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MAS aprueba ley que penaliza a la prensa por términos racistas
11 sep 2010
Fuente: La Paz, 10, LA PATRIA
El medio de comunicación que autorizare o publicare ideas racistas, discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujeto a reglamentación, dice el artículo 16 de la norma
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La mayoría oficialista aprobó ayer una norma que castiga con sanciones penales a los medios de comunicación que difundan términos que sean calificados como “racistas”.
La ley de lucha contra el racismo promovida por el diputado afroboliviano, Jorge Medina establece en su artículo 16, que, el medio de comunicación que “autorizare” o “publicare” términos calificados como “racistas” será sometido a sanciones que contemplan la suspensión de su licencia de funcionamiento.
Textualmente, el artículo de marras señala: “El medio de comunicación que autorizare o publicare ideas racistas, discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujeto a reglamentación”.
La diputada por la opositora Convergencia, Adriana Gil denunció que se trata de una “ley mordaza disfrazada de ley de lucha contra el racismo” que atenta contra el derecho humano y constitucional a la libre expresión.
PENALIZACIÓN
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Marianela Paco dijo además que las sanciones contra los responsables se determinarán en la vía penal. Explicó que serán el Ministerio Público y los tribunales de justicia que investigarán y decidirán las sanciones contra la prensa.
La bancada opositora observó que debido a que la tipificación de las acciones de “racismo” aún no ha sido definida, se corre el riesgo de una interpretación interesada para atacar a los medios de comunicación.
Para Gil, la nueva ley atenta contra la Ley de Imprenta, vigente en el país desde 1925.
La diputada masista, Cecilia Ayllón dijo que la norma no afecta la libertad de expresión. “La Ley de Imprenta no tiene nada que ver en esto”, aseveró.
Para la opinión de Ayllón la Ley de Imprenta “está caduca” y tiene que ser reemplazada por otra que sea consensuada entre los organismos representantes del gremio periodístico y la sociedad.
DENUNCIAS
La diputada, Norma Piérola, también de Convergencia criticó la aprobación de la ley del oficialismo sin escuchar a la oposición ni respetar la Constitución Política del Estado que garantiza en varios artículos la libertad de expresión.
“Lo cierto es que aquí se está coartando la libertad de expresión se va a sancionar por nada, no se sabe cuáles son los ilícitos y cuáles son las contravenciones porque además hay tres vías para la aplicación: administrativa, constitucional y penal”, dijo la parlamentaria a tiempo de calificar la norma como “altamente peligrosa”.
Paco justificó la rigidez de las sanciones contra la prensa.
“No comprendo por qué los medios o los trabajadores de los medios, o los propietarios que incurran en esos actos discriminatorios o racistas tengan que estar exentos de esa jurisdicción”, dijo.
Reiteró que “somos todos iguales ante la ley” y recomendó que los medios de comunicación deben constituirse en protectores de la igualdad contra la discriminación.
Las organizaciones que aglutinan a los periodistas y trabajadores de la prensa analizan el contenido de la ley y emitirán un criterio conjunto la próxima semana.
MAS VIOLACIONES
Además de la norma aprobada ayer, existen antecedentes de violación a la libertad de expresión con otras normas recientes. Las dos nuevas leyes del Órgano Judicial y del Régimen Electoral contradicen la libertad de prensa garantizada en la Constitución.
La ley No. 025 del Órgano Judicial, establece en el artículo 187 de faltas graves de los jueces que los administradores de justicia pueden ser suspendidos cuando “realice declaraciones a los medios de comunicación sobre las causas en curso en su despacho o en otro de su misma jurisdicción o competencia, salvo los casos en que deba brindar la información que le fuera requerida y se halle previsto en la ley;…”.
En la Ley del Régimen Electoral se aprobó el artículo 82 que los postulantes a ser magistrados en el Órgano Judicial no podrán “manifestar opinión ni tratar temas vinculados directa o indirectamente a su postulación en foros públicos, encuentros u otros de similar índole” ni “emitir opinión a su favor, o a favor o en contra de otros postulantes, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos o espacios públicos”.
Los candidatos a jueces que accedan a entrevistas “en cualquier medio de comunicación, relacionadas con el cargo al que postula”, serán inhabilitados, según la norma.
Esa norma orgánica también tipifica como delitos penales algunas acciones de los medios de comunicación. Establece que “a partir de la convocatoria (a elecciones de jueces), los medios de comunicación, bajo sanción y sin perjuicio de su responsabilidad penal, están prohibidos de difundir documentos distintos a los producidos por el Órgano Electoral, “referirse específicamente a una o un postulante, en forma positiva o negativa” o “generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes”.
El artículo 106 de la Constitución promulgada por el presidente Evo Morales en febrero de 2010, reconoce en el parágrafo que “El Estado garantiza el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa”.
Fuente: La Paz, 10, LA PATRIA
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