Miercoles 25 de agosto de 2010
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LA DRA. MIRRA ALVAREZ BALDERRAMA, JUEZ INSTRUCTOR SEGUNDO DE FAMILIA DE LA CAPITAL (ORURO - BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:
Por el presente EDICTO, que tiene carácter de notificación, hace saber al demandado INOCENCIO CALANI IQUIZE, con la APROBACION DE LA LIQUIDACION DE PENSIONES dentro el proceso de Asistencia Familiar seguido por MARIA GRICELA GONZALES VILLCA en su contra, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- SINTESIS DEL MEMORIAL QUE CURSA A FS. 171.- MARIA GRICELA GONZALES VILLCA.- Aprobación de liquidación.- Fdo. Abogado.- Fdo. Interesada.- AUTO QUE CURSA A FS. 172.- A, 14 de agosto de 2010.-VISTOS: Con el informe verbal de actuaría, que las partes pese a su legal notificación no han hecho observación a la liquidación de pensiones cursante a fojas 159 de obrados, la misma se APRUEBA en toda forma de derecho en la suma de Bs. 6,000.- (SEIS MIL 00/100 BOLIVIANOS), que el demandado INOCENCIO CALANI IQUIZE, deberá pagar dentro el tercer día de su legal notificación. Que vencido el plazo otorgado, sin el pago del monto que adeuda, en previsión del art. 436 del Código de Familia líbrese MANDAMIENTO DE APREMIO, encomendando su cumplimiento a cualquier Autoridad hábil y no impedida del Departamento. Al Otrosí.- Para la notificación del demandado con el presente auto, líbrese Edicto de Ley. Regístrese.- Fdo.- Dra. Mirra Alvarez Balderrama.- Juez de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro - Bolivia.- Fdo.- Ante mí: Dra. Erika Jenny Flores Cortez.- Actuaría - Juzgado de Instrucción Segundo de Familia.- Oruro – Bolivia.-- El PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
Fuente: LA PATRIA