poder manejar con destreza la noticia, el comentario, la investigación y los demás géneros periodísticos a fin de cumplir su misión de fiscalizador de los actos de los poderes públicos, defensor de la sociedad y de los recursos naturales, y el uso y usufructo de estos en beneficio de la colectividad nacional.

Si bien hasta la promulgación de la Ley de Profesionalización del Periodista, de 29 de diciembre de 1979, el ejercicio del periodismo estaba a cargo de ciudadanos con verdadera vocación de servicio, en más de los casos, y en otros también por gente que representaba intereses particulares o sectarios, ajenos al interés nacional, hora al periodista se le reconoce el estatus que le corresponde, como representante, abogado y defensor de los intereses del pueblo y del país en general, por lo que debe merecer el respeto de los poderes del Estado y de la sociedad misma. En función de la Ley de referencia, el periodista goza de un título en provisión nacional otorgado por el Estado, como también por la Universidad Boliviana.

Para el logro de este cometido mucho tiene que ver el proceso, ya culminado, de profesionalización del Periodista. Este proceso ha transitado por largos, amargos y penosos trámites ante los gobiernos de turno. El arduo trabajo ha comenzado en los sindicatos de trabajadores de la prensa, en su Federación y en las asociaciones de periodistas --de La Paz, particularmente--. El tema ha sido encarado y debatido ampliamente en asambleas sindicales departamentales, en congresos nacionales de la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, así como en asambleas de la Asociación de Periodistas de La Paz. Cabe destacar que los periodistas en ejercicio, antes de la promulgación de la Ley que beneficia al sector, han estado ocupados permanentemente en actualizar sus conocimientos y adquirir otros nuevos, de acuerdo con los avances técnicos y científicos, mediante cursillos, seminarios y conferencias organizados por las entidades que los cobijaban.

Un dato interesante, en cuanto a la profesionalización del periodista boliviano, tiene como base la decisión de la Universidad Católica Boliviana, de abrir la carrera de Comunicación Social para la preparación de periodistas y lanzarlos al mercado de la información con la adecuada preparación académica, actitud loable y reconocida. Pero qué iba a ocurrir con los periodistas que trabajaban en los medios, con vocación de servicio a la sociedad. Ante tal situación, los sindicatos de periodistas de La Paz y de Cochabamba, y la propia Federación del gremio se pusieron en contacto con las autoridades de la señalada universidad con el propósito de que, previamente, esa institución capacite académicamente, mediante un curso especial, a los periodistas que estaban ejerciendo ese servicio empíricamente. Después de largas reuniones y negociaciones entre dirigentes del gremio y autoridades de esa institución universitaria, se llegó a la suscripción de un convenio mediante el cual se creó el Instituto Superior de Ciencias y Técnicas de la Opinión Publica, beneficio al que podían acogerse todos los periodistas en ejercicio, y se capaciten académicamente.

El periodo de formación de periodistas académicamente preparados, de acuerdo con lo establecido en el convenio, debía tener una duración de tres años, previo a un curso vestibular de seis meses. El curso se inició el año de 1968. Al término del mismo los egresados se beneficiarían con el grado de técnicos superiores en medios de comunicación social y, previa a las gestiones ante la Universidad Boliviana, adquirían el derecho de optar el título universitario de Periodista en provisión nacional, otorgado por esa instancia universitaria. Luego, la Universidad Católica Boliviana, en 1971, inauguró oficialmente la Facultad de Periodismo, que a la fecha funciona como carrera de Comunicación Social, otorgando a sus egresados el grado de licenciados en Ciencias de la Comunicación Social.

Al curso, fruto del acuerdo de la Universidad Católica Boliviana con los organismos sindicales del gremio no asistieron todos, en muchos de los casos porque los periodistas habían recurrido al silo político, y otros mandados al exilio dada la persecución política de que eran objeto por parte del régimen dictatorial, de entonces, encabezado por el coronel Hugo Banzer Suárez, Tampoco asistieron otros posiblemente por razones personales y particulares. Es de hacer notar que algunos periodistas ofrendaron sus vidas por la causa de la democracia.

No obstante, y ante tal situación, una gran mayoría de periodistas mantenían el anhelo de contar con un título por antigüedad y capacidad que, de hecho, creemos que les correspondía. Ante esa necesidad y circunstancias, la Asociación de Periodistas de La Paz y a la Federación de Trabajadores de la Prensa se vieron en la obligación de “arrancar”, al gobierno dictatorial de entonces, los instrumentos legales que permitieran el logro de ese objetivo. Entre los años 1972 y 1974, los dirigentes de ambas organizaciones gremiales llevaron a cabo una serie de largas y penosas reuniones con autoridades del indicado régimen con el objeto de lograr, primero, convencer la atención de esa necesidad, luego bosquejar el contenido de los anteproyectos de los instrumentos legales necesarios para que sean elevados a consideración de los niveles gubernamentales correspondientes, no sin antes sortear una serie de dificultades y engorrosos trámites. Una vez culminada esa fase, correspondía someter tales anteproyectos a una serie de “ajustes, correcciones y adecuaciones”, hasta, finalmente, llegar a la aprobación, primero, del Decreto Supremo 10246 de 10 de mayo de 1972; dándose, de esa manera, la iniciación, en su primera etapa, el proceso de profesionalización del periodista boliviano. Este decreto aprueba el Estatuto de Profesionalización del Periodista que, en su parte resolutiva, dispone: “Son periodistas profesionales los que poseen título académico otorgado por la Universidad Boliviana y los que obtengan el respectivo título en cumplimiento de las normas del presente estatuto” Otro articulo dispone que “podrán demandar los beneficios del presente Estatuto únicamente los periodistas que se encuentren prestando servicios en diarios, semanarios, revistas de circulación permanente, radioemisoras, canales de televisión y corresponsales de agencias periodísticas, de periódicos y revistas del país y del extranjero”. Mediante este decreto se dispone, además, que todos los postulantes que hubiesen cumplido siete años de actividad continua en el ejercicio del periodismo tenían opción al título luego de presentar, defender y aprobar una tesis ante un tribunal organizado para el efecto.

Pasado cierto tiempo se tramita y se logra la expedición de otro Decreto Supremo, signado con el número 11246, de 20 de diciembre de 1973, que modifica, en algunos casos, y amplía, en otros, algunos artículos del D. S. 10246 de 10 de mayo de 1972. Sus principales características son: “Artículo 5to. En razón de la práctica y conocimientos adquiridos dentro del periodismo, se suprimen los exámenes de suficiencia y tesis para quienes hubieran trabajado más de diez años. Artículo 6to. Los periodistas que acrediten menos de diez año y más de cinco de antigüedad podrán optar el título al que se refiere el artículo anterior, aprobando una tesis ante tribunal constituido por el Ministerio de Educación y Cultura”. El artículo décimo segundo, del señalado decreto, dice: “Las disposiciones de excepción que contiene el Estatuto de Profesionalización del Periodista, y el presente decreto ampliatorio, modificatorio y sustitutivo tendrán máximo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 1975. Cumplido ese término, la carrera de periodismo se sujetará a disposiciones de la Universidad Boliviana”

En la misma fecha, 20 de diciembre de 1973, se dicta el Decreto Supremo 11247, mediante el cual se aprueba el reglamento del Estatuto de Profesionalización del Periodista, consistente en cuatro títulos, nueve capítulos y 34 artículos. Finalmente, en septiembre de 1974, por intermedio de la Secretaría de Prensa e Informaciones de la Presidencia de la República, se aprueba el Reglamente de Registro Interno de Periodistas. Las organizaciones gestoras de esta primera etapa de la Profesionalización del Periodista fueron la Asociación de Periodistas de La Paz y la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, representadas por sus respectivos directorios. Cabe destacar que los dirigentes de esas entidades tuvieron que sortear una serie de problemas, incomprensiones y toda clase de dificultades que se presentaron en el camino, poniendo al servicio de sus colegas mucho esfuerzo y valor frente a autoridades de un gobierno dictatorial que no siempre comprendía las aspiraciones de un sector de trabajadores que luchaba por defender los derechos y las necesidades del pueblo y del país; así también los suyos propios como sector laboral.

El paso siguiente consistía en que los dirigentes de ambas entidades gremiales convocaran a los periodistas con el derecho expectaticio de optar el título de periodista en provisión nacional, para lo cual, los interesados, debían presentar sus respectivos expedientes ante una comisión calificadora en cumplimiento de lo estipulado por las disposiciones gubernamentales. La indicada comisión estaba conformada por periodistas destacados y en ejercicio. La Asociación de Periodistas de La Paz estuvo representada por Jaime Humerez Seleme y Luis Peñaranda Beltrán; y la Federación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia, por Arturo Gandarillas y Juan Ramírez Mérida. Esta comisión consideró y revisó alrededor de 500 expedientes, de los cuales aprobó 237. El acto de entrega de los respectivos títulos se efectuó el 14 de abril de 1976, durante una ceremonia especial llevada a cabo en el Teatro Municipal de La Paz. En la misma ocasión recibieron sus títulos de periodistas en provisión nacional los que habían realizado estudios universitarios en el Instituto Superior de Ciencias y Técnicas de la Opinión Pública, dependiente de la Universidad Católica Boliviana.

Corresponde hacer notar que a la indicada ceremonia no asistió un buen número de periodistas, de quienes se había aprobado sus respectivos expedientes y elaborado los consiguientes títulos. La indicada ceremonia estuvo presidida por el coronel Hugo Banzer Suarez, que presidía el régimen dictatorial. Tal ausencia, que representaba, según explicaron los periodistas inasistentes a la ceremonia, constituía “una actitud de rechazo y protesta”, por cuanto tales títulos “provenían de un gobierno dictatorial al que no apreciaban y con el que no estaban de acuerdo”. Como justificación de esa actitud, los periodistas que se negaron a recibir los títulos, tomaron como antecedente el hecho de que el golpe militar encabezado por Banzer había conculcado los derechos ciudadanos, y había perseguido, y en otros casos detenido políticamente a los periodistas, en su mayoría dirigentes del gremio, calificándolos de “izquierdistas”. Evidentemente, unos fueron exiliados, otros se acogieron al asilo político, razón por la cual estaban imposibilitados de presentar sus expedientes para optar un título profesional.

Dada esa situación, y una vez que el país retorno al cauce democrático, y como consecuencia retornaron al país los periodistas que habían salido de este por causas políticas, se vio la necesidad de encarar una segunda etapa de profesionalización de periodistas, esta vez bajo un gobierno constitucional.

Fuente: LA PATRIA
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