Defensor dice que Olorio murió torturado y no por muerte súbita
19 sep 2010
Fuente: La Paz, 18 (ANF).-
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El informe en conclusiones del Defensor del Pueblo, respecto a cómo perdió la vida el presunto atracador, David Olorio Apaza, revela que esa persona falleció en celdas policiales por efectos de tortura y no por asfixia como afirmó la Fiscal de El Alto, Verónica Vizcarra.
El Defensor Rolando Villena, informó que en mérito a los informes médico legales expedidos por el doctor Rubén Soliz y la doctora Mabel Morales, se determinó que David Olorio Apaza, murió en celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) en julio pasado, tras haber sido acusado del atraco perpetrado al peaje de la Autopista La Paz - El Alto en julio pasado, de donde se llevaron alrededor de Bs. 350.000 y mataron a un policía.
“Se identificaron equimosis, escoriaciones, infiltrados de sangre, quemaduras por el uso de electricidad, traumatismos en forma progresiva y producidos en vida e incluso tuvieron deformaciones de color en los moretones y escoriaciones, formación de costras hemáticas, por lo que no tuvo una muerte súbita. En un momento se dijo sin conocimiento de causa que se debía a una muerte súbita eso está totalmente descartado”, señala el informe a un medio de comunicación.
Villena consideró que la Policía vulneró los artículos 92 y 93 del Código de Procedimiento Penal, que en cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales en vigencia debieron precautelar la vida, integridad y dignidad de David Olorio, durante su detención.
Los artículos 92 y 93 del Código de Procedimiento Penal, señalan que: “El sindicado sólo puede prestar su declaración ante el fiscal encargado del caso y en ningún momento la Policía cuenta con atribuciones legales ni reglamentarias para realizar entrevistas o interrogatorios”.
En ese contexto advirtió que “esto es un acto gravísimo y eso no ocurrió. Contrariamente a los artículos 92 y 93 Olorio fue sometido a tortura, tratos crueles, es más, los funcionarios de inteligencia de la Felcc consideran como práctica habitual la realización de interrogatorios o entrevistas fuera de las previsiones legales”.
Para Villena estas prácticas ilegales, dejan a las personas en situación de vulnerabilidad, porque no se respetan sus derechos elementales al debido proceso, se afecta la defensa, la presunción de inocencia y la garantía de la legalidad de la prueba.
Finalmente, dijo que tanto los policías como la Fiscal Verónica Vizcarra mintieron, cuando señalaron que no existían signos de violencia en el cuerpo de David Olorio. “En el acta del levantamiento legal del cadáver, el 6 de julio de 2010, los funcionarios de la Felcc; cabo Nancy Balboa Quenta; el sargento Félix Ticona Vega; así como la doctora Verónica Vizcarra, Fiscal de Materia, señalaron que el examen físico no presentaba signos de violencia, por consiguiente la representante del Ministerio Público vulneró el artículo 5 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y el artículo 72 del Código de Procedimiento Penal habiendo realizando declaraciones públicas sobre el resultado del fallecimiento de Olorio sin conservar el principio de objetividad”, concluye el informe del Defensor del Pueblo.
Fuente: La Paz, 18 (ANF).-
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