Miercoles 22 de septiembre de 2010

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Bolivia - Nacional
Con el artículo 226 del Código Penal
Se penalizará el agio y la especulación del cemento
22 sep 2010
Fuente: La Paz, 21 (ANF)
El viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor Fernando Fuentes, anunció que los comerciantes de cemento que cometan el delito de agio y especulación serán sancionados conforme al Artículo 226 del Código Penal que establece una privación de libertad entre seis a tres años.
“Se va a aplicar el art 226 del Código Penal que tipifica al agio y la especulación como delito que puede ser penado entre seis meses y tres años de prisión”, argumentó.
La autoridad adelantó que en la reunión de Gabinete de Ministros que se realizará este miércoles, se analizará el proyecto de decreto supremo que restablecerá dicha sanción para el agio y la especulación en la venta de cemento.
Fuentes indicó que con la medida se busca advertir a los comercializadores de cemento a que no se presten a la especulación y al agio, se busca el equilibrio en los precios y garantizar el aprovisionamiento de este insumo necesario para la construcción. El funcionario recordó que en los últimos días se realizaron operativos de control conjuntamente el Ministerio Público que derivaron en la clausura de un negocio y detención de una persona en El Alto y en la ciudad de Cochabamba se clausuró una ferretería porque estaban especulando de forma notoria con el cemento.
Fuente: La Paz, 21 (ANF)