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Viernes 03 de septiembre de 2010

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Perspectiva Minera

ENFOQUE

Administración de los recursos naturales

03 sep 2010

Fuente: LA PATRIA

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Por lo menos en el hecho estrictamente legal cuyo contenido se encuentra inserto en la nueva Constitución, el Estado mantiene su tuición de administrador del cobro y aprovechamiento sobre los recursos naturales del país, pero dejando a las autonomía departamentales y municipales la potestad de ejercer la preservación y conservación de las riquezas naturales, en conformidad con el Art 87 de la Ley Marco de Autonomías signada con el número 031 y que fue promulgada en el mes de julio.

La normativa vigente permite al sistema autonómico indígena la competencia exclusiva de la consulta sobre cualquier explotación de recursos naturales en su territorio. Esto significa que antes de implementar cualquier proyecto minero debe efectuarse la “consulta previa, de manera que el sector indígena, originario, campesino tendrá la competencia exclusiva de participar y desarrollar los mecanismos necesarios de consulta sobre los recursos naturales, entre otros”, según refiere la norma.

Cuando se menciona de manera genérica “recursos naturales”, el tema abarca también a los hidrocarburos, pasando por el gas y llegando a los minerales, en pleno convencimiento de activar algunas condiciones que hagan menos dudosa la posibilidad de encontrar resistencia entre los sectores involucrados en una disposición nueva, incorporada recién en la CPE, pero por supuesto sin haberse sopesado las contingencias que acarrearía dicha disposición.

En la extensa superficie del territorio nacional, hay yacimientos petrolíferos y gasíferos, no sólo en el oriente, como también los hay mineros desde el occidente hacia el oriente, recursos que deben ser explotados para potenciar la economía nacional, situación que ahora “choca” con la norma e impide que se pongan en marcha varios proyectos mineros y algunos de hidrocarburos.

Es que, la norma global parecería otorgar el derecho de definición sobre el uso de recursos a sectores “originarios”, cuando sobre tal decisión está la que aclarara la propiedad de tales recursos, que son del Estado Boliviano y por tanto las decisiones de su uso deben ser definidas en ese esquema superior, sin que eso quiera decir que no se informe sobre el tema a los campesinos de aquellas comunidades donde necesariamente deben encararse proyectos muy importantes para el futuro del país.

Dadas éstas últimas condiciones, hay algo que es ineludible y que debe aclararse para evitar conflictos y posiblemente enfrentamientos… es la posición que hace pocos días tras surgió en el más alto nivel gubernamental, haciendo entender que para priorizar los planes de desarrollo nacional y el desarrollo de proyectos de exploración petrolera y minera, se abren todas las posibilidades para el “uso de recursos naturales” sin que “previamente” tenga que autorizar la dirigencia “originaria”.

Tratándose además de la vigencia de los departamentos autónomos, se entiende que en cada Gobernación, lo mínimo que se hará es garantizar el buen uso de recursos para el sostenimiento del distrito, lo contrario significaría estar a merced de grupos “originarios”, que no han tomado conciencia de lo que significa encarar el desarrollo sostenible de las regiones.

Nadie discute la propiedad del Estado sobre los recursos naturales, pero es justamente ese Estado que debe velar por el uso racional de las riquezas, en función de afirmar el futuro de todos los bolivianos, viviendo en armonía y disfrutando equitativamente del buen uso de nuestra riqueza natural.

Fuente: LA PATRIA
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